Norma Legal Oficial del día 02 de Junio del año 2005 (02/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 2 de junio de 2005

Si la publicacion se efectuara en un dia no util, la comunicacion a OSIPTEL se efectuara a mas tardar en el dia util inmediato siguiente. Cuando se trate de incrementos en las tarifas, MORDAZA estas tarifas establecidas o tarifas correspondientes a los planes tarifarios, la comunicacion se efectuara al menos tres (3) dias utiles MORDAZA de la publicacion. Este ultimo plazo no es aplicable a las ofertas, descuentos y promociones. Articulo 12º.- Obligacion de publicar las tarifas Las empresas concesionarias deberan publicar, en al menos un diario de amplia circulacion dentro de su area de concesion, las tarifas que establezcan para los servicios publicos de telecomunicaciones que prestan y sus respectivas modificaciones, incluyendo las tarifas correspondientes a los planes tarifarios, ofertas, descuentos y promociones, asi como las tarifas que se deriven de contratos suscritos en el MORDAZA de convocatorias o negociaciones de caracter publico o privado. La publicacion se efectuara a mas tardar el dia de entrada en vigencia de la tarifa, salvo lo previsto en el siguiente parrafo. Cuando se trate de incrementos en las tarifas, MORDAZA estas tarifas establecidas o tarifas correspondientes a los planes tarifarios, la publicacion se efectuara al menos dos (2) dias calendario MORDAZA de su entrada en vigencia. Este ultimo plazo no es aplicable a las ofertas, descuentos y promociones. Las disposiciones sobre publicacion, contenidas en el presente Titulo III, son aplicables tambien a las empresas operadoras de servicios de valor anadido.

De conformidad con la carta de Intento de Sancion TELEFONICA habria incumplido con la obligacion de comunicar y publicar las tarifas respecto de los siguientes casos: a. La tarifa aplicada a la abonada del servicio telefonico NC 368-2338, por el consumo del servicio de larga distancia internacional incluido en el recibo Nº T678722330, teniendo en cuenta el descuento efectuado mediante la nota de credito Nº 1483-0007729, bajo el concepto de propuesta especial; y, b. El contenido de la carta GGR.107.A.716./OT.03 de fecha 5 de diciembre de 2003, a traves de la cual TELEFONICA da cuenta que se han efectuado descuentos en virtud de la licitacion publica que se le adjudico mediante carta de fecha 27 de noviembre de 2001, correspondientes a la nota de credito Nº 4079-0000945. Con relacion al literal a) se observa lo siguiente: Indica TELEFONICA en sus descargos que, de la estructura de trafico cursado por el servicio 368-2338 y de lo expresado por la abonada al vendedor designado para poner a su disposicion una serie de precios promocionales de los servicios de larga distancia; se entendio que dicho numero se encontraba asociado a un negocio de MORDAZA call center y, que bajo dicho entendido y sobre la base de unos traficos estimados, se ofertaron a la abonada una serie de descuentos que eran el resultado de la combinacion de diversos planes y promociones relacionados por volumen, destino y combinaciones de trafico de larga distancia nacional e internacional, entre los que se incluian, los denominados comercialmente: Descuento Empresarial LDI y LDN, Destino Frecuente LDN y LDI, MORDAZA Empresarial y, LDN por LDI, todos ellos comunicados a OSIPTEL y publicados en su oportunidad. Agrega TELEFONICA que, transcurrido el mes necesario para cuantificar el trafico cursado, se encontro que aquel no alcanzaba el volumen de llamadas comprometido, no obstante, el descuento ya se habia aplicado a traves de la emision de una nota de credito, decidiendose no cobrar la diferencia que correspondia. Se observa de los descargos presentados que TELEFONICA desconoce la aplicacion de una tarifa distinta a las oportunamente publicadas y comunicadas, senalando que el descuento aplicado a la abonada es producto de una combinacion de planes previamente publicados y comunicados. Sin embargo, a fojas 23 y 24 del Expediente Nº 00532-2003-GG-GFS/A-06 obra la carta mediante la cual TELEFONICA oferto a la abonada del servicio 368-2338 las tarifas de S/. 0.36 por minuto de llamada de Larga Distancia Internacional (LDI) y S/. 0.13 por minuto de llamada de Larga Distancia Nacional (LDN). Dicha comunicacion tiene como fecha de emision el 22 de setiembre de 2003, es decir, aproximadamente dos meses MORDAZA de la accion de supervision; la imagen digitalizada se observa a continuacion: Como se aprecia del contenido de la carta, no se desprende que se trate de una combinacion de planes tarifarios, por el contrario, se entiende del texto que las tarifas se aplicarian luego de aplicar los planes de descuentos; la unica condicion que se advierte en la referida carta es que El Trafico debera ser 100% TdP. Adicionalmente, en las acciones de supervision que se realizaron con el objeto de verificar la existencia de propuestas especiales en tarifas de larga distancia ofertadas por la empresa, se ha podido determinar que TELEFONICA ha venido ofreciendo a diversos abonados las mismas tarifas referidas en la carta aludida en el parrafo anterior. Asi, a fojas 1713 , 18 y 1914 , 20 y 2115 , 28 y 2916 ,

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Correo Electronico de MORDAZA MORDAZA Rufner [mailto:criverar@tp.com.pe] a MORDAZA Puch Bromberg, Customer Service Representative MORDAZA, Regus Business Centre (Peru) S.A. del 19 de setiembre de 2003, 15:48 horas. Carta de fecha 22 de setiembre de 2003 de la Gerencia de Larga Distancia de TELEFONICA, dirigida a REGUS BUSINESS CENTRE (PERU), Att. MORDAZA Puch. Correo Electronico de MORDAZA MORDAZA Rufner [mailto:criverar@tp.com.pe] a MORDAZA Puch Bromberg, Customer Service Representative MORDAZA, Regus Business Centre (Peru) S.A. del 22 de setiembre de 2003, 11:09 horas. Correo Electronico de Norybell Rollet MORDAZA [mailto:nrolletg@tp.com.pe] a MORDAZA La MORDAZA, Compania Minera MILPO del 12 de noviembre de 2003, 01:21 p.m.

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