Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2005 (18/03/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 20

Pag. 289174

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2005

Los almacenes deben contar con accesibilidad, seguridad y condiciones basicas que eviten el deterioro del material recibido de los centro de acopio. 6.2.4 Del modulado (elaboracion) de paquetes Para la elaboracion de los paquetes de materiales en cada UGEL se utilizara la informacion consolidada en el FORMATO Nº 02, la cual sera remitida a la DRE correspondiente, las cuales a su vez consolidan dicha informacion en el FORMATO Nº 03 firmado por el responsable de almacen, el Presidente del Comite de Emergencia Educativa y el veedor, los mismos que seran remitidos al MED. Los responsables de almacen de la UGEL, DRE y MED, elaboraran los paquetes de materiales educativos a ser distribuidos en las instituciones educativas de su ambito en base a los MORDAZA de distribucion (tipos de bien y destinos) elaborados por la Comision Especial para la Ejecucion del Programa de Emergencia Educativa 2004-2006 en cada instancia, los mismos que seran el resultado del analisis de los informes consolidados en los formatos correspondientes y la informacion correspondiente de las nominas de matricula respectivas. 6.3 ETAPA: DISTRIBUCION DE MATERIALES EDUCATIVOS La distribucion de los materiales educativos es responsabilidad de las Oficinas de Administracion de las DRE, UGEL y MED, asegurando que estos lleguen a los estudiantes de las IE Beneficiarias. Para su operativizacion se debera hacer uso del FORMATO Nº 04 firmado por el responsable del almacen, el Presidente del Comite de Emergencia Educativa y el veedor. Las UGEL, DRE y MED deberan establecer convenios, alianzas u otros con medios de transporte que posibiliten la distribucion de los materiales en cada una de las IE Beneficiarias, con la debida documentacion fuente (Cuadros de Distribucion y Pedido Comprobante de Salida ).

Simultaneamente las DRE y UGEL, bajo responsabilidad del Presidente del Comite de Emergencia Educativa y la Instancia administrativa correspondiente, remitiran al Ministerio de Educacion - Comision Especial de Emergencia Educativa toda la informacion concerniente a la distribucion realizada. 6.4 ETAPA: RENDICION DE CUENTAS Las DRE, UGEL y el MED deben asegurar la transparencia de la MORDAZA, poniendo a disposicion de la Comunidad en general los formatos establecidos, distribucion y cargos de entrega de materiales educativos. El MED remitira a las DRE y UGEL los documentos MORDAZA contables de distribucion (Pedido Comprobante de Salida - PCS) para su respectivo conocimiento y conciliacion contable. El MED, a traves de la Comision Especial para la Ejecucion del Programa de Emergencia Educativa 2004-2006 consolida toda la informacion todo lo recolectado y distribuido en la instancia nacional y lo presenta en acto publico. Dicha Comision Especial elaborara un boletin electronico con los MORDAZA consolidados y las metas alcanzadas en cada una de las regiones y a nivel nacional. VII. CRONOGRAMA
Recoleccion por instituciones : 19 de marzo al 17 de MORDAZA Acopio: Ministerio de Educacion, : 18 al 22 de MORDAZA DREL y UGEL Distribucion a estudiantes : 25 de MORDAZA al 30 de MORDAZA

VIII. DISPOSICIONES FINALES Toda situacion no contemplada en la presente sera resuelta por la instancia responsable de cada ambito: - En el Nacional : Ministerio de Educacion. - En el Regional : Direcciones Regionales de Educacion. - En el Local : Unidad de Gestion Educativa Local.

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete y deberan venir elaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.