Norma Legal Oficial del día 31 de Julio del año 2005 (31/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 31 de MORDAZA de 2005

carga MORDAZA respectivamente para la extraccion de los recursos jurel y caballa con destino al consumo humano directo utilizando sistema de preservacion a bordo RSW, equipada con redes de cerco de 13 mm. (½ pulgada) y 38 mm. (1½ pulgada), de longitud minima de abertura de malla, segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco millas costeras". Articulo 7º.- Reservar a favor de PESQUERA MORDAZA MORDAZA S.A.C. el saldo de 99.99 m3 de capacidad de bodega, la cual es la capacidad restante luego de aplicar 130.05 m3 y 141.96 m3 de volumenes de bodega a las embarcaciones "MARYLIN II" y "CHAVELLI II" respectivamente, provenientes del derecho de sustitucion de la embarcacion siniestrada "YAGO III", saldo que solo podra utilizarse dentro del plazo de (90) dias calendario contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Vencido dicho plazo, el derecho de utilizacion del saldo caducara de pleno derecho sin que sea necesario notificacion por parte del Ministerio de la Produccion. Articulo 8º.- Modificar en el literal B del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002PRODUCE, la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "MARYLIN II" de matricula CE-15260-PM consignandose una de 555.05 m3. Articulo 9º.- El acceso a los recursos sardina, jurel y caballa, sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 023-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodega de la embarcacion debe mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 10º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 13370

Que por Resolucion Ministerial Nº 107-2005/MINSA, se aprobo los "Lineamientos de Politica de Salud de los/ las Adolescentes", que contiene un conjunto de acciones orientadas a precisar las prioridades en materia de salud de los/las adolescentes; Que por lo expuesto, y a efecto de fortalecer la gestion del personal de salud en aspectos de consejeria integral para los/las adolescentes, se ha elaborado los "Protocolos de Consejeria para la Atencion Integral del Adolescente", los cuales facilitan la comprension de los problemas de los/las adolescentes y proporcionan mecanismos para abordarlos con un enfoque de ejercicio de derechos, de genero y de atencion integral; Estando a lo propuesto por la Direccion General de Salud de las Personas y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; Con la visacion del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657- Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar los "Protocolos de Consejeria para la Atencion Integral del Adolescente", que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La Direccion General de Salud de las Personas, a traves de la Direccion Ejecutiva de Atencion Integral de Salud, se encargara de la difusion e implementacion del citado documento. Articulo 3º.- Las Direcciones Regionales de Salud a nivel nacional, son responsables de la aplicacion de dicho documento en el ambito de sus respectivas jurisdicciones. Articulo 4º.- La Oficina General de Comunicaciones publicara el referido documento en la pagina web del Ministerio de Salud. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MAZZETTI SOLER Ministra de Salud 13425

Aprueban donaciones dinerarias a favor del Instituto Especializado de Enfermedades Neoplasicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 584-2005/MINSA

SALUD
Aprueban los "Protocolos de Consejeria para la Atencion Integral del Adolescente"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 583-2005/MINSA MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2005 Visto el Expediente Nº R-040113-05; CONSIDERANDO: Que una de las competencias de rectoria sectorial del Ministerio de Salud en el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, es el desarrollo de metodos y procedimientos para la priorizacion de problemas, poblaciones e intervenciones, conforme a lo establecido en el literal b) del articulo 3º de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud; Que en tal sentido, corresponde efectuar el diseno, implementacion y actualizacion de las normas, protocolos, guias y procedimientos, de alcance nacional, para la atencion de la salud de las personas desde su MORDAZA hasta su muerte natural, de acuerdo a lo previsto en el literal d) del articulo 51º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2002-SA;

MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2005 Visto, el Oficio Nº 489-DG-INEN-2005 del Director General del Instituto Especializado de Enfermedades Neoplasicas, solicitando la inclusion en el Presupuesto del Ano 2005, las donaciones efectuadas por personas juridicas y naturales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28427 se aprobo el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1261-2004/ MINSA se ha aprobado el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Ano Fiscal 2005, del Pliego 011 Ministerio de Salud; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los limites y procedimientos mediante los cuales podran ser modificados los creditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Publico; Que, el numeral 42.1 del articulo 42º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las incorporaciones de mayores fondos publicos que se generen como consecuencia de la percepcion de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante resolucion del Titular de la Entidad, cuando provienen de "a) Las MORDAZA de Financiamiento distintas a las de Recursos Ordinarios y recursos y operaciones oficiales de credito que se produzcan durante el ano fiscal";

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