Norma Legal Oficial del día 18 de Mayo del año 2005 (18/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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ANEXO 2 II CONCURSO NACIONAL DE REDACCION "EL QUIJOTE DE MI LOCALIDAD" FICHA DE CALIFICACION CONSOLIDADA CATEGORIA ..................................... CODIGO TITULO DEL TRABAJO

SEUDONIMO 01 02

MORDAZA 03 04

PTJE. TOTAL

___________________ MORDAZA 1

___________________ MORDAZA 2

_____________________ MORDAZA 3

____________________ MORDAZA 4

____________________ MORDAZA 5

09236

ENERGIA Y MINAS
Precisan plazo y establecen procedimiento para la MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada - DAC
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 151-2005-MEM/DGM MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, el articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, establece que los titulares de la actividad minera estan obligados a presentar anualmente una Declaracion Anual Consolidada - DAC; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 184-2005MEM/DM, de fecha 13 de MORDAZA de 2005, se aprobo el formulario de la Declaracion Anual Consolidada - DAC; Que, el articulo 3º de la resolucion MORDAZA mencionada dispone que la Direccion General de Mineria mediante Resolucion Directoral sera la encargada de determinar la forma y fecha de MORDAZA de este formulario; Que, en consecuencia es necesario establecer la fecha y forma de MORDAZA de la DAC, a efectos que los titulares de la actividad minera cumplan con la obligacion contenida en el articulo 50º MORDAZA mencionado; De conformidad con lo establecido en el inciso w) del articulo 101º del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisar que el plazo de MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada - DAC vencera el 30 de junio de cada ano. Articulo 2º.- La MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada - DAC se realizara con el procedimiento

establecido en el Anexo adjunto, el cual forma parte de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Los titulares mineros que al 31 de diciembre del ano sobre el que se realiza la declaracion hayan estado debidamente acreditados como Pequenos Productores Mineros o Productores Mineros Artesanales tambien deberan seguir el procedimiento establecido en el Anexo adjunto de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Mineria Anexo Para la MORDAZA de la Declaracion Anual Consolidada (DAC), los titulares mineros deberan acceder via Internet a la pagina Web: http://extranet.minem.gob.pe, para lo cual deberan contar con un Nombre de Usuario y Clave Secreta (password) que seran entregados hasta la fecha del vencimiento de la MORDAZA (30 de junio de cada ano) mediante una de las siguientes modalidades: a. En MORDAZA, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con Carta Poder Legalizada) podra acercarse a la oficina de la Direccion General de Mineria (DGM) del Ministerio de Energia y Minas con su Documento Nacional de Identidad (DNI). El horario de atencion para realizar este tramite, que no generara costo alguno para el titular, sera de lunes a viernes de 8:30 a.m. a 4:30 p.m. b. En provincias, el titular minero (o representante legal debidamente acreditado con Car ta Poder Legalizada) podra acercarse a la oficina de la Direccion Regional de Energia y Minas (DREM) de su region. El Nombre de Usuario y Clave Secreta tambien seran validos para la MORDAZA de las demas declaraciones obligatorias que el titular minero podra realizar via Internet.

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