Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2005 (06/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, segun las estadisticas de DIRANDRO se ha incrementado la produccion de amapola, estimandose esta en 2,000 hectareas y de los arbustos de coca en 50,300 hectareas, segun ONUDD 2005, situacion que ha potenciado la elaboracion de sustancias ilicitas, en 24% segun OPCION 2005, con el consiguiente aumento en la comercializacion de drogas ilegales provocando mayores niveles de conductas criminales, lo cual viene impactando en el sistema penitenciario donde el 30% de internos esta ligado a los delitos de trafico ilicito de drogas, lo cual se refleja en la carga procesal de la funcion fiscal, de acuerdo a los datos del Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de MORDAZA tad Efectiva (RENADESPLE); Que, el trafico ilicito de drogas, es un delito pluriofensivo, practicado por grupos organizados, quienes vienen invirtiendo ingentes recursos economicos a traves de diversos metodos afectando asi las bases de la sociedad peruana; Que, el bajo control social viene incrementando los centros de microcomercializacion de drogas, que a la fecha se estima 1,348 lugares, los mismos que vienen operando en las ciudades mas importantes del Peru, segun OPCION 2004, propiciando la incorporacion del consumo de sustancias psicoactivas ilicitas a poblaciones cada vez mas jovenes con mas de 40,000 adictos (DEVIDA), siendo un factor de riesgo para la construccion de conductas antisociales que se reflejan en mayores niveles de violencia e infracciones al ordenamiento penal; Que, los Fiscales Especializados contra el Trafico Ilicito de Drogas, han venido desarrollando su labor en escenarios geograficos muy amplios, lo cual ha impedido cumplir a cabalidad con el MORDAZA senalado en la Resolucion Nº 061-2001-MP-FN de fecha 18 de enero del ano 2001; Que, los Fiscales Especializados contra el Trafico Ilicito de Drogas, en la practica han involucrado de manera permanente a los Fiscales Penales y Mixtos en todo el territorio nacional, en la lucha contra el trafico ilicito de drogas; Que, los Fiscales Superiores Decanos, a nivel nacional, son responsables en representacion del Ministerio Publico, de liderar la lucha contra este flagelo de la humanidad, optimizando los recursos humanos con cuenta la Institucion, especialmente en los operativos de interdiccion que programen oportunamente las Unidades Especiales de la Policia Nacional del Peru; De conformidad con lo establecido en el Art. 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reestructurar las jurisdicciones de las Fiscalias Especializadas contra el Trafico Ilicito de Drogas a nivel nacional, las cuales se constituiran en las capitales de los departamentos y en las provincias, en funcion al indice de criminalidad en delito de trafico ilicito de drogas y sus conexos, asumiendo competencia en los delitos senalados en el Titulo XII, Capitulo III , Seccion II del Codigo Penal y las derivadas de la Ley Nº 27765, provenientes del trafico ilicito de drogas: 1.2.3.4.5.6.7.8.9.10.1112.13.14.15.16.17.18.Callao Callao MORDAZA Chiclayo Iquitos Huamanga Huancayo MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pucallpa MORDAZA MORDAZA Tacna Tarapoto MORDAZA Tingo MORDAZA Tumbes Dra. MORDAZA MORDAZA Ley Tokumori Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA Schwartz Azpur Dr. MORDAZA Bedoya Casablanca Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA Castaneda MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Giron Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dra. MORDAZA Orendo MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA Hirene Dr. MORDAZA Veiga MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Segundo.- Aprobar la Directiva Nº 0072005-MP-FN que optimiza las funciones de los Fiscales Superiores Decanos y de las relaciones funcionales de los Fiscales Provinciales Especializados contra el Trafico Ilicito de drogas, lo cual forma parte integrante de la presente resolucion, la misma que se aplicara a partir del dia siguiente de su publicacion. Ar ticulo Tercero.- La Gerencia General y los Fiscales Superiores Decanos, adoptaran las acciones correspondientes para la implementacion de las Fiscalias Especializadas Antidrogas y de la Directiva aprobada. Articulo Cuarto.- Los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales de MORDAZA y Callao, adoptaran las acciones que correspondan a fin de que las Fiscalias Especializadas contra el Trafico Ilicito de drogas de MORDAZA y Callao, asuman competencia con los Juzgados de reos en carcel. Articulo Quinto.- Dejese sin efecto toda Resolucion y/o Directiva que se oponga a la presente. Articulo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Presidente de la Corte Suprema, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Ministro del Interior, Director de la Direccion Nacional Antidrogas de la Policia Nacional del Peru, los senores Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, Seccion de Asuntos Antinarcoticos (NAS), La Drug Enforcement Administration (DEA) de la Embajada de Estados Unidos de Norteamerica, Gerencia General del Ministerio Publico, Gerencia de Registro de Fiscales, y a los Fiscales Especializados contra el Trafico Ilicito de drogas a nivel nacional. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion DIRECTIVA Nº 007-2005-MP-FN 1. Los Fiscales Superiores Decanos de los Distritos Judiciales del Peru, asumen el rol de liderazgo en la lucha contra el trafico ilicito de drogas en sus distritos judiciales, para tal efecto estableceran un Plan Anual, considerando las caracteristicas e incidencia de criminalidad, para ello deberan considerar en los Planes operativos, para desarrollar acciones conjuntas con la Policia Nacional del Peru. 2. Los Fiscales Superiores Decanos, con el fin de optimizar con mayores niveles de eficiencia y seguridad frente a los requerimientos de los representantes del Ministerio Publico para la ejecucion de los operativos de interdiccion, deberan coordinar directamente con el Director de la DIRANDRO o el Jefe Policial de la jurisdiccion del distrito judicial correspondiente, debiendo llevar un registro detallado a traves de un instrumento de trabajo, con la finalidad de evaluar los niveles de comunicacion y resultados obtenidos. 3. El Fiscal Superior Decano sistematizara y analizara los informes de los Fiscales Antidrogas; asi como de los Fiscales Penales y Mixtos que asuman competencia en delitos materia del articulo primero de la Resolucion que aprueba la presente Directiva; dicho informe sera bimensual y sera elevado al Despacho de la Fiscalia de la Nacion, a traves de formatos previamente establecidos. 4. El Fiscal Superior Decano adoptara las acciones que correspondan a fin de garantizar la presencia del Representante del Ministerio Publico en los operativos de interdiccion contra el trafico ilicito de drogas y de ser el caso en las acciones de erradicacion que ejecute el Proyecto CORAH, previa solicitud segun el Plan de ejecucion que le remita el Ministerio del Interior, informando al Despacho de la Fiscalia de la Nacion los resultados de los mismos. 5. Los Fiscales Superiores Decanos a traves de la Gerencia de Control Patrimonial cautelaran el uso adecuado de los bienes donados por la Cooperacion Internacional 6. Los Fiscales Penales y Mixtos asumiran competencia tambien en los delitos senalados en el Titulo XII, Capitulo III , Seccion II del Codigo Penal y las derivadas de la Ley Nº 27765, provenientes del trafico ilicito de

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