Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2005 (06/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de MORDAZA de 2005

ORDENANZA MUNICIPAL QUE AUTORIZA LA AMNISTIA DE REGULARIZACION DE LICENCIA DE CONSTRUCCION Articulo 1º.- Autorizar la Amnistia de "Regularizacion de Licencia de Construccion" para aquellas construcciones que cumpla con los siguientes requisitos: a. MORDAZA anteriores a diciembre del 2003. b. Respeten los parametros urbanisticos de la MORDAZA, y hallan construido dentro de su propiedad. c. No tengan un area mayor a 90 m2. Esta amnistia tendra vigencia hasta el 31 de diciembre del 2005. Articulo 2º.- Establecer como "unico pago" el monto de S/. 256.90 (Doscientos cincuenta y seis con 90/100 nuevos soles), que corresponde a la obtencion del Certificado de Parametros, Licencia de Construccion en via de Regularizacion y el Certificado de Finalizacion de Obra. Articulo 3º.- El "unico pago", alcanza a los que han construido sin autorizacion municipal asi como para aquellos administrados que en cumplimiento de las normas generales y municipales se encuentran tramitando su licencia de obra respectiva. Articulo 4º.- Encargar a Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Subgerencia de Obras Privadas el cumplimiento de la presente MORDAZA municipal, y a la Gerencia de Imagen Institucional y Relaciones Publicas su debida difusion. Articulo 5º.- La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ALAVA MORDAZA 11869

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Autorizan amnistia de Regularizacion de Licencia de Construccion
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 046-2005/MDV-CDV Ventanilla, 22 de junio de 2005 EL SENOR MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Ventanilla, visto en Sesion Ordinaria celebrada el dia 22 de junio del 2005, el Informe Nº 115-2005/MDV-GDUO-SGOP, y el Expediente Nº 10434 sobre propuesta de "Ordenanza de Amnistia de Regularizacion de Licencia de Construccion"; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo establecido en el Articulo 194º sobre Descentralizacion de la Constitucion Politica del Estado concordado con el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 "Organica de Municipalidades; y en tal sentido conforme a lo senalado por el articulo 74º de la MORDAZA constitucional, los gobiernos locales crean, modifican y suprimen contribuciones y tasas, o exoneran de estas dentro de su jurisdiccion y en los limites que senala la Ley; Que, el Reglamento de la Ley Nº 27157 que modifica la Decimo Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 27972 y el D.S. Nº 011-2005-VIVIENDA, esta establece que todas aquellas edificaciones construidas, MORDAZA de diciembre del 2003, se encuentran exoneradas de pagar la multa u otras sanciones, y tienen plazo de regularizar la fabrica hasta diciembre del 2005, para las construcciones posteriores a diciembre del 2003 tendran que acogerse a la sancion correspondiente segun el RAMSA y a la Ley Nº 27157, osea el pago del 10% del Valor de la Obra; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el articulo 9º y 40º de la Ley Nº 27972-Organica de Municipalidades, luego del debate correspondiente el Pleno del Concejo por UNANIMIDAD aprobo la siguiente Ordenanza;
LICA DEL P E

Adecuan el MORDAZA de la Municipalidad a lo dispuesto en la Ley de Promocion y Formalizacion de la Micro y Pequena Empresa y su Reglamento
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 047-2005/MDV Ventanilla, 22 de junio del 2005 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA.

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico.

normaslegales@editoraperu.com.pe

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