Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2005 (18/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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del Decreto Supremo Nº 107 -200-EF, que aprueba la operacion de endeudamiento externo destinada a financiar la adquisicion y remodelacion de inmueble para la sede del Consulado General del Peru en Nueva York; articulos 93 y 181º inciso d) del Reglamento de las Misiones del Servicio Exterior, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 076-85-RE de 19 de febrero de 1985; Normas del Sistema administrativo de Contabilidad aprobado por Resolucion Ministerial Nº 801-81-EFC/76 de 17 de setiembre de 1981; articulos 19º, 26º, 31 º, 43º y 48º inciso a) del Reglamento para la Administracion de las Asignaciones del Servicio Exterior, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0138- 97-RE de 10 de marzo de 1997; Normas Tecnicas de Control Interno para el Sector Publico, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 072-98-CG, Numerales 230-11, 280- 06 y 700-02; Que, las faltas MORDAZA senaladas presuntamente configuran la comision de la falta disciplinaria prevista en el inciso b) del articulo 54º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; Que, en consecuencia, en observancia de lo dispuesto por el articulo 56º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, concordante con lo dispuesto por el articulo 152º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE, es pertinente se instaure MORDAZA administrativo disciplinario contra el mencionado funcionario diplomatico, a fin de efectuar el correspondiente deslinde de responsabilidad administrativa; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra el Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Erausquin, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Conceder al ex funcionario citado en el articulo precedente el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, a fin que presente su descargo escrito y las pruebas que estime convenientes para su defensa. Articulo 3º.- Remitir a la Comision Disciplinaria el Informe Nº 009-2004-2-0283 "Examen Especial al Consulado General del Peru en Nueva York" - Periodo enero de 1999 a setiembre de 2002, para que proceda de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- Notificar la presente Resolucion al funcionario diplomatico procesado, a la Comision Disciplinaria y a la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos, dentro del termino de setenta y dos (72) horas contados desde la fecha de expedicion de la presente Resolucion Viceministerial, para los fines pertinentes. Registrese y comuniquese. MORDAZA LECAROS DE COSSIO Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores 05749 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº SG-0089-2005-RE MORDAZA, 17 de marzo de 2005 VISTO: El Memorandum (DRH) Nº 03-2004 de fecha 14 de enero de 2005, que contiene conforme al articulo 156º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE, la solicitud de investigacion respecto a los sucesos acontecidos en la Embajada del Peru en Sudafrica, que danan la imagen del Peru en el exterior y por ende, la del Servicio Diplomatico de la Republica, puesto que esta debidamente comprobado que estos sucesos han trascendido tanto a la comunidad internacional como a la administracion interna del Estado; y las comunicaciones cursadas por el Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Monterroso, Embajador del Peru en la Republica de Sudafrica; asi como la carta de 29

de diciembre de 2004, remitida por el Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA Vasquez; CONSIDERANDO: Que, el Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Monterroso, Embajador del Peru en la Republica de Sudafrica, ha venido informando en reiteradas comunicaciones sobre la conducta y las faltas que en el ejercicio de sus funciones habria incurrido el Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA Vasquez; Que, en las citadas comunicaciones se le atribuye al citado funcionario diplomatico, la comision de actos de indisciplina e insulto al superior; desacato a ordenes superiores; actos de negligencia en el ejercicio de sus funciones; y, la comision de actos inmorales; Que, de los cargos que se le imputan al Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se presume la comision de las faltas disciplinarias previstas en los incisos b), c), d) y j) del articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; asi como lo dispuesto en el literal a) del articulo 52º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, concordante con lo dispuesto en el literal a) del articulo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130- 2003-RE; Que, de otro lado, el Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mediante carta de fecha 29 de diciembre de 2004, senala que durante su gestion en la Embajada del Peru en la Republica de Sudafrica, el Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Monterroso, se ha dedicado a difamar, calumniar y distorsionar la verdad sobre su labor, tergiversando hechos y circunstancias y magnificando hechos sin importancia, conforme aparece descrito en sus diferentes descargos emitidos; Que de los cargos que se le imputan al Embajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA Monterroso, se evidencia la comision de las faltas disciplinarias previstas en los incisos c) y d) del articulo 52º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, concordante con lo dispuesto en los literales c) y d) del articulo 144º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE; Que, los funcionarios diplomaticos MORDAZA senalados, pueden ser susceptibles de ser sancionados previo MORDAZA administrativo disciplinario, conforme lo establecido por el articulo 52º de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, concordante con lo dispuesto por el articulo 145º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0130-2003-RE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA administrativo disciplinario contra el Embajador en el Servicio Diplomatico MORDAZA MORDAZA MORDAZA Monterroso; y, al Ministro Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Conceder a los funcionarios diplomaticos citados en el articulo precedente el plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, a fin que presenten sus descargos escritos y las pruebas que estime convenientes para su defensa. Articulo 3º.- Remitir a la Comision Disciplinaria los antecedentes del caso, para que proceda de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- Notificar la presente Resolucion a los funcionarios diplomaticos procesados, a la Comision Disciplinaria y a la Direccion General de Desarrollo de Recursos Humanos, dentro del termino de setenta y dos (72) horas contados desde la fecha de expedicion de la presente Resolucion Viceministerial, para tos fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LECAROS DE COSSIO Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores 05750

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