Norma Legal Oficial del día 20 de Marzo del año 2005 (20/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 20 de marzo de 2005

Establecen Beneficio Tributario Especial de Descuento a contribuyentes del distrito para el pago de arbitrios en el Ejercicio 2005
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 076-A/MDC Carabayllo, 17 de marzo del 2005 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 192 numerales 2) y 3) de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, son bienes y rentas de las Municipalidades, los impuestos creados por Ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia, asimismo, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia tal como lo indica el Art. II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el Art. 74 de la Constitucion Politica del Peru otorga potestad tributaria a los gobiernos locales para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 066-2004-A/ MDC, de fecha de emision 29 de octubre del 2004, se aprobo el Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos en la Jurisdiccion del ditrito de Carabayllo para el Ejercicio Fiscal 2005; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 432 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA se ha ratificado la Ordenanza 066-2004-A/MDC, publicandose con fecha 31 de Diciembre del 2004; Que, el establecimiento del monto de arbitrios para el Ejercicio 2005 se ha determinado conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 776, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 952 y la Resolucion de Indecopi Nº 0082003-CAM-INDECOPI, de fecha 01 de agosto del 2003, en funcion al servicio efectivamente prestado al contribuyente, verificandose un reflejo real del costo del servicio prestado por esta Municipalidad Distrital; Que, a consecuencia de ello, se ha proyectado que un determinado numero de contribuyentes, se MORDAZA afectado con un incremento respecto a su deuda por arbitrios para el ejercicio 2005, en un porcentaje superior al 25% del pago en relacion a la determinacion de arbitrios para el ano 2004; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF establece la factibilidad legal para el otorgamiento de exoneraciones y otros beneficios tributarios; Que, en ese sentido, se ha visto necesario conceder un descuento tributario a aquellos contribuyentes, que vean incrementados el monto a pagar por arbitrios en porcentajes superiores al 25% en relacion al ejercicio 2004, producto del ajuste por concepto de costo real y efectivo del servicio prestado y la modificacion de estructura de tasas de acuerdo a la nueva normatividad; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su Art. 40º, reconoce a las ordenanzas como el instrumento juridico normativo para regular al creacion, modificacion, supresion o exoneracion de arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites que senala la Ley; Estando a lo dispuesto mediante el Art. 40º de la Ley Organica de Municipalidades, con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta POR UNANIMIDAD ha dado la siguiente ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE BENEFICIO TRIBUTARIO ESPECIAL DE DESCUENTO A LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE CARABAYLLO PARA LOS ARBITRIOS 2005 Articulo Primero.- Ambito de Aplicacion La presente ordenanza sera de aplicacion para todos

los contribuyentes del ditrito de Carabayllo, que se encuentren afectos al pago de arbitrios para el Ejercicio 2005. Articulo Segundo.- Objeto La finalidad es brindar beneficios tributarios de descuento a los contribuyentes, cuyo pago de arbitrios se ha visto incrementado en porcentajes superiores al 25% en relacion a la determinacion de deuda tributaria por arbitrios del ejercicio 2004, incremento justificado en funcion a la determinacion del costo efectivo del servicio prestado, conforme lo exige la normativa legal vigente. Articulo Tercero.- Del Beneficio Tributario En tal sentido, el beneficio tributario se establecera para aquellos contribuyentes que realicen el pago de la deuda tributaria por arbitrios del ejercicio 2005, sea al contado (pronto pago) o en forma fraccionada (por trimestres), de la siguiente forma: BENEFICIO POR PAGO AL CONTADO: 1. Contribuyentes cuya determinacion de arbitrios se encuentra incrementado desde 25% a 100%, recibiran un beneficio del 50% de descuento respecto del incremento. 2. Contribuyentes cuya determinacion de arbitrios se encuentra incrementado mayores al 100%, recibiran un beneficio del 75% de descuento respecto del incremento. BENEFICIO POR PAGO FRACCIONADO: 1. Contribuyentes cuya determinacion de arbitrios se encuentra incrementado desde 25% a 100%, recibiran un beneficio del 25% de descuento respecto del incremento. 2. Contribuyentes cuya determinacion de arbitrios se encuentra con un incremento mayor a 100%, recibiran un beneficio del 50% de descuento respecto del incremento. Articulo Cuarto.- EXCEPCIONES No podran acogerse a aquellos contribuyentes, cuyos predios se encuentran en la condicion de usos especiales. DE LA VIGENCIA La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Los contribuyentes se podran acoger al beneficio tributario que mas les favorezca, en ningun caso podran acogerse a un doble beneficio. Segunda.- Deroguese toda disposicion que se oponga al cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- Facultese al Despacho de Alcaldia a que por Decreto prorrogue los plazos de vigencia de los beneficios establecidos en el articulo tercero de la presente Ordenanza. POR TANTO MANDO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05929

Declaran en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2005-A/MDC Carabayllo, 17 de marzo del 2005 VISTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de la fecha, los Informes Nº 040-2005-PVL/MDC del Programa del Vaso de Leche, Nº 001-2005-CE/MDC y Nº 002-2004-CE/MDC

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