Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2005 (03/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2005

Establecen requisitos para solicitar autorizacion de elementos de publicidad exterior y prorrogan beneficios concedidos en la Ordenanza Nº 066/ MDA
DECRETO DE ALCALDIA Nº 003

Ate, 14 de febrero de 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO; los Informes Nºs. 106-05 y 352-05-GAJ/MDA de la Gerencia de Asuntos; el Informe Nº 055-05-GP/ MDA de la Gerencia de Planificacion y el Proveido Nº 561-05-GGM/MDA de la Gerencia General Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 066/MDA publicada en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 9 de enero del 2005, se establece la regularizacion de la publicidad exterior en el distrito de Ate; Que, la Setima Disposicion Final de la Ordenanza Nº 066/MDA faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas complementarias y reglamentarias de la referida Ordenanza; Que, en las disposiciones de la Ordenanza Nº 066/ MDA se establece algunos requisitos que son incompatibles con los requisitos establecidos para el otorgamiento de la Licencia de Anuncios en el MORDAZA vigente de la Municipalidad Distrital de Ate, aprobado por la Ordenanza Nº 051/MDA; Que, el articulo 38º inciso 38.5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos o incremento de derechos de tramitacion, se debera realizar (en el caso de Gobiernos Locales) por Decreto de Alcaldia; Que, existiendo entre los nuevos requisitos para la tramitacion de la licencia de anuncios, algunas superfluas, puede disponerse mediante Decreto de Alcaldia prescindir de los mismos, a fin de que dicho tramite se efectue en forma ejecutiva; Que, asimismo es necesario prorrogar los beneficios concedidos en la Ordenanza Nº 066/MDA para que los contribuyentes que tengan multas administrativas impuestas tengan la posibilidad de acogerse a sus disposiciones; Que, mediante Proveido Nº 561-05-GGM/MDA, el Gerente General Municipal senala que se proyecte el Decreto de Alcaldia respectivo; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Articulo 1º.- Para efectos de solicitar autorizacion de elementos de publicidad exterior se tendra presente los siguientes requisitos; segun corresponda al MORDAZA de solicitud: a) Folder. b) Solicitud valorada. c) Recibo de pago por derecho de tramite. d) Fotografia con fotomontaje del elemento de publicidad exterior en el cual se debe apreciar el entorno y el local o edificacion donde se instalara el elemento. e) Grafico de leyenda con dimensiones de anuncio. f) Certificado de Factibilidad y Seguridad de anuncios de ser el caso.

g) MORDAZA simple del Certificado de Autorizacion Municipal cuando el domicilio del propietario del elemento de publicidad se encuentre fuera del distrito. Si el establecimiento se encuentra dentro de la jurisdiccion del distrito, en la solicitud de autorizacion se consignara el numero del certificado de autorizacion y su fecha de expedicion. h) MORDAZA simple de la Tarjeta de Propiedad del vehiculo(s). i) Autorizacion escrita del propietario del predio o vehiculo para lo cual se solicita la autorizacion de instalacion. j) MORDAZA simple de la Licencia de Funcionamiento del solicitante y del propietario o conductor del predio o establecimiento comercial (CASO PROMOCIONES). k) MORDAZA del Acta de la Junta de Propietarios de Predios sujetos a las normas de propiedad horizontal, en la que se autoriza la instalacion del elemento de publicidad exterior. l) MORDAZA de Inscripcion de Constitucion y del poder del representante, inscrito en los Registros Publicos (persona juridica). m) Cuando se trate de elementos de publicidad exterior en autobuses, taxis, y otros dedicados a la prestacion de servicios de transporte publico de pasajeros, la solicitud de autorizacion consignara el numero del Certificado de Operacion y su fecha de expedicion. Articulo 2º.- PRORROGAR, hasta el 18 de marzo del 2005, los beneficios concedidos en las Disposiciones Finales, noveno, decimo, undecimo y decimo MORDAZA de la Ordenanza Nº 066/MDA. Articulo 3º.- El presente Decreto entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Servicios Publicos Locales, Subgerencia de Comercializacion y Transporte y demas areas pertinentes de esta Corporacion Edil. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 04635

MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Modifican la Ordenanza Nº 057-2004A/MDC sobre control de balanzas y/o basculas en Defensa del Consumidor
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 073-A/MDC

Carabayllo, 31 de enero del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que mediante Ordenanza Nº 057-2004-A/MDC se aprueba establecer el Control de Balanzas y/o Basculas Mecanicas y/o Electronicas en Defensa del Consumidor en el distrito de Carabayllo; Que es necesario modificar las disposiciones contenidas en la referida MORDAZA con la finalidad de lograr una

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