Norma Legal Oficial del día 16 de Mayo del año 2005 (16/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 16 de MORDAZA de 2005

do, por MORDAZA de documentacion falsa, infraccion tipificada en el literal f) del articulo 205º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 336/2005.TC-SU de 6.4.05, sancion que entrara en vigencia al MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 2. ALBERA E.I.R.L., Suspension de un (1) ano en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 337/2005.TC-SU de 6.4.05, sancion que entrara en vigencia al MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 3. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Suspension de un (1) ano en su derecho a participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 338/2005.TC-SU de 6.4.05, sancion que entrara en vigencia al MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 4. TECNO ACCES S.A.C., Suspension de un (1) ano en su derecho a participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 339/ 2005.TC-SU de 6.4.05, sancion que entrara en vigencia al MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 5. ELECSUR INDUSTRIAL S.R.L., Suspension de ocho (8) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 342/ 2005.TC-SU de 7.4.05, sancion que entrara en vigencia al MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 6. HM INGENIEROS E.I.R.L., Suspension de seis (6) meses en su derecho a participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 343/ 2005.TC-SU de 7.4.05, sancion que entrara en vigencia al MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 7. SELIN S.R.L., Suspension de seis (6) meses en su derecho a participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 343/ 2005.TC-SU de 7.4.05, sancion que entrara en vigencia al MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 8. PAPELERA MIRAFLORES S.A., Suspension de seis (6) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por incumplimiento injustificado de obligaciones derivadas del contrato, causal tipificada en el inciso b) del articulo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 401/ 2005.TC-SU de 29.4.05, sancion que entrara en vigencia al MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 9. MORDAZA MORDAZA MORDAZA PENARANDA, Suspension de doce (12) meses en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con

el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 402/2005.TC-SU de 29.4.05, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 10. INDUSTRIAL PRODEX MORDAZA S.A., Suspension de un (1) mes en su derecho de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por MORDAZA de documentos falsos y/o declaracion jurada con informacion inexacta, causal tipificada en el inciso f) del articulo 205º del Reglamento vigente al momento de cometida la infraccion, segun Resolucion Nº 403/2005.TC-SU de 29.4.05, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia de Registros incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de MORDAZA a la pagina web de la entidad, www.consucode.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 09115

Cumplimiento obligatorio del horario de atencion de las entidades establecido por la Ley del Procedimiento Administrativo General
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DEL HORARIO DE ATENCION DE LAS ENTIDADES ESTABLECIDO POR LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO GENERAL ACUERDO Nº 006/2005 19.04.2005 El Tribunal, luego del debate correspondiente, por unanimidad, Acordo: Primero.- Instar a las Entidades Publicas al efectivo cumplimiento de lo previsto en el inciso 1) del articulo 138º de la Ley del Procedimiento Administrativo General -Ley Nº 27444-, que dispone que el horario de atencion a los usuarios, para la realizacion de cualquier actuacion, en asuntos relativos, entre otros, a la contratacion publica, no puede ser inferior a las 08 horas diarias consecutivas. Segundo.- Establecer que las entidades publicas, para efectos de la recepcion de documentos vinculados con actuaciones de los procesos de seleccion regulados por la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, deberan adoptar medidas para que en ningun caso sea rechazada la recepcion de documentos que se presenten durante el horario minimo establecido por ley, bajo responsabilidad. Tercero.- En los casos de las entidades que no efectuen la indicada adecuacion en el plazo perentorio de 15 dias contados desde la publicacion del presente Acuerdo, este Tribunal considerara valida toda notificacion efectuada entre las 9:00 y las 17.00 horas, con la sola MORDAZA del notificador que acredite la falta de adecuacion de la entidad infractora; sin perjuicio de poner en conocimiento de los hechos al organo de control interno y la Contraloria General de la Republica.

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