Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2005 (06/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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SUNARP
Aprueban transferencia de bienes muebles a favor de diversos centros educativos estatales
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 184-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 1 de MORDAZA de 2005 VISTO, el Oficio Nº 681-2005-ZRVIII-SHYO/JEF, de la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº VIII - Sede Huancayo, mediante el cual se remite el expediente conteniendo los informes Tecnicos Legales efectuados por el Comite de Gestion Patrimonial que determinan que es procedente realizar la donacion de bienes muebles dados de baja, a favor de diversos Centros Educativos Estatales; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, teniendo en cuenta la importancia fundamental para el MORDAZA de promover el desarrollo educativo y en el MORDAZA de las normas vigentes, ha considerado la posibilidad de donar diversos bienes a favor de los Centros Educativos Estatales de limitados recursos; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 023-2004ZRVIII-SHYO/GAF, se aprueba la baja de 55 bienes patrimoniales de la MORDAZA Registral Nº VIII - Sede Huancayo; Que, la Jefatura de Patrimonio Mobiliario de la Superintendencia de Bienes Nacionales, mediante Oficio Nº 8053-2004-SBN-GO-JPM, senala que ha procedido a la evaluacion de la documentacion presentada sobre la baja de bienes muebles, aprobada mediante la Resolucion Gerencial descrita en el considerando que antecede, la misma que se encuentra conforme a lo dispuesto en el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal y a la Directiva Nº 004-2002/SBN; Que, en aplicacion al articulo 3º numeral 3.2 del Reglamento de la Ley Nº 27995, se remite, mediante Oficios Nºs. 732, 733, 734 y 737-2004-ZRVIII-SHYO/GAF, de fecha 16 de noviembre del 2004, a la Unidad de Gestion Educativa Local de Huancayo, MORDAZA, Tingo MORDAZA y Satipo, la Resolucion de Baja de los bienes muebles a donarse; Que, habiendo transcurrido el plazo de 30 dias habiles computados a partir de la fecha de recepcion de la Resolucion de Baja, establecido en el numeral 4.3 del articulo 4º del Reglamento de la Ley Nº 27995, sin que las Unidades de Gestion Educativa Locales se pronunciaran, se procede a designar a los colegios ubicados en zonas de extrema pobreza a fin que MORDAZA los beneficiados con la respectiva donacion; Que, en tal sentido, mediante Oficios Nºs. 167 y 1682005-ZRVIII-SHYO/GAF, se comunica a los Centros Educativos: Colegio Nacional Industrial MORDAZA Valdizan de MORDAZA y Politecnico Regional de Centro de Huancayo respectivamente, que seran beneficiados con la transferencia de bienes muebles en calidad de donacion, acto que fue aceptado por dichos Centros Educativos; Que, asimismo mediante Oficio Nº 062-2005-ZRVIIISHYO/GAF de fecha 18 de enero del 2005, se pone a disposicion de la Unidad de Gestion Educativa Local de Tayacaja, MORDAZA de la Resolucion Gerencial Nº 023-2004ZRVIII-SHYO/GAF; asi como la relacion de bienes dados de baja designandose al Centro Educativo MORDAZA MORDAZA como beneficiario de la donacion; Que, mediante Informes Tecnicos Legales, el Comite de Gestion Patrimonial de la MORDAZA Registral Nº VIII Sede Huancayo, determina que es procedente realizar la donacion de bienes muebles dados de baja, a favor de Centros Educativos Estatales de extrema pobreza; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 4.4 del articulo 4º del Decreto Supremo Nº 013-2004-EF, a efectos de formalizar la transferencia de los bienes muebles, es necesario la expedicion de la Resolucion del Titular de la Entidad;

Que, asimismo, el numeral 3º del articulo 58º del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de la SUNARP, aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 236-2004-SUNARP/SN, dispone que la aprobacion de la donacion de bienes muebles a favor de entidades publicas, debe formalizarse mediante Resolucion del Titular de la SUNARP; De acuerdo a lo dispuesto en el articulo 56º, numeral 2 del Reglamento de Altas, Bajas y Enajenaciones de Bienes Patrimoniales de la SUNARP aprobado por Resolucion del Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 236-2004-SUNARP/SN, en el articulo 4º de la Ley Nº 27995, en el articulo 2º de la Directiva Nº 0092002/SBN, aprobada por Resolucion de la Superintendencia de Bienes Nacionales Nº 031-2002/SBN; y, a lo senalado en el articulo 7º, literal w) del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la transferencia en la Modalidad de Donacion, de los bienes muebles detallados en el anexo adjunto, de acuerdo a los Informes Tecnicos Legales Nºs. 001, 002 y 003-2005-ZRVIIISHYO-CGP, los cuales forman parte de la presente Resolucion, a los siguientes centros educativos:
CUADRO RESUMEN DE TRANSFERENCIAS
Nº INFORME 001-2005-ZRVIII-SHYO-CGP 002-2005-ZRVIII-SHYO-CGP 003-2005-ZRVIII-SHYO-CGP CENTRO EDUCATIVO ESTATAL MORDAZA MORDAZA C.N.I. MORDAZA VALDIZAN POLITECNICO REGIONAL DEL CENTRO Nº DE BIENES DONADOS 03 22 30

Articulo Segundo.- Autorizar al Gerente de Administracion y Finanzas de la MORDAZA Registral Nº VIII - Sede Huancayo para que suscriba, conjuntamente con los representantes de los Centros Educativos descritos en el articulo precedente, el Acta de Transferencia de los bienes muebles donados. Articulo Tercero.- Transcribir la presente Resolucion a la Superintendencia de Bienes Nacionales, a la Unidad de Gestion Educativa Local, a las entidades favorecidas y a las instancias correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FREITAS A. Superintendente Nacional de los Registros Publicos 11947

SUNAT
Precisan descripciones minimas en las importaciones de computadoras, sus componentes y perifericos, para su correcta clasificacion arancelaria y determinacion de Valor en Aduana
CIRCULAR Nº 013-2005/SUNAT/A 1. MATERIA: Descripciones Minimas en las Importaciones de computadoras, sus componentes y perifericos. 2. OBJETIVO: Establecer una correcta clasificacion arancelaria y determinacion del Valor en Aduana en las importaciones de computadoras, sus componentes y perifericos. 3. BASE LEGAL: Instructivo de Trabajo de la Declaracion Unica de Aduanas, Ejemplar B, INTA-IT.00.04. 4. INSTRUCCIONES: Estando a lo dispuesto por la Tercera Disposicion Complementaria del Decreto Legislativo Nº 809 - Ley

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