Norma Legal Oficial del día 29 de Junio del año 2005 (29/06/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2005

plementarias y 6 Disposiciones Transitorias, el mismo que se adjunta como anexo y constituye parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la adecuacion a la Ley Nº 28021 Declarar que con la aprobacion del MORDAZA Estatuto de la Universidad ESAN, se ha cumplido con el MORDAZA de adecuacion a que se refiere el Articulo 3º de la Ley Nº 28021, Ley que transforma a la Escuela de Administracion de Negocios para graduados ESAN en Universidad ESAN. Articulo 3º.- Del plazo para la implementacion Otorgar un plazo perentorio de 150 (ciento cincuenta) dias calendario para que la Universidad ESAN implemente sus Organos de Gobierno, conforme a la adecuacion a que se refiere el Articulo 1º del presente Decreto Supremo. Articulo 4º.- De los requisitos para la adecuacion al D. Leg. Nº 882 Disponer que para los efectos de la adecuacion de la Universidad ESAN al Decreto Legislativo Nº 882, son exigibles los requisitos establecidos en el Articulo 4º del Decreto Supremo Nº 001-98-ED, con excepcionalidad de lo dispuesto en el Articulo 6º del mismo Decreto Supremo, bastando para tal efecto el acuerdo adoptado por los actuales organos de la referida Universidad. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio del ano dos mil cinco. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 11697

cuentre con MORDAZA, es deber del Estado en esta ocasion manifestar en forma objetiva de manera excepcional el reconocimiento nacional postumo al Profesor MORDAZA Abugattas Abugattas, quien se distinguio contribuyendo con su labor y obra a acrecentar la cultura del pais; Que, tratandose de un reconocimiento otorgado en forma postuma y excepcional debe significarse que el mismo no se encuadra dentro de las normas que regulan el otorgamiento de las Palmas Magisteriales y por lo tanto no irrogara gasto alguno al Estado; De conformidad con el articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR de manera excepcional en forma postuma las Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA, al Profesor MORDAZA ABUGATTAS ABUGATTAS, en reconocimiento a su aporte significativo a la educacion, la ciencia y la cultura del pais. Articulo 2º.- El otorgamiento de las Palmas Magisteriales a que se refiere la presente Resolucion no irrogara gasto alguno al Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 11706

Otorgan Palmas Magisteriales en el Grado de MORDAZA a docente en forma postuma
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2005-ED MORDAZA, 28 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, la condecoracion de Palmas Magisteriales constituye un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se encuentre con MORDAZA, y que ha contribuido en forma extraordinaria en el ejercicio de sus actividades pedagogicas, o con un aporte ejemplar a la educacion, la ciencia, la cultura, y la tecnologia del pais; Que, la condecoracion en el Grado de "AMAUTA" se confiere a todo profesional en educacion o con titulo distinto que en su labor educativa ostente una trayectoria academica y profesional de excepcional relieve, cuya obra plasmada en publicaciones, investigaciones, o sistematizacion de experiencias e innovaciones educativas MORDAZA contribuido notoriamente y con impacto evidente a la consecucion de los fines generales de la educacion, y que sea considerada un aporte significativo a la educacion, ciencia o cultura del pais; Que, la comunidad educativa lamenta la muerte del filosofo y profesor universitario MORDAZA Abugattas Abugattas, educador y politologo de excepcion, quien desempeno el cargo de Viceministro de Gestion Pedagogica del Ministerio de Educacion; Que, el mencionado educador en MORDAZA fue un intelectual preocupado y sensible en temas de educacion; figurando entre sus publicaciones mas consultadas: "Platon y el Problema de la representacion por medio del lenguaje", ¿Que futuro; que universidad?, ¿En que puede afirmarse el MORDAZA humanismo? y "La globalizacion: ¿un MORDAZA unico?"; Que, no obstante tratarse de un reconocimiento y una distincion honorifica que el Estado otorga a todo profesional en educacion o con titulo distinto que se en-

Designan representante del Ministerio para integrar la Comision Regional encargada de realizar el Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional de Educacion de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0401-2005-ED MORDAZA, 27 de junio de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 220-2005-GOREMAD/PR, de fecha 16 de MORDAZA de 2005, el Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, solicita la designacion de un representante del Ministerio de Educacion para integrar la Comision de Concurso Publico a fin de proveer el cargo de Director Regional de Educacion de MORDAZA de Dios; Que, el numeral 5.3.2 de la Directiva Nº 001-CND-P2003, aprobado por la Resolucion Presidencial Nº 012CND-P-2003, modificado por la Resolucion Presidencial Nº 025-CND-P-2003, del Consejo Nacional de Descentralizacion, senala los representantes que conforman la Comision Regional del Concurso, y dentro de sus integrantes figura un representante del Gobierno Nacional; por lo que, resulta procedente designar al funcionario que representara al Sector Educacion; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley Nº 27867 y los Decretos Supremos Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Oficina de Coordinacion y Supervision Regional, como representante del Ministerio de Educacion para integrar la Comision Regional encargada de realizar el Concurso Publico para la Seleccion del Director Regional de Educacion de MORDAZA de Dios. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA NADAL Ministro de Educacion 11655

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