Norma Legal Oficial del día 18 de Mayo del año 2005 (18/05/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

Pag. 292700

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2005

Planificacion y Presupuesto; y, el Informe Nº 4712005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente MORDAZA encargado de manera exclusiva y excluyente de organizar y actualizar el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales y, entre otros, de emitir el documento que acredita su identidad; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 072-2004JEF/RENIEC, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de febrero de 2004, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del RENIEC, el cual, entre otros, contiene los procedimientos de inscripcion del personal en actividad o disponibilidad de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional del Peru, de emision del DNI a los ya inscritos y de rectificacion de su inscripcion por cese como miembro activo o por culminacion del servicio militar; Que, mediante Ley Nº 28480, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 de MORDAZA de 2005, se modifico los Arts. 31º y 34º de la Constitucion Politica del Peru, estableciendo que los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policia Nacional tienen derecho al MORDAZA y a la participacion ciudadana, regulados por ley; Que, en tal sentido, la documentacion requerida a traves del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, a efectos de la restriccion electoral que anteriormente se efectuaba, ha dejado de tener relevancia alguna, por la modificacion precedentemente expuesta, en cuya virtud, las propuestas registrales que formulen el personal militar o policial en actividad, deben merecer el tratamiento regular establecido en el Texto Unico acotado, conforme a su naturaleza; Que, en ese sentido, es indispensable dejar sin efecto los procedimientos respectivos del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, a traves de los

cuales venian tramitandose las propuestas del personal militar y policial en situacion de actividad y disponibilidad; y, Conforme a las facultades conferidas por la Ley Nº 26497, Organica del RENIEC y el Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Resolucion Jefatural Nº 530-2003-JEF/RENIEC y con la opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Juridica, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Excluir del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del RENIEC, los procedimientos de inscripcion de Militares y Policias en actividad o disponibilidad (1.d), de Emision del DNI para Militares y Policias en actividad o disponibilidad inscritos en el Registro (7) y de rectificacion de inscripcion por cese como miembro activo de las Fuerzas Armadas o de la Policia Nacional del Peru, o por culminacion del Servicio Militar (12), asi como el Anexo Nº 6. Articulo Segundo.- Disponer que las propuestas registrales que formulen los miembros en actividad o disponibilidad de las Fuerzas Armadas o de la Policia Nacional del Peru, seran tramitadas por el respectivo procedimiento establecido en el MORDAZA, conforme a su naturaleza. Articulo Tercero.- Modificar el procedimiento de Inscripcion Extemporanea (1.b), el cual quedara redactado conforme el Anexo Nº 1 que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- Encargar a las Gerencias de Operaciones, Procesos e Informatica y Estadistica la implementacion de lo dispuesto por la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

R

EP

UB

LICA DEL P E

R

U

DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA
Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Mineria y otros organismos publicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberan presentarse debidamente refrendadas en original y acompanadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicacion de estas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente segun sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitiran ademas en disquete o al siguiente correo electronico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptaran oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompanados por la version electronica.

LA DIRECCION

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.