Norma Legal Oficial del día 01 de Mayo del año 2005 (01/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, MORDAZA 1 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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nando la Resolucion SBS Nº 1452-2004, mediante la cual se encarga la administracion del Banco MORDAZA MORDAZA en liquidacion al Consorcio Define - Dirige - Soluciones en Procesamiento. - MORDAZA contencioso administrativo a iniciarse por la Superintendencia de Banca y Seguros contra el Tribunal Registral a fin que se declare la nulidad de la Resolucion Nº 709-2004-SUNARP-TR-L. - MORDAZA contencioso administrativo de impugnacion de Resolucion Administrativa SBS Nº 988-2001, ante la Corte Suprema de la Republica. Que, los servicios a contratarse deben ser prestados por un profesional especialista en derecho procesal civil, que cuente con experiencia, habilidad y conocimientos especializados en los temas materia de las contrataciones y que cuente con reconocimiento en el medio que genere la confianza suficiente a la Alta Direccion de esta Superintendencia, por la importancia y confidencialidad de los temas a tratar; los cuales constituyen cualidades inherentes a la persona que califican estos servicios como personalisimos; Que en tal sentido, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es un abogado especializado en derecho procesal civil, profesor en las facultades de derecho de las universidades mas prestigiosas del MORDAZA, ha participado como expositor en diversos seminarios en materia de derecho procesal civil y ha escrito articulos y libros sobre dicha materia, lo cual lo acredita como un experto en la mencionada MORDAZA del derecho y actualmente viene patrocinando los procesos civiles relacionados con la liquidacion del Banco MORDAZA MORDAZA, lo cual le otorga una ventaja sobre otros profesionales del medio que pudieran realizar el servicio, ya que tiene conocimiento sobre la situacion y manejo de los procesos judiciales relacionados con la liquidacion del Banco MORDAZA MORDAZA y que pudieran tener relacion con los procesos judiciales para cuyo MORDAZA se le contrata; Que, hay que tener en consideracion que el citado profesional tiene mas de 15 anos de ejercicio profesional, ha participado en las comisiones encargadas de la elaboracion del Codigo Procesal Civil y es miembro de diversas instituciones dedicadas al estudio y desarrollo del derecho procesal civil. Asimismo ha ejercido el cargo de Juez y Vocal en el Poder Judicial, lo que acredita su conocimiento teorico-practico del derecho procesal civil. Como se puede apreciar, su perfil profesional en conjunto evidencia que el referido profesional cuenta con experiencia suficiente, destreza en su profesion, conocimientos especializados y reconocido prestigio en el MORDAZA para encargarsele los procesos judiciales mencionados en los considerandos precedentes, todo lo cual genera confianza a la Alta Direccion de la institucion respecto a la calidad de los servicios a brindar y su solvencia moral; Como se puede apreciar, el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA es un profesional notoriamente especializado en derecho procesal, que cuenta con un reconocido prestigio en el MORDAZA y cuya evidenciada destreza, habilidad y experiencia en la MORDAZA del derecho procesal, sumado a su conocimiento en los temas para cuyo efecto se le contrata, hacen que sea el proveedor idoneo para la prestacion de los servicios, haciendo inviable su comparacion con otros profesionales existentes en el mercado; Que, por las razones MORDAZA mencionadas la contratacion de los servicios descritos en los considerandos precedentes se realizan teniendo en consideracion a la persona del locador, sus caracteristicas inherentes, particulares y especiales, asi como su calidad, habilidad y conocimientos profesionales altamente especializados, lo que califican dichos servicios como personalisimos. Asimismo se debe considerar que los servicios a contratar son notoriamente complejos y especializados, pues se refieren a la liquidacion de una entidad financiera, lo cual requiere que el profesional a contratar sea especialista en los temas a tratar, caso contrario se pondria en riesgo los intereses del Estado Peruano; Que, el literal f) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, concordante con el articulo 145º del Reglamento de la acotada MORDAZA legal, establece que se encuentran exoneradas de los procesos de Concurso Publico y Adjudicacion Directa la contratacion de servicios personalisimos, entendiendose por ellos los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su cali-

