Norma Legal Oficial del día 09 de Junio del año 2005 (09/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 9 de junio de 2005

NORMAS LEGALES

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Modifican Estatuto y Reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - FESUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 114-2005/SUNAT MORDAZA, 8 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 061-2002-PCM se dispuso la fusion de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT con la ex Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, otorgandose a la primera la calidad de entidad incorporante; Que por Decreto Supremo Nº 003-2003-PCM del 2 de enero de 2003 se preciso que la fusion de la ex ADUANAS y la SUNAT dispuesta por el Decreto Supremo MORDAZA mencionado implica tambien la fusion de los Fondos de Empleados de MORDAZA entidades; Que segun Resolucion de Superintendencia Nº 0962003/SUNAT del 30 de MORDAZA de 2003, se aprobaron tanto el Estatuto como el Reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - FESUNAT; Que la Asamblea General de Delegados del FESUNAT ha propuesto la modificacion de tales documentos, con la finalidad de facilitar el ejercicio de sus funciones; Que en ese sentido resulta conveniente modificar el Estatuto asi como el Reglamento del citado Fondo, contando tales modificaciones con la opinion favorable del Comite de Administracion del FESUNAT; En uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Sustituir los Articulos 1º, 2º, 10º, 11º, 12º, 14º, 15º, 16º, 17º, 18º, 20º, 21º, 22º, 24º, 25º y 26º del Estatuto del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - FESUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 096-2003/ SUNAT, segun los textos contenidos en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Incorporar el Articulo 21º-A y la MORDAZA Disposicion Transitoria en el Estatuto del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - FESUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 096-2003/SUNAT, segun los textos contenidos en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Sustituir el inciso a) del Articulo 4º, el inciso b) del Articulo 6º, el inciso e) del Articulo 8º, los Articulos 9º, 17º, 20º, 21º, 24º, 27º, 30º, asi como el inciso e) del Articulo 29º del Reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - FESUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 096-2003/SUNAT, segun los textos contenidos en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Incorporar el inciso p) en el Articulo 8º, los Articulos 28º-A y 28º-B, asi como la Tercera Disposicion Transitoria en el Reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - FESUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 096-2003/SUNAT, segun los textos contenidos en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Derogar el inciso d) del Articulo 36º del Reglamento del Fondo de Empleados de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria FESUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 096-2003/SUNAT. Registrese, comuniquese y publiquese. NAHIL MORDAZA HIRSH MORDAZA Superintendente Nacional 10711

SUPERINTENDENCIA DE BIENES NACIONALES
Disponen primera inscripcion de dominio a favor del Estado de terreno ubicado en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 101-2005/SBN-GO-JAR La MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2005 Visto el Expediente Nº 051-2005/SBN-JAR, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Estado del terreno de 22 470,36 m², ubicado en la ladera del Cerro San MORDAZA, La Rinconada Pamplona Alta, en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; y CONSIDERANDO: Que la Superintendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad incentivar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripcion y fiscalizacion; Que, revisada la base grafica de propiedades con la que cuenta la Superintendencia de Bienes Nacionales, se identifico un terreno ubicado en la ladera del Cerro San MORDAZA, La Rinconada - Pamplona Alta, en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, que se encuentra libre de inscripcion; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 30 de setiembre de 2004, se constato que se trata de un terreno de 22 470,36 m², de topografia de moderada pendiente, que se ubica en la ladera del Cerro San MORDAZA, La Rinconada - Pamplona Alta, en el distrito de San MORDAZA de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, conforme al Certificado Catastral, de fecha 1 de MORDAZA de 2005, emitido por la Subgerencia de Catastro, sobre la base del Informe Tecnico Nº 1965-2005SUNARP-Z.R. Nº IX/OC del 28 de marzo de 2005 del Registro de Predios de MORDAZA senala que el terreno submateria se ubica en MORDAZA en la cual no se han encontrado antecedentes registrales; Que, la Setima Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, dispone que el Estado, representado por la Superintendencia de Bienes Nacionales, asumira la calidad de propietario de aquellos bienes que sin constituir propiedad privada no se encuentran inscritos en los Registros Publicos ni registrados en el Sistema de Informacion Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 22 470,36 m² de conformidad con el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 071-2001-EF, Articulo 33º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 107-2003-EF, que aprueba el "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal" y la Directiva Nº 0012002/SBN que regula el tramite de la primera inscripcion de dominio de predios a favor del Estado, aprobada por Resolucion Nº 011-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, aprobada por Resolucion Nº 014-2004/SBN; Que, los incisos i) y s) del Articulo 39º de la Resolucion Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", faculta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a promover la inmatriculacion de predios a favor del Estado, asi como a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; De conformidad con lo dispuesto por la Cuarta Disposicion Transitoria y Final del Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395,

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