Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2005 (18/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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Asesoria Juridica, Memorandum Nº 127-2005-SBP-C-OA de la Oficina de Administracion, Informe Nº 043-2005-SBPC-UA-OA de la Unidad de Abastecimiento e Informe Nº 0322005-SBP-C-OP de la Oficina de Planificacion, respecto a Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el servicio de Seguridad y Vigilancia para las instalaciones de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao; CONSIDERANDO: Que, como resultado del Concurso Publico Nº 001-2004SBP-CALLAO, se suscribio el Contrato de Servicio de Seguridad y Vigilancia de fecha 31 de MORDAZA del 2004, con el Consorcio OPS Corp. SAC - VICMER SAC. por la suma de S/. 192,940.59, para la prestacion del servicio de seguridad para el cuidado y resguardo de las instalaciones de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao durante el periodo de junio a diciembre 2004, habiendose efectuado en MORDAZA a lo establecido en el Art. 236º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, la suscripcion del contrato complementario con fecha 3 de enero del ano en curso, para el citado servicio; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 013-2005-SBPC/P de fecha 28/1/2005, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC de la Institucion para el Ejercicio 2005, en el cual se ha considerado la realizacion del MORDAZA de Seleccion necesario para la prestacion del servicio de Seguridad y Vigilancia durante el presente Ejercicio; Que, mediante Informe Nº 043-2005-SBP/C-OA/UA, la Unidad de Abastecimientos, ha formulado el requerimiento del servicio de seguridad y vigilancia para el periodo marzo-abril del presente ano, considerando un valor referencia de S/. 55,125.88 (CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTICINCO Y 88/100 NUEVOS SOLES); Que, mediante Memorandum Nº 127-2005-SBP-COA de la Oficina de Administracion, ha informado que para garantizar el adecuado cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, es preciso asegurar el Servicio de Seguridad y Vigilancia durante los meses de marzo y MORDAZA del ano en curso, en tanto se lleve a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente, por lo que estima necesario declarar en situacion de Desabastecimiento Inminente el citado servicio, en MORDAZA a lo establecido en los Arts. 19º y 21º del Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, que aprueba el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Art. 141º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba su Reglamento; Que, el servicio de seguridad y vigilancia, para las instalaciones de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao es indispensable para el cabal cumplimiento de los Objetivos y Metas Institucionales, principalmente en el adecuado resguardo de los Bienes Patrimoniales de la Institucion, asi como la seguridad y buen funcionamiento Institucional; Que, mediante Informe Nº 048-2005-SBP-C-OAJ, la Oficina de Asesoria Juridica emite opinion legal favorable sobre el particular, acorde con lo establecido en el Articulo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, de acuerdo a lo indicado en el Informe Nº 0322005-SBP-C-OP de la Oficina de Planificacion, existe la disponibilidad presupuestal requerida para el caso en la Especifica del Gasto 34 - Contratacion con empresas de Servicios, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados en el Presupuesto Institucional vigente; Que, el Articulo 21º concordante con el Art. 141º del Reglamento del referido Dispositivo Legal senala que "Se considera situacion de desabastecimiento inminente aquella situacion extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia de determinado bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios y obras, solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesarios para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda"; Que, de conformidad con lo senalado en el Articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, las exoneraciones se aprobaran por Resolucion del Titular del Pliego; Estando a lo informado y con las visaciones de los titulares de la Gerencia General, Gerencia de Produccion

y Asistencia Social, Oficina de Asesoria Juridica, Oficina de Administracion y Oficina de Planificacion, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Ministerial Nº 622-2004-MIMDES de fecha 8 de octubre del 2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Servicio de Seguridad y Vigilancia para las instalaciones de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao por el periodo comprendido del 1 de marzo al 30 de MORDAZA del 2005 y/o hasta la suscripcion del contrato, con el postor que resulte ganador de la Buena Pro, del MORDAZA de seleccion correspondiente, para la prestacion del referido servicio. Articulo 2º.- Exonerar del MORDAZA de Seleccion correspondiente, a fin de que el area competente proceda a la contratacion en forma directa del citado servicio, materia del presente, de acuerdo a lo previsto en el Art. 148º del Reglamento, considerando un Valor Referencial, por un monto de S/. 55,125.88 con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Administracion, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y su notificacion a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, asimismo, la publicacion de la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE. Registrese y comuniquese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente 05586

Declaran en situacion de desabastecimiento inminente el suministro de alimentos frescos para comedores que estan a cargo de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao
SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PUBLICA DEL CALLAO RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 025-2005-SBP-C/P Callao, 28 de febrero de 2005 VISTO: El Informe Nº 054-2005-SBP-C-GG de la Gerencia General, Memorandum Nº 128-2005-SBP-C-OA de la Oficina de Administracion, Informe Nº 049-2005-SBP-C-OAJ de la Oficina de Asesoria Juridica, Informe Nº 042-2005-SBP-CUA-OA de la Unidad de Abastecimiento e Informe Nº 0322005-SBP-C-OP de la Oficina de Planificacion, respecto a Declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente el suministro de Alimentos para Personas, para los Comedores de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao; CONSIDERANDO: Que, como resultado del MORDAZA de Licitacion Publica Nº 002-2004-SBP CALLAO, convocado para el suministro de Alimentos para Personas (frescos, secos y envasados) para los Comedores que estan a cargo de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, se suscribio Contratos de Compra-Venta con diversos Proveedores por un monto total de S/. 330,012.90 (TRESCIENTOS TREINTA MIL DOCE Y 90/100 NUEVOS SOLES), para el suministro en mencion durante el Ejercicio 2004 segun relacion de Items, habiendose efectuado en MORDAZA a lo establecido en el Art. 236º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, la suscripcion del contrato complementario, con fecha 3 de enero del presente ano, para los citados suministros; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 013-2005SBP-C/P de fecha 28/1/2005, se aprobo el Plan Anual de

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