dad, profesion, ciencia, arte u oficio; conforme ha quedado demostrado en los considerandos precedentes; Que, al respecto resulta pertinente senalar que en la locacion de servicios es fundamental la prestacion de servicios personales, es decir, que el servicio debe ser realizado por el propio locador, quien es elegido en funcion a sus atributos profesionales personalisimos, su experiencia, su solvencia moral, entre otros; privilegiandose sus cualidades personales en razon de su experiencia y especializacion, por lo que en merito de los fundamentos expuestos, el proveedor propuesto cumple con los requisitos para que sus servicios MORDAZA calificados como personalisimos. No esta de mas mencionar que para concluir ello, se debera merituar tambien la necesidad misma de contar con un profesional que reuna las caracteristicas especiales y personales que lo diferencien de otros profesionales en el MORDAZA, sino que genere la confianza suficiente para encargarsele temas de suma confidencialidad y de gran relevancia para los intereses, no solo de la institucion sino del Estado Peruano; Que, de acuerdo a lo expresado anteriormente, las caracteristicas y cualidades particulares e inherentes del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA son determinantes en esta contratacion, lo que califica sus servicios como personalisimos conforme a lo dispuesto por el articulo 145º del Reglamento del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. En ese sentido, se considera que en el caso materia de analisis, se ha configurado la causal de exoneracion recogida en el literal f) del articulo 19º de la MORDAZA mencionada MORDAZA legal, que permite exonerar la contratacion de los servicios requeridos del MORDAZA de seleccion que le corresponderia; Que, finalmente es de indicar que el valor referencial para cada uno de los servicios a contratar se ha estimado en dolares americanos, incluyendo todos los conceptos, gastos y tributos que puedan incidir sobre los servicios, conforme se detalla a continuacion: - MORDAZA judicial interpuesto por MORDAZA MORDAZA Holding contra la Superintendencia de Banca y Seguros demandando la impugnacion de la Resolucion SBS Nº 1452-2004; US$ 73 000,00 (Setenta y Tres Mil y 00/100 Dolares Americanos). - MORDAZA contencioso administrativo a iniciarse por la Superintendencia de Banca y Seguros contra el Tribunal Registral demandando la nulidad de la Resolucion Nº 7092004-SUNARP-TR-L; US$ 50 500,00 (Cincuenta Mil Quinientos y 00/100 Dolares Americanos). - MORDAZA contencioso administrativo de impugnacion de Resolucion Administrativa SBS Nº 988-2001; US$ 42 000,00 (Cuarenta y Dos Mil y 00/100 Dolares Americanos). Que, como se puede apreciar el valor referencial en su conjunto a contratar asciende a la suma de US$ 165 000,00 (Ciento Sesenta y Cinco Mil y 00/100 Dolares Americanos), por lo que corresponderia convocar a un Concurso Publico, MORDAZA de seleccion cuyo tramite se exoneraria para contratar los servicios anteriormente descritos mediante acciones directas. De otro lado y de conformidad con lo establecido por el numeral 3) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante D.S. Nº 084-2004-PCM, el plazo de vigencia del contrato sera en funcion a la culminacion del encargo conferido; Por tanto, en uso de las facultades conferidas en la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley Nº 26702; de conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, su Reglamento y demas normas complementarias; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico que le corresponde en funcion a su cuantia para la contratacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin que preste el servicio de representacion y defensa judicial de la Superintendencia de Banca y Seguros en los procesos judiciales indicados en los considerandos de la presente Resolucion; cuyo monto asciende hasta la suma de US$ 165 500,00 (Ciento Sesenta y Cinco Mil Quinientos y 00/100 Dolares Americanos). Articulo Segundo.- Autorizar a la Superintendencia Adjunta de Administracion General a contratar los mencionados servicios mediante acciones inmediatas con cargo a

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