Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2005 (03/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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Aprueban Planeamiento Integral del Modulo Vial de la Via Principal de la Asociacion de Pobladores de "El Bosque"
ORDENANZA Nº 077-MDA

Ate, 24 de enero del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de enero del 2005; y, CONSIDERACION: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º (modificado por la Ley Nº 27680) establece que las Municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, ha establecido que es funcion especifica exclusiva de la Municipalidad Distrital en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar fiscalizaciones de habilitaciones urbanas, construcciones, remodelacion o demolicion de inmuebles y declaratoria de fabrica, de acuerdo a los planes y normas sobre la materia (acapite 3.6.2 del numeral 3.6 del inciso 3) del articulo 79º de la Ley Nº 27972); Que, en la jurisdiccion del distrito de Ate, en la Asociacion de Pobladores "El Bosque" ubicada a la altura de la cuadra 20 de la Av. MORDAZA MORDAZA, se ha detectado que la MORDAZA El Bosque, via que sirve de ingreso a la referida Asociacion y a otras asociaciones de Vivienda, en el tramo que se intercepta con la Av. MORDAZA MORDAZA, se encuentra afectando el inmueble del Fundo Vazquez, de tal manera que en la actualidad es una via muy estrecha por donde apenas circula un vehiculo automotor, convirtiendola en una via peligrosa; por lo que se hace necesario, un ordenamiento MORDAZA en cuanto a las circulaciones vehiculares y peatonales de la MORDAZA El Bosque, con un planeamiento especifico de los detalles de las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, de acuerdo a las normas para el diseno de vias locales en habilitaciones urbanas, que permitan implementar las politicas urbanas y las acciones municipales para elevar las condiciones de calidad de MORDAZA de los habitantes del sector; Que, de acuerdo a la Ley Organica de Municipalidades corresponde a la Municipalidad Distrital promover el acondicionamiento territorial y salvaguardar los procesos de Habilitacion MORDAZA que se llevan a cabo sobre dicho sector, a fin de garantizar el desarrollo armonico de la MORDAZA y su correspondiente insercion en el contexto MORDAZA de la ciudad; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 0703-04 del 31 de MORDAZA del 2004 se dispone que respecto a la ampliacion o ensanchamiento de la seccion vial de la MORDAZA El Bosque, ubicada a la altura de la cuadra 20 de la Av. MORDAZA MORDAZA, que sera deter minada en el Planeamiento Integral de la zona; Que, el Reglamento Nacional de Construcciones, Titulo II, Capitulo IV, Articulo 7.4 establece que el Planeamiento Integral comprende la definicion de vias primarias y la zonificacion de la totalidad de los Predios, siendo de caracter obligatorio que las habilitaciones futuras, cualesquiera que fuera el propietario y una vez aprobado sera inscrito obligatoriamente como carga en los Registros Publicos; Que, de acuerdo a la Ordenanza Metropolitana Nº 273-MML de fecha 27 de MORDAZA del 2000, donde se aprueba las Normas Urbanisticas Metropolitanas en materia de Habilitaciones Urbanas para la provincia de MORDAZA, faculta a las Municipalidades Distritales para establecer la obligacion del Planeamiento Integral en

el caso de habilitaciones parciales de predios o islas rusticas, debiendo comprender la fijacion de la red de vias primarias y el establecimiento de aportes y los estudios de impacto ambiental, siempre que el predio se encuentre dentro de las areas urbanas o de expansion urbana; Que, el Reglamento Nacional de Construcciones en el articulo II-XV-2.5, establece que cuando una MORDAZA MORDAZA interfiera con el desarrollo MORDAZA de una MORDAZA, a juicio del Concejo Municipal correspondiente, este efectuara el Planeamiento Integral de la o las propiedades que conforman dicha MORDAZA y con ese Planeamiento, el Concejo notificara a los propietarios para que en un plazo de 2 anos dejen habilitados sus terrenos con sujecion al Planeamiento Oficial; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por unanimidad de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA APROBATORIA DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL MODULO VIAL DE LA VIA PRINCIPAL DE LA ASOCIACION DE POBLADORES DE "EL BOSQUE", MORDAZA EL BOSQUE Articulo 1º.- APROBAR el Planeamiento Integral del modulo vial de la Via Principal de la Asociacion de Pobladores de "El Bosque", MORDAZA El Bosque, del distrito de Ate, el mismo que sera considerado de cumplimiento obligatorio para los propietarios de terrenos de las habilitaciones futuras, y sera inscrito obligatoriamente como carga en los Registros Publicos, con una vigencia de 5 anos como minimo, conforme al Plano signado como Nº 039-2004-SGPUC-GDU/MDA, el mismo que es parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- ESTABLECER que el Planeamiento Integral de modulos viales que se aprueba se refiere a la MORDAZA El Bosque; aprobada e inscrita en el Registro de Propiedad Inmueble, con un ancho de 12.00 m., especificandose los detalles de diseno de las secciones transversales de las calzadas, veredas y bermas de estacionamiento, de acuerdo a las normas para el diseno de vias locales en habilitaciones urbanas - R.M. Nº 705-79-VC5500 del 03-12-79, y MORDAZA Tecnica de Edificacion U190, "Adecuacion urbanistica para personas con discapacidad" - R.M. Nº 069-2001-MTC. Articulo 3º.- NOTIFIQUESE a los propietarios del inmueble que ocupan actualmente parte del area publica, de la seccion de la MORDAZA El Bosque, via de ingreso a la Asociacion de Pobladores de "El Bosque", para que en un plazo MORDAZA de 2 anos dejen habilitados sus terrenos con sujecion al Planeamiento Integral Aprobado. Articulo 4º.- ENCARGUESE a la Gerencia General Municipal, a traves de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y la Gerencia de Participacion Ciudadana, se difunda la presente Ordenanza, y los planos que forman parte de ella. Articulo 5º.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza, a la Subgerencia de Planificacion MORDAZA y Catastro y la Subgerencia de Fiscalizacion para su conocimiento y fines de acuerdo a su competencia. Articulo 6º.- FACULTESE al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia emita las normas reglamentarias pertinentes. Articulo 7º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion, en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 04645

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