Norma Legal Oficial del día 03 de Febrero del año 2005 (03/02/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2005

Articulo 6º.- RENDIMIENTO DE LOS ARBITRIOS El monto recaudado por los arbitrios regulados en la presente Ordenanza constituye renta de la Municipalidad Distrital de Barranco. El rendimiento de los mencionados arbitrios sera destinado exclusivamente a financiar el costo de los servicios de Limpieza Publica y Mantenimiento MORDAZA, parques y jardines y seguridad ciudadana. Articulo 7º.- OBLIGACION CONTRIBUTIVA Los propietarios de los predios, en calidad de contribuyentes estan en la obligacion de pagar los arbitrios regulados en la presente Ordenanza, asi se encuentren desocupados o cuando cedan el uso a un tercero bajo cualquier titulo o modalidad. Excepcionalmente cuando no sea posible identificar al propietario, la calidad de contribuyente la asumira el poseedor del predio. Los conductores de Kioscos y modulos reconocidos y autorizados por la Municipalidad de Barranco, que ocupan la via publica, tienen la calidad de contribuyentes del arbitrio de Limpieza Publica y Mantenimiento MORDAZA y Seguridad Ciudadana, por ser usuarios de dicho servicio. Articulo 8º.- NACIMIENTO Y FIN DE LA OBLIGACION La obligacion al pago de los arbitrios es mensual y se configura el primer dia habil de cada mes. Cuando se efectue cualquier transferencia de dominio la obligacion tributaria para el MORDAZA propietario, nace a partir del primer dia del mes siguiente de ocurrida la transferencia, correspondiendo al transferente efectuar el pago hasta el mes de ocurrida la transferencia. Articulo 9º.- INAFECTACIONES Se encuentran inafectos a los arbitrios de Limpieza Publica y Mantenimiento MORDAZA, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana los predios de propiedad de: a) La Municipalidad de Barranco, siempre que el uso de sus predios no este cedido contractualmente o bajo cualquier otra modalidad, en cuyo caso el pago de las obligaciones recaera en los que hayan contratado o pactado con ella. b) Los gobiernos extranjeros, en condicion de reciprocidad, siempre que los predios de su propiedad se destinen a residencia de sus representantes diplomaticos, o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas, delegaciones o consulados. c) El cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Peru. d) Entidades religiosas reconocidas por el Estado, que destinen sus predios a templos, conventos, monasterios. e) La Policia Nacional del Peru, cuyos predios esten destinados a Comisaria del distrito. f) Organizaciones politicas inscritas en el Registro Nacional del MORDAZA Nacional de Elecciones. Articulo 10º.- EXONERACIONES Se encuentran exonerados del 50% del pago de arbitrios: a) Los contribuyentes que gocen del Beneficio de Deduccion del Impuesto Predial establecidos en el Articulo 19º del Decreto Legislativo Nº 776, modificado mediante Ley Nº 26952. b) Asimismo, se encuentran exoneradas de la totalidad del tributo a pagar las personas que se encuentren en estado de necesidad precaria, previo informe social de la Gerencia de Desarrollo Humano. Las exoneraciones genericas de tributos otorgados o que se otorguen no comprenden a los arbitrios regulados en la presente ordenanza. El otorgamiento de exoneraciones debera ser expreso. Articulo 11.- CRITERIOS PARA EL CALCULO Y DISTRIBUCION DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA - 2005 Apruebense los criterios para el calculo y distribucion de los arbitrios de Limpieza Publica y Mantenimiento MORDAZA, parques y jardines y seguridad ciudadana para el ejercicio 2005, fijados en los anexos I y II que forman parte integrante de la presente ordenanza. Articulo 12º.- PERIODICIDAD Y RECAUDACION Los arbitrios de Limpieza Publica y Mantenimiento MORDAZA, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana, son de periodicidad y recaudacion mensual.

Articulo 13º.- VENCIMIENTO DE LA OBLIGACION La obligacion de pago de las cuotas vence el ultimo dia habil de cada mes. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA Distrital, para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Segunda.- Concedase como incentivo por el pago adelantado de los tributos municipales del ejercicio 2005, los descuentos siguientes: a.- Descuento del 10% en el pago del monto insoluto de los Arbitrios (Limpieza Publica y Mantenimiento MORDAZA, Parques y Jardines y Seguridad Ciudadana), a los contribuyentes que hasta el 28 de febrero del 2005, cancelen el pago total de los Arbitrios Municipales 2005. b.- Descuento del 5% en el pago del monto insoluto de los Arbitrios a los contribuyentes que hasta el 28 de febrero del 2005 cancelen de 6 a 11 cuotas de los Arbitrios Municipales 2005. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA ANEXO I CRITERIOS PARA EL CALCULO Y DISTRIBUCION DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA - 2005 PARA INMUEBLES DESTINADOS A MORDAZA HABITACION Para la distribucion de los arbitrios de Limpieza Publica y Mantenimiento MORDAZA, parques y jardines y seguridad ciudadana del ano 2005, para inmuebles destinados a MORDAZA habitacion, se han tomado en cuenta los siguientes criterios: 1. MORDAZA DE PREDIO: MORDAZA habitacion, Azotea ( aires, estacionamiento, deposito de vivienda, tendal y azotea) 2. AREA: Tamano del predio: Area construida cuando se trata de edificaciones y area sin construir cuando se trate de terrenos sin edificaciones. 3. ZONIFICACION: MORDAZA A, MORDAZA B, MORDAZA C, descritas en la ordenanza 217-MDB. FACTOR DE CALCULO: El factor de calculo del cobro de los arbitrios 2005 para cada MORDAZA (A, B, C) es el cociente del costo total de los servicios (limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana) entre el area total construida de cada zona.
MORDAZA COSTO TOTAL DE LOS SERVICIOS (S/.) AREA CONSTRUIDA EN LA MORDAZA (m2) FACTOR DE CALCULO A 667,922 266,855 2.50 B 1'078,683 538,847 2.00 C 518,702 345,578 1.50

DISTRIBUCION DEL COBRO DE ARBITRIOS: MORDAZA DE PREDIO Monto minimo diario MORDAZA MORDAZA A 0.35 MORDAZA B 0.28 AREA POR FACTOR MORDAZA C 0.17

ANEXO II CRITERIOS PARA EL CALCULO Y DISTRIBUCION DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA Y MANTENIMIENTO MORDAZA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA - 2005 PARA INMUEBLES DESTINADOS A COMERCIO Para la distribucion de los arbitrios de Limpieza Publica y Mantenimiento MORDAZA, parques y jardines y seguridad ciudadana del ano 2005, para inmuebles destinados a comercio, se han tomado en cuenta los siguientes criterios:

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