Norma Legal Oficial del día 08 de Marzo del año 2005 (08/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 8 de marzo de 2005

RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 504-2005-MP-FN
MORDAZA, 7 de marzo de 2005 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el nombramiento de los Fiscales en calidad de provisionales es de caracter temporal sujeto a que las plazas que ocupan las cubran los Fiscales Titulares nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura; Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de los Fiscales Adjuntos Superiores Provisionales del Distrito Judicial de Puno: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Articulo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA Auma MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Civil de San MORDAZA, Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1804-2004MP-FN, de fecha 29 de diciembre del 2004. Articulo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento de los Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Distrito Judicial de Puno: - MORDAZA MORDAZA MORDAZA - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Lenin Mignonio Bellota MORDAZA Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 04995

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONDO MIVIVIENDA
Aprueban exoneracion de MORDAZA de seleccion para contratar servicio de publicidad radial
RESOLUCION DE SECRETARIA EJECUTIVA Nº 27-SE-2005
MORDAZA, 1 de marzo de 2005 VISTOS: El Informe Nº 002-2005-GP, Memorandum Nº 293-2005/ GAP y el Informe Nº 051-2005-FMV/OAJ, de fechas 23 de febrero y 25 de febrero de 2005, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 083-2004-PCM, senala que estan exoneradas del MORDAZA de seleccion las contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. Nº 084-2004-PCM, senala que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, experiencia particular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, asimismo, el tercer parrafo del articulo MORDAZA citado precisa que se encuentran expresamente incluidos en esta clasificacion los servicios que prestan al Estado los medios

de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, el articulo 146º del mencionado Reglamento senala que la resolucion que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, el Informe Tecnico Nº 002-2005/GP, emitido por la Gerencia de Promocion senala que considerando que es de utilidad publica continuar con la difusion del programa Techo Propio dirigido a un importante sector de la poblacion, se requiere desarrollar una MORDAZA radial de comunicacion publicitaria en los medios de mayor alcance al MORDAZA objetivo, senalando, ademas, que el parametro mas importante es el alcance y cobertura que tengan las radios seleccionadas, considerando dos criterios: cubrir todo el territorio nacional con la radio de mayor rating y sintonia, siendo en este caso RPP Noticias, y llegar al publico objetivo de cada una de las localidades de los departamentos del Peru donde hay oferta de Techo Propio, por lo que se requiere de una empresa que facilite la llegada continua a emisoras lideres, siendo la unica empresa que reune esta caracteristica Emisoras MORDAZA del Sur S.A.; Que, mediante Memorandum Nº 293-2005/GAP la Gerencia de Administracion y Presupuesto remite el Informe Nº 001-2005-ABAS, el que senala que de acuerdo al monto corresponderia efectuar un MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva y que el MORDAZA ha sido incluido en el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la entidad; Que, asimismo en el mencionado Memorandum se senala que por tratarse de una contratacion de un servicio personalisimo, es necesario proceder de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, mediante Informe Nº 051-2005-FMV/OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica senala que se encuentra justificada la necesidad y la procedencia de la exoneracion, en virtud de lo cual procede emitir la resolucion de aprobacion correspondiente; De conformidad con el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - Decreto Supremo Nº 0832004-PCM, su Reglamento - Decreto Supremo Nº 084-2004PCM, y en uso de las facultades otorgadas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar, por la causal de servicios personalisimos, la exoneracion del MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio de publicidad radial, por un valor correspondiente a US$ 17,300 (Diecisiete Mil Trescientos y 00/100 Dolares Americanos), a las siguientes empresas y de acuerdo a las caracteristicas que se senalan a continuacion: - Grupo RPP S.A. por un valor de : US$ 5,736.00 - Emisoras MORDAZA del Sur S.A. por un valor de : US$ 11,555.00 a. MORDAZA de contrato: servicios. b. Descripcion del servicio: publicidad en medios de comunicacion radial para difundir la 13ª Convocatoria del Programa Techo Propio. c. Fuente de financiamiento: Recursos Propios. d. Tiempo que se requiere contratar el servicio: - Grupo RPP S.A. : 9 dias - Emisoras MORDAZA del Sur S.A. : 15 dias e. Dependencia que contrata: Gerencia de Administracion y Presupuesto. f. Dependencia que da conformidad del servicio: Gerencia de Promocion, de conformidad con el articulo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto, efectue la contratacion en forma directa mediante acciones inmediatas, de acuerdo a lo establecido en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Articulo 3º.- Disponer que la Gerencia de Administracion y Presupuesto, remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion; asimismo, debera disponer su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DEJO Secretaria Ejecutiva 04863

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