Norma Legal Oficial del día 22 de Junio del año 2005 (22/06/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 22 de junio de 2005 SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Primero.- Dejese sin efecto la Resolucion Administrativa Nº 178-2005-P-PJ del 15 de junio del presente ano, a partir de la fecha de su expedicion. Articulo Segundo.- Transcribase la presente resolucion al Ministerio de Justicia y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 11341

ORGANISMOS AUTONOMOS ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES
Autorizan funcionamiento de la Filial MORDAZA de la Universidad Peruana Los Andes, en la MORDAZA profesional de Odontologia
RESOLUCION Nº 1037-2005-ANR MORDAZA, 16 de junio de 2005 EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 053-R-UPLA de fecha 31 de enero del 2003, el Rector de la Universidad Peruana Los Andes solicita la evaluacion de la filial en MORDAZA en las carreras profesionales de Optometria y Odontologia, en convenio con la Fundacion Universitaria San MORDAZA de Bogota-Colombia; Que, el Pleno de Rectores en su sesion extraordinaria de fecha 28 de octubre del 2003, acordo aprobar el Dictamen de la Comision de Asuntos Academicos de la Asamblea Nacional de Rectores de fecha 14 de agosto del 2003, desautorizando el funcionamiento de la Filial en MORDAZA de la Universidad Peruana Los Andes, emitiendose la Resolucion Nº 1832-2003ANR de fecha 31 de octubre del 2003; Que, con Oficio Nº 469-R-UPLA-2003 de fecha 19 de noviembre del 2003, la Universidad Peruana Los Andes interpone recurso de Reconsideracion contra la Resolucion Nº 1832-2003-ANR; Que, el Pleno de Rectores en su sesion extraordinaria de fecha 18 de marzo del 2004, dispuso que el recurso de Reconsideracion de la Universidad Peruana Los Andes contra la Resolucion Nº 1832-2003-ANR se remita al CRI MORDAZA para su respectivo informe; Que, mediante Informe Tecnico Nº 001-2004/CRI LIMA-CEE de fecha 10 de agosto del 2004, el Consejo Regional Interuniversitario de MORDAZA, CRI MORDAZA, se pronuncio emitiendo informe desfavorable sobre la evaluacion de la filial en MORDAZA de la Universidad Peruana Los Andes, la misma que por acuerdo de la Comision de Asuntos Academicos de la Asamblea Nacional de Rectores, fue trasladado a la universidad para el levantamiento de las observaciones correspondientes; Que, el Dictamen de la Comision de Asuntos Academicos de la Asamblea Nacional de Rectores de fecha 4 de octubre del 2004, senala que la Universidad Peruana Los Andes ha levantado las observaciones del CRI MORDAZA, opinando que la universidad reune los requisitos para el funcionamiento de la MORDAZA de Odontologia y no para el funcionamiento de la MORDAZA de Optometria;

Que, con Informe Nº 096-DGAJ de fecha 17 de marzo del 2005, la Direccion General de Asesoria Juridica de la Asamblea Nacional de Rectores, dictamina que la Universidad Peruana Los Andes ha levantado la observacion que genero la addenda del Dictamen favorable de la Comision de Asuntos Academicos de la Asamblea Nacional de Rectores; Que, en la sesion ordinaria del Pleno de Rectores de fecha 12 de MORDAZA del 2005, se acordo aprobar el Dictamen de la Comision de Asuntos Academicos de la Asamblea Nacional de Rectores de fecha 5 de MORDAZA del 2005, que ratifica su dictamen anterior de fecha 4 de octubre del 2004, recomendando que la filial en MORDAZA de la Universidad Peruana de los Andes, reune los requisitos para su funcionamiento con la MORDAZA profesional de Odontologia; Que, habiendo la Universidad Peruana Los Andes superado las observaciones que dieron lugar a la emision de la Resolucion Nº 1832-2003-ANR de fecha 31 de octubre del 2003, mediante la cual se declaro la no autorizacion de funcionamiento de la Filial en MORDAZA de la Universidad Peruana Los Andes, por lo que esta debe derogarse; Estando al acuerdo del Pleno de Rectores; Y, en uso de las atribuciones que le compete a la Asamblea Nacional de Rectores en virtud de la Ley Universitaria Nº 23733, del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria y de la Ley Nº 27504 y el Reglamento de Funcionamiento de Filiales Universitarias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el funcionamiento de la Filial MORDAZA de la Universidad Peruana Los Andes, en la MORDAZA profesional de Odontologia, debiendo ser evaluada cada dos anos. Articulo 2º.- Dejar sin efecto la Resolucion Nº 1832-2003-ANR de 31 de octubre del 2003, en virtud de haberse resuelto el recurso de reconsideracion presentado por la Universidad. Articulo 3º.- Pongase en conocimiento de la presente resolucion a la Universidad Per uana Los Andes, Universidades del MORDAZA y a las Direcciones correspondientes de la Asamblea Nacional de Rectores. Articulo 4º.- Publicar la resolucion en la pagina web de la Institucion y en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA RONDINEL MORDAZA Secretaria General de la Asamblea Nacional de Rectores 11336

CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Expiden titulos de Fiscales de los Distritos Judiciales de MORDAZA y de Ica
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 998-2005-CNM MORDAZA, 14 de junio de 2005 VISTO: La solicitud del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, presentada el veintisiete de MORDAZA de dos mil cinco; y el Oficio Nº 2811-2005-MP-FN, de veintisiete de MORDAZA de dos mil cinco, remitido por la Fiscal de la Nacion; y,

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