Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2005 (18/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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dicial de Ica, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 05739

intermedio la Jefa de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares solicita la aprobacion de la Exoneracion de MORDAZA de seleccion para la "Contratacion de Servicios de Publicidad en Diferentes Medios de Comunicacion Escrita (El Comercio, La Republica y El Callao)". CONSIDERANDO: Que, la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, Ley Nº 28427, mediante el Inc. c), numeral 11.1), Art. 11º senala los montos para la determinacion del MORDAZA de seleccion para la Contratacion de Servicios y de Consultoria, indicando Adjudicacion Directa si el monto referencial es menor a S/. 200,000.00 (doscientos mil nuevos soles); Que, el numeral 2), Art. 27º del Reglamento citado establece que se modificara el Plan Anual cuando se modifique la cantidad prevista de bienes, servicios u obras en mas de veinticinco por ciento y ello varie el MORDAZA de MORDAZA de seleccion, que no es el presente caso; Que, por Resolucion Nº 056-2005-R de fecha 27 de enero de 2005 se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional del Callao para el Ejercicio Fiscal 2005, habiendose, considerado en el mismo la Adjudicacion Directa Publica para la "Contratacion de Servicio de Publicidad en Diferentes Medios de Comunicacion Escrita para las Dependencias de la UNAC"; Que, el Inc. f), Art. 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, el Art. 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, precisa que en la clasificacion de servicios personalisimos se encuentran expresamente incluidos los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; que es el presente caso; Que, el Art. 20º del Texto Unico Ordenado y los Arts. 146º y 147º del Reglamento de la Ley citada, indican que en el caso de Exoneracion de MORDAZA de seleccion se aprobara mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, requiriendo obligatoriamente de un informe tecnico-legal previo y sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la Resolucion y el informe que las sustenta a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del titular del Pliego, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion; adicionalmente deberan publicarse en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE; Que, mediante el Oficio del visto, la Jefa de la Oficina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares remite el Informe Tecnico Nº 002-OASA-2005 del 9 de marzo de 2005 y solicita Exoneracion de MORDAZA de seleccion para la "Contratacion de Servicios de Publicidad en Diferentes Medios de Comunicacion Escrita (El Comercio, La Republica y El Callao)", por el valor referencial de hasta S/. 199,848.28 (Ciento noventa y nueve mil ochocientos cuarenta y ocho con 28/100 nuevos soles), incluido IGV; durante el periodo del 19 de marzo al 31 de diciembre de 2005, adjuntando el Oficio Nº 098-2005OPLA y el Informe Nº 507-2005-UPEP-OPLA, de la Oficina de Planificacion, por los que esta Oficina informa que existe disponibilidad presupuestal para atender los gastos de la referida exoneracion de contratacion de servicios de publicidad, con cargo a los Recursos Directamente Recaudados de la administracion central; Estando a lo glosado; al Informe Tecnico Nº 002OASA-2005 recibido de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares el 9 de marzo de 2005; al Oficio Nº 098-2005-OPLA e Informe Nº 507-2005-UPEP-OPLA recibidos de la Oficina de Planificacion el 9 de marzo de 2005; al Informe Nº 246-2005-AL recibido de la Oficina de Asesoria Legal el 15 de marzo de 2005; y, en uso de las atribuciones que le confieren los Arts. 158º y 161º del

SBS
Autorizan al Banco de Comercio la apertura de oficina especial en la sede de la Municipalidad de Lince, provincia de MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 431-2005 MORDAZA, 11 de marzo de 2005 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Comercio, para que se le autorice la apertura de una Oficina Especial en el interior de la sede de la Municipalidad de Lince, ubicada en la Av. MORDAZA MORDAZA de Zela Nº 480, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica la apertura solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A" mediante Informe Nº 35-2005-DESF"A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, la Circular Nº B-21342004 y la Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Comercio la apertura de una Oficina Especial en el interior de la sede de la Municipalidad de Lince, ubicada en la Av. MORDAZA MORDAZA de Zela Nº 480, distrito de Lince, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Adjunto de Banca 05596

UNIVERSIDADES
Autorizan contratar servicios de publicidad para atender requerimientos de facultades y dependencias de la Universidad Nacional del Callao
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 188-05-R Callao, 15 de marzo de 2005 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 288-2005-OASA (Expediente Nº 95205) recibido el 9 de marzo de 2005, por cuyo

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