Norma Legal Oficial del día 18 de Marzo del año 2005 (18/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

MORDAZA, viernes 18 de marzo de 2005 PD2

NORMAS LEGALES PREPUBLICACION

Pag. 289233

PD2o PR6

PR6o

= Precio Neto del Petroleo Diesel Nº 2 sin incluir impuestos aplicables a los combustibles, en el punto de venta de referencia, al ultimo dia del mes anterior, en S/./Gln. = Precio inicial del Petroleo Diesel Nº 2 en el punto de venta de referencia, en S/./Gln, segun el cuadro siguiente. = Precio Neto del petroleo Residual Nº 6 sin incluir impuestos aplicables a los combustibles, en el punto de venta de referencia, al ultimo dia del mes anterior, en S/./Gln. Para el caso del Sistema Aislado Tipico E se empleara el precio de venta de Petroleos del Peru S.A. a Electro Oriente S.A. = Precio inicial del Petroleo Residual Nº 6 en el punto de venta de referencia, en S/./Gln, segun el cuadro siguiente. Cuadro Nº 5

Los factores FTC y FPM son los definidos en el numeral 1.1 1.3 ACTUALIZACION DEL PEAJE POR CONEXION UNITARIO AL SISTEMA PRINCIPAL DE TRANSMISION (PCSPT) Los Cargos de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision (PCSPT) seran actualizados utilizando la siguiente formula de reajuste: PCSPT1 = FAPCSPT = l m Donde: PCSPT0 = Cargo de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision, publicado en la presente Resolucion, en S/./kW-mes. PCSPT1 = Cargo de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision, actualizado, en S/./kW-mes. FAPCSPT= Factor de Actualizacion del Cargo de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision. Los factores FTC y FPM son los definidos en el numeral 1.1 Para el caso del Sistema Principal de Transmision perteneciente a REP, Transmantaro, Redesur e ISA, y el cargo por Cargo por Garantia por Red Principal TGP y GNLC, se considerara l = 1,000 y m = 0,000. 2 APLICACION DE LAS FORMULAS DE ACTUALIZACION Las Formulas de Actualizacion, se aplicaran en las condiciones establecidas en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, y cuando alguno de los factores de actualizacion (FAPPM, FAPEM, FACBPST, FACBPSL, FAPCSPT, FACBPSE, FACPSEE) en cualquiera de los Sistemas Electricos se incremente o disminuya en mas de 5% respecto a los valores de los mismos factores empleados en la MORDAZA actualizacion. Los Precios en MORDAZA de la Energia en las Subestaciones Base del Sistema se obtendran con las formulas (1) y (2), del Articulo 1º, luego de actualizar el Cargo de Peaje MORDAZA por Transmision Equivalente en Energia (CPSEE) y los Precios de la Energia a Nivel Generacion (PEMP y PEMF). Los Precios en MORDAZA de la Potencia de Punta en las Subestaciones Base del sistema se obtendran con la formula (3), del Articulo 1º, luego de actualizar el Precio de la Potencia de Punta a Nivel Generacion (PPM) y el Cargo de Peaje por Conexion Unitario al Sistema Principal de Transmision (PCSPT). Los indicadores a emplear en las Formulas de Actualizacion seran los disponibles al MORDAZA dia de cada mes. El FPGN y el FOBCB seran determinados por el OSINERG con la informacion disponible al ultimo dia util del mes anterior, momento desde el cual podra ser recabado por los interesados. Los factores de actualizacion tarifaria seran redondeados a cuatro digitos decimales. Los valores actualizados de precios deberan ser redondeados a dos decimales MORDAZA de su utilizacion. Articulo 3º.- Los precios maximos a partir de los cuales se determinaran los nuevos pliegos aplicables a las empresas distribuidoras, seran calculados empleando las formulas tarifarias del Articulo 1º de la presente Resolucion. En el caso de producirse reajustes en los precios maximos, estos entraran en vigencia el MORDAZA dia de cada mes. Articulo 4º.- Las empresas generadoras estan obligadas a comunicar por escrito a las empresas distribuidoras y al OSINERG, previos a su aplicacion, sus plie= = PCSPT0 * FAPCSPT l * FTC + m * FPM 0,4956 0,5044 (13) (14)

Sistema Electrico

Punto de Venta de Referencia (1) MORDAZA (2) MORDAZA (2) Iquitos (3) Iquitos El MORDAZA Pucallpa

Precio Inicial (S/./Gln.) Diesel Nº 2 PD2o 5,56 5,56 ----5,58 6,36 Residual Nº 6 PR6o 3,04 --2,91 3,72 -----

MORDAZA Aislado A y F Aislado E Aislado G Aislado H Aislado I Notas:

(1) Plantas de venta de combustibles de Petroleos del Peru S.A. (2) Planta de venta Callao de Petroleos del Peru S.A. (3) Precio de venta de Petroleos del Peru S.A. a Electro Oriente S.A. PGN = Precio MORDAZA de Referencia del Gas Natural, expresado en Nuevos Soles/ MMBtu utilizando el TC; el cual se establecera de acuerdo a lo senalado en el Decreto Supremo Nº 016-2000-EM. = Precio inicial del Gas Natural igual a 6,0937 S/./MMBtu. = Precio Referencial FOB promedio anual del Carbon Bituminoso determinado como la media aritmetica de las tres MORDAZA de suministro (marcadores) que se indican en el Cuadro Nº 6: Cuadro Nº 6 Marcador 1 2 3 MORDAZA VENEZUELA INDONESIA AUSTRALIA 1 Puerto Maracaibo Kalimantan Gladstone PCS kcal/kg 7 000 6 300 6 500

PGNo FOBCB

El promedio anual se calcula con las semanas correspondientes a los doce ultimos meses, contados a partir del ultimo mes con informacion disponible completa (el precio del mes es el promedio de las medias de los rangos publicados para las semanas que correspondan), tomados de la publicacion semanal «International Coal Report» publicada por «The McGraw-Hill Companies"; tabla «ICR Steam Coal Assessments», columna «Current Price". FOBCBo = Valor del FOBCB utilizado en los calculos tarifarios. El Valor inicial es igual a 53,27 US$/Ton, calculado con informacion del "International Coal Report" del periodo marzo 2005-febrero 2006.

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