Norma Legal Oficial del día 12 de Junio del año 2005 (12/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 12 de junio de 2005

en el Diario Oficial El Peruano junto con su exposicion de motivos, con el fin de recibir las sugerencias o comentarios de los interesados, los mismos que no tendran caracter vinculante ni daran lugar a procedimiento administrativo; Que, en cumplimiento de lo establecido en el Reglamento General del OSINERG aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM y, conforme con lo dispuesto en la Resolucion OSINERG Nº 083-2005-OS/ CD, de fecha 11 de MORDAZA de 2005, se publico en el Diario Oficial El Peruano el Proyecto de MORDAZA "Procedimiento para el Pago de los Costos Eficientes al Coordinador de la Operacion del MORDAZA y a las Entidades Delegadas", con la finalidad de recibir comentarios y sugerencias para su correspondiente analisis y, de ser el caso, su incorporacion en la version definitiva de la norma; Que, como consecuencia de la indicada publicacion, con fecha 30 de MORDAZA de 2005, fecha limite para la MORDAZA de comentarios y sugerencias al Proyecto de MORDAZA, el OSINERG ha recibido los comentarios y sugerencias correspondientes a lasempresas TERMOSELVA / ETESELVA., REP, ENERSUR, EDEGEL y del COES-SINAC, los mismos que han sido debidamente analizados, tal como aparece en el informe OSINERG-GART/DGT-027-2005, a raiz de los cuales, se han efectuado modificaciones al Proyecto de MORDAZA que contribuyen al logro de los objetivos de la misma; Que, finalmente con relacion al Proyecto de MORDAZA se ha expedido el informe OSINERG-GART-AL-2005077, de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG y el informe tecnico OSINERG-GART-DGT-027-2005, los mismos que sustentan la decision del OSINERG; De conformidad con la Ley Nº 27838; Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en la Ley Nº 27332; Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; en el Decreto Ley Nº 25844; Ley de Concesiones Electricas y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en el el Decreto Supremo Nº 003-2005-EM, en la Ley Nº 27444; Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Apruebese la MORDAZA "Procedimiento para el Pago de los Costos Eficientes al Coordinador de la Operacion del MORDAZA y a las Entidades Delegadas", la misma que se acompana como Anexo de la presente resolucion y forma parte integrante de la misma. Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia en la fecha que se publique, en el Diario Oficial El Peruano, la resolucion que contenga los estandares tecnicos minimos y sus costos en condiciones de eficiencia. Articulo 3º.- La presente resolucion y la MORDAZA, deberan ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano, y junto con el informe OSINERG-GART/DGT-027-2005, en la pagina WEB del OSINERG: www.osinerg.gob.pe. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo ANEXO MORDAZA PROCEDIMIENTO PARA EL PAGO DE LOS COSTOS EFICIENTES AL COORDINADOR DE LA OPERACION DEL MORDAZA Y A LAS ENTIDADES DELEGADAS Articulo 1º.- OBJETIVO El presente procedimiento tiene por objeto establecer los criterios, lineamientos y parametros necesarios para efectuar el pago de los costos eficientes al Coordinador y a las Entidades Delegadas, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 003-2005-EM.

Articulo 2º.- ALCANCES El procedimiento es de aplicacion para todos los integrantes del COES-SINAC, para el pago de los costos eficientes al Coordinador y a las Entidades Delegadas, por la coordinacion de la operacion en tiempo real del sistema interconectado. Articulo 3º.- BASE LEGAL - Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas (en adelante "LCE") y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM. - Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas. - Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos. - Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. - Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia - OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM. - Resolucion Directoral Nº 014-2005-EM/DGE, MORDAZA Tecnica para la Coordinacion de la Operacion en Tiempo Real de los Sistemas Interconectados. - Decreto Supremo Nº 020-97-EM, MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos. - Decreto Supremo Nº 003-2005-EM, que sustituye el Art. 92º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, publicada el 3 de febrero de 2005. - En todos los casos, se incluye las normas modificatorias, complementarias y conexas a los dispositivos citados; y las normas que los modifiquen o sustituyan. Articulo 4º.- GLOSARIO DE TERMINOS COES-SINAC: Comite de Operacion Economica del Sistema Electrico Interconectado Nacional. SEIN: Sistema Electrico Interconectado Nacional. DOCOES: Direccion de Operaciones del COESSINAC. NTCOTR: MORDAZA Tecnica para la Coordinacion de la Operacion en Tiempo Real de los sistemas interconectados. NTCSE: MORDAZA Tecnica de Calidad de los Servicios Electricos. Articulo 5º.- DEFINICIONES Y CONDICIONES GENERALES 5.1 Coordinador Es la entidad responsable de la coordinacion de la operacion en tiempo real del sistema al que se refiere el Articulo 92º del Reglamento de la LCE, e interectuara permanentemente con los Integrantes del Sistema. Dicha funcion le corresponde al Centro Coordinador de la Operacion del SEIN. Son funciones del Coordinador, las descritas en el numeral 1.2.3 de la NTCOTR. Asimismo, corresponde al Coordinador delegar temporalmente parte de sus funciones a uno o mas Integrantes del Sistema, con la finalidad de facilitar la subsanacion de situaciones del sistema en estados de alerta, emergencia y recuperacion. 5.2 Integrantes del COES-SINAC Lo conforman las empresas de generacion y transmision integrantes del COES-SINAC, las cuales deberan disponer necesariamente de un centro de control para la operacion en tiempo real de sus instalaciones. Asimismo, estaran obligados a cumplir las disposiciones del Coordinador y contaran con los recursos humanos y materiales necesarios para operar fisicamente sus instalaciones. 5.3 Integrantes del Sistema Se refiere a las entidades que conforman un COES, a los distribuidores, a los clientes libres y a los generadores no integrantes de un COES. 5.4 Entidades Delegadas Corresponde a uno o mas Integrantes del Sistema, los cuales reciben la delegacion temporal del Coordinador, a fin de facilitar la subsanacion de situaciones de estado de alerta, emergencia y recuperacion del sistema.

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