Norma Legal Oficial del día 14 de Mayo del año 2005 (14/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2005

mentos Preparados para internos, ninos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Mujeres Chorrillos Comunes y Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial Mujeres Chorrillos, por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, a partir de la fecha de la presente Resolucion, mientras concluye el MORDAZA de seleccion programado y se perfecciona el contrato respectivo para los Establecimientos Penitenciarios de Mujeres Chorrillos y de Regimen Cerrado Especial de Mujeres Chorrillos de la Direccion Regional MORDAZA, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- EXONERAR a la Direccion Regional MORDAZA del requisito de Licitacion Publica para la adquisicion de Alimentos Preparados a que se refiere el articulo primero de la presente Resolucion. Articulo 3º.- AUTORIZAR a la Direccion Regional MORDAZA para la adquisicion de Suministros de Alimentos Preparados para los internos, ninos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Mujeres Chorrillos Comunes y Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial Mujeres Chorrillos de la Unidad Ejecutora 002: Direccion Regional MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
Nº 1 2 ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO MUJERES CHORRILLOS COMUNES REGIMEN CERRADO ESPECIAL CHORRILLOS DIAS TOTAL S/. 45 45 140,535.00 32,332.50

Dicha autorizacion es por el periodo de cuarenta y cinco (45) dias calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios; mientras dure la Situacion de Desabastecimiento Inminente prevista en el articulo precedente debiendo de adquirir los alimentos preparados mediante procesos de adjudicacion de Menor Cuantia bajo responsabilidad, segun corresponda, con estricta observancia a las disposiciones establecidas en el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la transparencia del proceso. Articulo 4º.- COMUNICAR a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Articulo 5º.- DISPONER el inicio de las acciones que correspondan para determinar si existe responsabilidad de funcionarios, cuya conducta hubiese originado la presencia o configuracion de la Situacion de Desabastecimiento que se aprueba. Articulo 6º.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a las instancias pertinentes para los fines de Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 09073

RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 262-2005-INPE/P
MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2005 VISTOS, el Oficio Nº 372-2005-INPE/16 por el que se adjunta el Informe Tecnico Legal Nº 005-2005-INPE/16.05, ambos de fecha 5 de MORDAZA de 2005 de la Direccion Regional MORDAZA, por el que solicita se declare en Situacion de Desabastecimiento Inminente el Suministro de Alimentos Preparados para el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de Piedras Gordas de su Jurisdiccion, e Informe Nº 178-2005-INPE/06 de fecha 10 de MORDAZA de 2005, de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 17º del Codigo de Ejecucion Penal, la Administracion Penitenciaria proporciona al interno la alimentacion preparada que cumpla con las normas dieteticas y de higiene establecidas por la autori-

dad de salud, concordante con el articulo 135º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003JUS; Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 261-2005INPE/P de fecha 10 de MORDAZA de 2005, se modifico el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de la Direccion Regional MORDAZA del Instituto Nacional Penitenciario para el Ano Fiscal 2005; Que, de acuerdo a la referida modificacion del Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones, la Direccion Regional MORDAZA tiene previsto llevar a cabo el MORDAZA de seleccion de Licitacion Publica para el "Suministro de Alimentos Preparados para internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de Piedras Gordas de la Direccion Regional Lima"; Que, mediante Informe Tecnico Legal Nº 005-2005INPE/16.05 de fecha 5 de MORDAZA de 2005, la Direccion Regional MORDAZA informa que en el ano 2004 se llevo a cabo la Licitacion Publica Nacional Nº 0010-2004-INPE/17, para el "Suministro de Alimentos Preparados para internos y personal de seguridad del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial de Piedras Gordas de la Direccion Regional Lima", otorgandose la Buena Pro al CONSORCIO WALL MART S.A.C. - D.F. MULTISERVICE E.I.R.L., por un monto de S/. 1'264.725,00 nuevos soles, suscribiendose el contrato Nº 0013-2005-INPE/16 de fecha 11 de marzo de 2005; Que, asimismo, la Direccion Regional MORDAZA, informa que ante las reiteradas observaciones realizadas por las autoridades del Establecimiento Penienciario de Regimen Cerrado Especial de Piedras Gordas, la administracion de su jurisdiccion, curso diversas cartas al citado consorcio, a fin de que cumpla con sus obligaciones contractuales, como se evidencia de la Carta Nº 006-2005-INPE/16 de fecha 14 de MORDAZA de 2005, la que se le remitio notarialmente al consorcio para que en el plazo de siete (7) dias subsane las deficiencias en que habia incurrido en el suministro de alimentos preparados para el Establecimiento Penitenciario en mencion; sin embargo vencido el plazo otorgado no subsano dichas deficiencias, motivo por el cual a traves de la Resolucion Directoral Nº 613-2005INPE/16 de fecha 5 de MORDAZA de 2005, se resolvio el contrato Nº 0013-2005-INPE/16 de fecha 11 de marzo de 2005, suscrita con el MORDAZA mencionado consorcio; Que, ante esta circunstancia la Direccion Regional MORDAZA manifiesta que es necesario declarar en Situacion de Desabastecimiento Inminente la contratacion del Suministro de Alimentos Preparados para los internos, personal de seguridad, salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Especial Piedras Gordas, por el periodo de sesenta (60) dias calendario; hasta por la suma de S/. 62.340,00 Nuevos Soles (Sesenta y Dos Mil Trescientos Cuarenta con 00/100 Nuevos Soles), importe que servira para cubrir los gastos de alimentos preparados mientras se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente, ya que los internos del mencionado Establecimiento Penitenciario requieren de ellos porque su desabastecimiento compromete directamente los servicios esenciales que presta el Instituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro de alimentos no puede ser suspendido porque su ausencia puede ocasionar grave deterioro en la salud de la poblacion penal, asi como actos de violencia, reclamos y protestas de estos que comprometerian directa e inminentemente, tanto la seguridad de los internos como de los Centros Penitenciarios; debiendose tener presente que la situacion expuesta se encuentra prevista en el inciso c) del articulo 19º e inciso a) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; Que, segun el articulo 21º del acotado dispositivo legal, se considera Situacion de Desabastecimiento Inminente cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo de manera esencial; por lo que dicha situacion faculta a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion y llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; debiendo adquirirse en forma directa mediante acciones inmediatas, adoptando todas las providencias que permitan asegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia y economia en el MORDAZA de adjudicacion de acuerdo al articulo 3º de la referida MORDAZA legal;

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