Norma Legal Oficial del día 20 de Marzo del año 2005 (20/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 20 de marzo de 2005

se considera en situacion de desabastecimiento inminente cuando la ausencia extraordinaria o imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial; precepto legal que concuerda con el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; criterio legal que encaja al presente caso, a razon de asegurar el abastecimiento de productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, siendo necesario realizar las acciones administrativas para que el suministro de los productos hojuelas de cereales enriquecido con quinua y mezcla fortificada de cereales, producto azucarado, se efectua en forma oportuna y continua, hechos que ameritan proceder a declarar en situacion de desabastecimeinto inminente la adquisicion de productos para el mencionado Programa, correspondiente al mes de febrero del 2005, como medida temporal de accion rapida a fin de adquirir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para paliar la urgencia, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas de los restantes meses del ano; Que, el Articulo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, senala que las Resoluciones o Acuerdos que aprueban la exoneracion de los procesos de seleccion, requieren obligatoriamente de un informe tecnico legal previo, el mismo que contendra la justificacion tecnica legal de la adquisicion o contratacion y de la necesidad de la exoneracion; Que, en concordancia con lo informado y recomendado por el Asesor Legal y el Jefe de Programas Sociales, con la finalidad de asegurar el abastecimiento de productos para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, resulta necesario declarar en situacion de desabastecimiento inminente la adquisicion de los productos hojuelas de cereales enriquecido con quinua y mezcla fortificada de cereales, producto azucarado, por el lapos de treinta dias calendario, permitiendose de esta manera dar continuidad a este

servicio de asistencia social en forma oportuna a los beneficiarios del referido Programa; Estando a lo dispuesto por el Articulo 19º inciso c), articulo 20º, Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el D.S. Nº 083-2004-PCM y a las facultades conferidas por los articulos 17º, 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR en situacion de desabastecimeinto inminente la adquisicion de los productos alimenticios para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad provincial de MORDAZA de MORDAZA, correspondiente al mes de febrero del 2005. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a la Unidad de Logistica llevar a cabo la adquisicion de los productos hojuelas de cereales enriquecido con quinua y mezcla fortificada de cereales, producto azucarado, para el Programa del Vaso de Leche de la Municipalidad Provincial de MORDAZA de MORDAZA, de conformidad con el articulo precedente y de acuerdo al procedimiento establecido en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 084-2004-PCM. Articulo Tercero.- El valor referencial de los bienes a adquirir asciende a S/.29,103.90 (Veintinueve mil ciento tres y 90/100 Nuevos Soles) que incluye todo concepto, gastos y tributos a que hubiere lugar, afectandose el gasto a la fuente de financiamiento 17. Recursos Ordinarios para los Gobiernos Locales. Articulo Cuarto.- Remitir copias de la presente resolucion y los informes que lo sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion; adicionalmente debera publicarse a traves del SEACE y comunicar a CONSUCODE. Registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 05781

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos publicos que, para efecto de la publicacion en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Publicos del Estado, se debera tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion se efectuara mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberan entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicacion se realizara de acuerdo al orden de recepcion del material y la disponibilidad de espacio que hubiere. 3. La documentacion a publicar se enviara ademas al siguiente correo electronico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la version electronica es identico al del material impreso que se adjunta. 4. Las declaraciones juradas deberan trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Seccion MORDAZA aprobada por Decreto Supremo N°. 080-2001-PCM, se presentara en dos columnas, una linea por celda. 5. La informacion se guardara en una sola hoja de calculo, colocandose una declaracion jurada debajo de otra.

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