Norma Legal Oficial del día 20 de Marzo del año 2005 (20/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, MORDAZA 20 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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periodo de dos (2) meses, y asimismo, mediante el Informe Legal Nº 017-2005-CND/GL, se ha visto la procedencia legal teniendo en cuenta los hechos expuestos en el Informe Tecnico precitado asi como la disponibilidad presupuestaria indicada en el Memorandum Nº 033-2005CND/GAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas; Que, con arreglo al MORDAZA legal senalado en los considerandos precedentes que dan sustento a la configuracion de la situacion de desabastecimiento inminente debido a la ausencia extraordinaria e impredecible del servicio de una Linea PRI y del servicio de Telefonia Fija configurada por la ampliacion involuntaria en el desarrollo del MORDAZA de seleccion en curso, tiempo adicional que compromete en forma directa e inaplazable la continuacion de los servicios esenciales que debe brindar el Consejo Nacional de Descentralizacion, lo que pone en riesgo el funcionamiento integral de la Entidad, asi como compromete el normal desarrollo de las operaciones productivas a cargo de la misma; resulta necesario exonerar del MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de una Linea PRI y del servicio de telefonia fija por el plazo de dos (2) meses, periodo en el que se estima se podra culminar el concurso publico en marcha; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y en los articulos 146º y 147º del Reglamento de la mencionada Ley, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, facultad que no puede ser delegada, requiriendo tal resolucion obligatoriamente de uno o mas informes previos que la sustenten; debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, remitiendose una MORDAZA de la misma a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular del Pliego, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion, y adicionalmente, tambien publicada a traves del SEACE; Con la visacion de la Gerencia Legal, Gerencia de Administracion y Finanzas, y de la Unidad de Logistica; y, En uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 27783 y 28273, de conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 083 y 084-2004-PCM, y la Resolucion Presidencial Nº 042-CND-P-2003, Reglamento de Organizacion y Funciones del Consejo Nacional de Descentralizacion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la contratacion del servicio de instalacion de una Linea PRI y del servicio de Telefonia Fija Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, por situacion de desabastecimiento inminente, para la contratacion del servicio de instalacion de una Linea PRI y del servicio de Telefonia Fija para el Consejo Nacional de Descentralizacion. Articulo 2º.- Contratacion de Servicios Autorizar a la Gerencia de Administracion y Finanzas a contratar mediante acciones inmediatas por el periodo de dos (2) meses, la prestacion de los servicios indicados en el articulo precedente, a partir del 15 de marzo de 2005, hasta por la suma de S/. 50,000.00 (Cincuenta mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001: Consejo Nacional de Descentralizacion. Articulo 3º.- Comunicacion y Publicacion Encargar a la Gerencia de Administracion y Finanzas, que dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion, remita MORDAZA de la presente resolucion, y de los informes tecnico y legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; y asimismo, proceda a disponer su publicacion a traves del SEASE; en el Diario Oficial El Peruano; y en la pagina web de la Entidad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 05907

CONSUCODE
Eficacia de las sanciones aplicadas, segun el MORDAZA Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO ACUERDO Nº 004/2005 03.03.2005 El Tribunal, luego del debate correspondiente, por unanimidad, Acordo: Establecer en materia de procedimiento administrativo sancionador que las normas procesales contenidas en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 084-2004-PCM, seran de aplicacion inmediata, considerando el MORDAZA de eficacia inmediata de las normas de caracter procesal; en tal sentido, las sanciones que aplique el Tribunal en un procedimiento administrativo sancionador seran efectivas desde el MORDAZA dia habil siguiente de la notificacion al infractor, segun lo dispuesto por el articulo 304º del citado Reglamento, siendo aplicables en tales casos las demas disposiciones procedimentales contenidas en el citado cuerpo legal. Este acuerdo constituye criterio que sienta precedente de observancia obligatoria. SS. MORDAZA MORDAZA BERAMENDI GALDOS ISASI MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05783

INDECOPI
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre Ingenieria de Software e Intercambio Electronico de Datos
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0018-2005/CRT-INDECOPI MORDAZA, 2 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes

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