Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2005 (03/03/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 32

Pag. 288342

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2005

Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 03047-RG-05, de la Facultad de Ciencias Sociales, sobre donacion. CONSIDERANDO: Que el Director(e) de la Unidad de Post Grado de la Facultad de Ciencias Sociales informa sobre la donacion efectuada por The J.P. MORDAZA MORDAZA Foundation, consistente en el cheque Nº 32046, por el importe de US$10,000.00 (Diez mil dolares americanos), a nombre de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA para otorgar Becas de estudios a los alumnos de la Unidad de Post Grado de la Facultad de Ciencias Sociales de esta Universidad; Que es necesario aceptar esta donacion efectuada a favor de la Unidad de Post Grado de la Facultad de Ciencias Sociales; Que dicha accion es explicitada mediante Resolucion de Decanato Nº 0081-D-FCCSS-05 del 8 de febrero de 2005 de la Facultad de Ciencias Sociales; Que cuenta con la Hoja de Ruta Documentaria Nº 00736-VRADM-05 del Vicerrectorado Administrativo; y, Estando a las atribuciones conferidas al senor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º.- Ratificar la Resolucion de Decanato Nº 0081-DFCCSS-05 del 8 de febrero de 2005 de la Facultad de Ciencias Sociales, que resuelve aceptar la donacion efectuada por The J.P. MORDAZA MORDAZA Foundation, consistente en el cheque Nº 32046, por el importe de US$10,000.00 (Diez mil dolares americanos), a favor de la Unidad de Post Grado de la Facultad de Ciencias Sociales, la cual sera destinada para otorgar Becas de estudios a los alumnos de la Unidad de Post Grado de la citada Facultad. 2º.- Expresar el agradecimiento de la Universidad Nacional Mayor de San MORDAZA a The J.P. MORDAZA MORDAZA Foundation, por su valioso aporte que brinda en apoyo de la ensenanza e investigacion universitaria. 3º.- Encargar a la Secretaria General de la Universidad, la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Resolucion Rectoral. 4º.- Transcribir la presente Resolucion Rectoral a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector 04593

Ejecutor de Obras, infraccion tipificada en el literal f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM. MORDAZA, 24 de febrero de 2005 Visto, en Sesion del 04.02.2005, de la Sala Unica del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el Expediente Nº 749/2004.TC referido al procedimiento de aplicacion de sancion a la empresa Inaden Contratistas Generales S.A.C. por presunta responsabilidad en la MORDAZA de documentacion falsa en su tramite de Renovacion de Inscripcion como Ejecutor de Obras ante la Gerencia de Registros del CONSUCODE, y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. El 6 de octubre de 2003, la empresa Inaden Contratistas Generales S.A.C. (en adelante el Postor) solicito la Inscripcion como Ejecutor de Obras ante la Gerencia de Registros del CONSUCODE. 2. Con fecha 18 de noviembre de 2003, mediante Resolucion de Gerencia Nº 2511-2003/RNC-CONSUCODE, se aprobo la Inscripcion de la aludida empresa, otorgandosele una capacidad MORDAZA de contratacion de S/. 1 511 900,00, en razon de haber cumplido con los requisitos legales correspondientes. 3. El 12 de MORDAZA de 2004, se inicio la fiscalizacion posterior a la documentacion presentada por el Postor, detectandose que para el cumplimiento de los requisitos previstos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del CONSUCODE, la citada empresa presento indebidamente la Autorizacion Municipal de Funcionamiento Nº 08383 supuestamente autorizada y la Declaracion Jurada de Permanencia en el Giro de fecha 14 de marzo de 2003 ante la Municipalidad Provincial de Huancayo. 4. Realizada la Verificacion Posterior, la Municipalidad Provincial de Huancayo, con fecha 29 de MORDAZA de 2004, mediante Oficio Nº 228-2004MPH/DGCF, infirmo que la empresa Inaden Contratistas Generales S.A.C. no cuenta con Licencia Municipal de Funcionamiento para ningun giro de negocio o servicio, siendo las copias de la Licencia y la Declaracion Jurada falsas ya que la Licencia Nº 08383 se otorgo a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Papuico, de giro ferreteria, ubicado en MORDAZA MORDAZA Yali Chaccha Nº 110, quien ademas cumple con su declaracion jurada de permanencia en el giro hasta el ano 2004. 5. Con fecha 5 de MORDAZA de 2004, mediante Resolucion Nº 176-2004-CONSUCODE/PRE, la Presidencia del CONSUCODE declaro la nulidad de la Resolucion de Gerencia Nº 2511-2003/RNC-CONSUCODE y del Certificado de Inscripcion Nº 1550, imponiendo una multa de cuatro (4) UIT y disponiendo se formule la denuncia penal correspondiente. El 17 de MORDAZA de 2004, la referida Resolucion fue notificada a la empresa en mencion quedando consentida desde el 8 de junio de 2004; no habiendose presentado recurso impugnativo alguno. 6. Mediante Memorandum Nº 274-2004/PRES-T presentado con fecha 08 de MORDAZA de 2004, adjuntando el Memorandum Nº 484-2004/GR cursado por el Gerente de Registros de CONSUCODE, mediante el cual comunico que el Postor habria presentado el Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento Nº 08383 y la Declaracion Jurada de Permanencia en el Giro Autorizado al Establecimiento Nº 05061 aparentemente emitidos por la Municipalidad Provincial de Huancayo, los cuales constituirian documentos falsos, la Presidencia del Tribunal del CONSUCODE solicito a la Secretaria del Tribunal la apertura del expediente de aplicacion de sancion contra la empresa Inaden Contratistas Generales S.A.C., a fin de que se evalue la pertinencia del inicio del procedimiento administrativo sancionador por haber incurrido presuntamente en la causal tipificada como infraccion en el literal f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSUCODE
Sancionan a la empresa Inaden Contratistas Generales S.A.C. con suspension en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 177/2005.TC-SU

Sumilla : Corresponde sancionar a la empresa Inaden Contratistas Generales S.A.C., por MORDAZA de documentacion falsa en su tramite de Renovacion de Inscripcion como

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.