Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2005 (18/03/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 289217

que se compone de cinco (5) Capitulos, veintitres (23) Articulos y siete (7) Disposiciones Complementarias y Finales; que obra adjunto y forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo 2º.- Primacia de la Ordenanza en la jurisdiccion de Miraflores. Declarese que sobre la base del concepto de autonomia municipal y el MORDAZA de seguridad juridica, las normas que se opongan a la presente Ordenanza, no tienen aplicacion dentro de la jurisdiccion del distrito de Miraflores. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA REGLAMENTO DE JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES DE MIRAFLORES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto del Reglamento El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas especificas para la constitucion, conformacion y funcionamiento de las Juntas de Delegados Vecinales en el distrito de Miraflores; asi mismo establecer las normas para la eleccion, vacancia, cumplimiento de obligaciones y goce de derechos de los Delegados Vecinales de Miraflores, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 116º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972. Articulo 2º.- Finalidad del Reglamento El proposito esencial del presente Reglamento es promover y garantizar la naturaleza comunal y plural de las Juntas de Delegados Vecinales, en su finalidad de ser instrumentos para la interrelacion directa, entre los ciudadanos de la jurisdiccion y la Municipalidad de Miraflores; dentro del MORDAZA del estado de derecho y la gobernabilidad democratica. Articulo 3º.- Deber y derecho a la participacion Todos los vecinos y ciudadanos en el distrito de Miraflores, con residencia comprobada, tienen el derecho a participar en el desarrollo integral de la comunidad, de manera libre en todas aquellas situaciones previstas por la Ley, y de manera especifica para su participacion en las Juntas de Delegados Vecinales, conforme a lo dispuesto en el presente Reglamento y demas normas conexas. Articulo 4º.- Caracter de representacion de las Juntas de Delegados Vecinales Las Juntas de Delegados Vecinales, libre y democraticamente elegidas, actuan como representantes de los vecinos y ciudadanos del ambito geografico que constituye cada Junta de Delegados Vecinales, conforme a lo dispuesto en este Reglamento. En tal sentido, sin perjuicio de los mecanismos individuales para la participacion ciudadana, los vecinos de una MORDAZA, para los asuntos vinculados al desarrollo comunal, deben gestionarlos a traves de sus representantes en las Juntas de Delegados Vecinales, correspondiente a la MORDAZA de su domicilio. Articulo 5º.- Principios rectores de la participacion vecinal en las Juntas de Delegados Vecinales La participacion en las Juntas de Delegados Vecinales se fundamentara en los siguientes principios: 5.1. Primacia del bien comun.- La participacion vecinal y su relacion con el Gobierno Local se fundamenta en el interes general y la vocacion de servicio para la busqueda del bien comun; por tal razon, los actos y acciones que realicen los vecinos y sus representantes en la Juntas de Delegados Vecinales; y las autoridades e integrantes del Gobierno Local, se efectuan con la prescindencia de intereses particulares o de grupo, MORDAZA

estos politicos, sociales o economicos, salvo las que por su naturaleza interesen a la zona. 5.2. Responsabilidad.- El comportamiento y las propuestas que formulen los Delegados Vecinales deben producirse con responsabilidad, por tal razon los asuntos que se plantean en el ejercicio de sus funciones y competencias deben estar enmarcados en un plan de trabajo, que debe ser concordante con los objetivos y acciones concertadas en el plan de desarrollo local, atendiendo de manera objetiva y razonable los problemas de la MORDAZA a la que representan, sugiriendo soluciones viables. 5.3. Igualdad de oportunidades.- Todos los vecinos de Miraflores, pueden intervenir y participar en igualdad de oportunidades, en los asuntos publicos locales sin discriminaciones por razon politica, ideologica, religiosa, racial, discapacidad o de ninguna otra especie. 5.4. Democracia participativa.- El ejercicio de las funciones y competencias de los Delegados Vecinales como de las autoridades del Gobierno Local, se realizan dentro del sistema democratico en nuestro MORDAZA, el cual es representativo, es decir, las propuestas y acuerdos de las Juntas de Delegados Vecinales, como parte de la democracia participativa, no tienen caracter imperativo ni vinculante para el Gobierno Local, sino hasta cuando tales acuerdos o propuestas son aprobados por MORDAZA expresa de la instancia respectiva del Gobierno Local, con autonomia y conforme a sus competencias y a las disposiciones de la Constitucion y la Ley Organica de Municipalidades. 5.5. Transparencia.- La transparencia obliga e implica crear debate publico y procesos amplios en la toma de decisiones de las propuestas que las Juntas de Delegados Vecinales hacen llegar a la gestion municipal. En relacion con el Gobierno Local implica que los vecinos tienen derecho a acceder a informacion en forma oportuna y comprensible, a traves de mecanismos permanentes para la medicion de resultados y evaluacion de las acciones realizadas, a fin que puedan llegar a acuerdos sobre las propuestas o cambios en las politicas del desarrollo local. 5.6. Rendicion de cuentas.- Los Delegados Vecinales deben rendir cuenta ante los vecinos y autoridades competentes respecto de los logros de su gestion. Asi mismo, las autoridades municipales deben rendir cuenta a la comunidad del impacto de las acciones realizadas para el logro de los objetivos concertados del desarrollo local, en la mejora de la calidad de MORDAZA en la localidad, la mejora de la eficiencia y eficacia de las politicas publicas locales y en el uso de los recursos publicos municipales. CAPITULO II DE LA CONSTITUCION Y ORGANIZACION DE LAS JUNTAS DE DELEGADOS VECINALES Articulo 6º.- Definicion de Junta de Delegados Vecinales Las Juntas de Delegados Vecinales son organos de coordinacion, que como instancias de representacion de los vecinos ante el Gobierno Local, trabajan de manera organizada, voluntaria y sin retribucion alguna (ad honorem), a fin de contribuir a mejorar la eficiencia y eficacia de la gestion municipal para el logro del desarrollo local sostenido y sustentable. Articulo 7º.- Constitucion y ambito geografico de las Juntas de Delegados Vecinales En la jurisdiccion de Miraflores se constituyen treinta y nueve (39) Juntas de Delegados Vecinales Zonales, que corresponden a un determinado ambito geografico en el cual se subdivide la circunscripcion territorial del distrito, de acuerdo con el plano y delimitacion zonal que consta en el Anexo Nº 01 del presente Reglamento. Con un representante, designado por cada Junta de Delegados Vecinales Zonal, se constituye la Junta de Delegados Vecinales Distrital, la cual funciona de conformidad con lo dispuesto en el articulo 23º de la presente Ordenanza. Articulo 8º.- Conformacion de las Juntas de Delegados Vecinales Las Juntas de Delegados Vecinales, en cada MORDAZA, se conforman por la eleccion democratica de los Dele-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.