Norma Legal Oficial del día 03 de Febrero del año 2005 (03/02/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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MORDAZA DE COMERCIO

NORMAS LEGALES
FPCC Expresado en NUEVOS Soles por m2. (S/. / m2)

MORDAZA, jueves 3 de febrero de 2005

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan celebracion de I Matrimonio Civil Comunitario de 2005
DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2005-MDI
Independencia, 26 de enero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA Visto; el Informe Nº 013-2005-URC/GSG/MDI de 11 de enero del 2005, remitido por la Unidad de Registro Civil, referido a la propuesta de realizacion del "I Matrimonio Civil Comunitario del 2005"; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional y la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, las municipalidades son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual se configura como la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, asimismo, el articulo 4º de la Constitucion establece que la comunidad y el Estado protegen a la familia, promueven el matrimonio y los reconocen como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, de otro lado, el articulo 233º del Codigo Civil establece que la regulacion juridica de la familia tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y establecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamadas en nuestra Constitucion; Que, adicionalmente, debe senalarse que en la jurisdiccion de Independencia existe un alto indice de parejas de escasos recursos economicos que han conformado su hogar bajo union de hecho y desean formalizar su estado civil contrayendo matrimonio; Que, los gobiernos locales, como entidades conformantes del Estado, tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de la sociedad cautelando de esta manera su legalidad y seguridad juridica; Estando a lo expuesto y en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Peru y los articulos 20º numeral 6; y, 42º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; DECRETA:

Empresas de telecomunicaciones, empresas de radiodifusion, estudios de grabacion para television, servicios de prensa, informacion y similares Supermercados, centros comerciales Instituciones financieras, bancos, empresas de seguros y reaseguros, cajeros automaticos, cooperativas de ahorro y credito, mutuales y similares

3.30 3.30

3.30 56.02

4. MONTOS MINIMOS Y MAXIMOS: Se han establecido montos minimos y maximos diarios, por MORDAZA de comercio, en razon al area ocupada y declarada por el comercio, y clasificados por zonas, conforme se detalla en el siguiente cuadro: COMERCIO A = 1.17 LIGADAS A
USOS MORDAZA ALMACENAJE AUTOS COMIDA COMUN MINI-MARKET PLAYA MONTO DIARIO MINIMO MORDAZA 0.50 5.00 1.20 12.00 1.50 15.00 1.00 30.00 0.50 10.00 1.00 15.00 1.00 10.00

COMERCIO B = 2.5 LIGADAS A
USOS CLUB LICORES CULTURAL EDUCACION HOSPEDAJE VTA. DE GAS GRIFOS GIMNASIOS INDUSTRIA SALUD MONTO DIARIO MINIMO MORDAZA 2.00 20.00 1.00 15.00 1.00 15.00 2.00 20.00 3.00 30.00 1.50 15.00 2.00 15.00 2.00 20.00 2.50 25.00 2.00 20.00

COMERCIO C = 3.3 LIGADAS A
USOS DISCOTECAS DIVERSION BANCO SUPERMERC. TELEV.-RADIO MONTO DIARIO MINIMO MORDAZA 7.50 30.00 7.50 30.00 10.00 55.00 20.00 60.00 10.00 30.00

DETERMINACION DE LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA Y MANTENIMIENTO MORDAZA, PARQUES Y JARDINES Y SEGURIDAD CIUDADANA - 2005 PARA INMUEBLES DESTINADOS A COMERCIO Los arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y seguridad ciudadana 2005 para inmuebles destinados a comercio se determinaran multiplicando el area (A) por el factor promedio por costo de servicios y MORDAZA de comercio (FPCC) por el factor promedio por zonificacion (FPZ).
ARBITRIOS ANUALES 2005 = (A) * (FPCC) * (FPZ)

Articulo Primero.- AUTORIZAR la celebracion del "I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL 2005" a llevarse a cabo el dia 19 de marzo del 2005 a horas. 9.00 a.m. en el Centro Comercial MEGAPLAZA de Independencia. Articulo Segundo.- Los pretendientes deberan presentar los requisitos establecidos en los articulos 248º y siguientes del Codigo Civil y en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- de la Municipalidad Distrital de Independencia. Articulo Tercero.- DISPONER la exoneracion de los plazos legales para la referida celebracion y la dispensa de la publicacion del Edicto Matrimonial por cuenta de la Municipalidad. Articulo Cuarto.- FIJAR como pago por concepto de Pliego Matrimonial Comunitario la suma de S/. 74.00 (setenta y cuatro 00/100 nuevos soles). Articulo Quinto.- ESTABLECER como termino para la MORDAZA de expedientes el dia 17 de marzo del 2005. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Secretaria General, y Unidad de Registro Civil el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 02312

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