Norma Legal Oficial del día 18 de Mayo del año 2005 (18/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2005

en la planificacion y gestion del desarrollo local, a fin que puedan realizar sus acciones en procesos sinergicos con las que realiza el sector publico en la localidad. 7. El MORDAZA Participativo debe ser un MORDAZA flexible: La participacion ciudadana es un MORDAZA permanente que se enriquece progresivamente, en la medida que los actores se van conociendo entre si y reconocen mutuamente sus intereses, pero tambien el MORDAZA se enriquece cuando los actores aprenden las tecnicas y metodos de participacion, y desarrollan mayor conocimiento de su propia realidad local y del entorno en el que MORDAZA se desenvuelve; esto supone asumir una vision dinamica y flexible del desarrollo local y por tanto del MORDAZA de participativo, a fin de adaptarse permanentemente a los cambios internos y externos a la localidad. Articulo 17º.- Diagnostico de la realidad local. El desarrollo local exige estudios que permitan organizar informacion y conocimientos sobre la realidad, los cuales deben permitir identificar los problemas, obstaculos, oportunidades, potencialidades y recursos disponibles; deben organizar y sistematizar la informacion secundaria disponible, y debe tambien recoger informacion primaria, a traves de entrevistas y encuestas a los principales actores y ciudadanos. Articulo 18º.- Plan de desarrollo local concertado. Es el instrumento de base territorial y de caracter integral, orientador del desarrollo local y del MORDAZA del presupuesto participativo, que contiene los acuerdos sobre la vision del desarrollo, el diagnostico de la realidad local y objetivos estrategicos de mediano y largo plazo de la comunidad en concordancia con los planes provincial, sectorial y nacional. Articulo 19º.- Plan estrategico institucional o plan de desarrollo institucional. Es un instrumento orientador de la gestion institucional del Gobierno Local, formulado desde una perspectiva multianual. Toma en cuenta la vision del desarrollo, los objetivos estrategicos y acciones del Plan de Desarrollo Local Concertado y los lineamientos de los Planes Estrategicos Sectoriales Multianual. Contiene los objetivos institucionales y las acciones que le corresponde en el MORDAZA de sus competencias. Articulo 20º.- Plan multianual de inversiones publicas local. Es el instrumento de programacion de inversiones, que han sido identificadas y concertadas para el logro de los objetivos del desarrollo integral de la localidad y contiene los proyectos de inversiones que deben ser realizadas por la propia municipalidad, como por los demas organismos publicos que operan en el distrito y cuentan con presupuesto publico para realizar las inversiones previstas. Las inversiones son priorizadas en razon a la necesidad del desarrollo, como a la capacidad institucional para su respectivo financiamiento. Articulo 21º.- Plan de promocion de inversion privada local. Es el instrumento de programacion de inversiones en infraestructura y prestacion de servicios publicos locales que han sido identificadas y concertadas para el logro de los objetivos del desarrollo de la localidad y contiene los proyectos que deben ser realizadas por la inversion privada en exclusividad o en asociacion con la inversion publica local, metropolitana o nacional. Las inversiones son priorizadas en razon a la necesidad del desarrollo como a la capacidad institucional para su gestion y regulacion. Tambien establece las pautas para la simplificacion de tramites y autorizaciones, las condiciones para la competitividad local, la promocion y capacitacion de emprendedores y los servicios para el desarrollo de la economia local. Articulo 22º.- Plan de desarrollo MORDAZA y zonificacion. El Plan MORDAZA es el instrumento principal para la organizacion del territorio y la definicion de las caracteristicas y parametros urbanisticos; debe establecer las politicas municipales de mediano y largo plazo para el crecimiento, transformacion, renovacion y conservacion

de la ciudad. El Plan MORDAZA contiene el MORDAZA de reglas y de gestion de: las acciones privadas vinculadas a la urbanizacion y edificacion, debiendo fijar la zonificacion, los parametros de construccion, y la seguridad de las edificaciones y espacios urbanos; la localizacion del equipamiento MORDAZA, lugares de estacionamiento publico; las densidades poblacionales y determinacion de prioridades de expansion de la ciudad; la dotacion a la MORDAZA de la infraestructura, estructuras y areas libres; los programas y politicas de vivienda de interes social; la relacion funcional entre las zonas habitacionales, de trabajo, equipamiento y esparcimiento; las politicas y medios necesarios para dotar a la MORDAZA de una adecuada gestion ambiental del territorio y condiciones apropiadas en relacion con las redes de servicios publicos de residuos solidos, agua y desague o de energia. Articulo 23º.- Plan de fortalecimiento institucional. Es un instrumento donde se establece las politicas de desarrollo de las capacidades de la Municipalidad para el fortalecimiento de la gobernabilidad democratica y la calidad, eficacia y eficiencia en la gestion publica municipal. El Plan contiene las acciones que realizara la gestion en materia de fortalecimiento de la cultura organizacional, gestion y motivacion del personal, desarrollo de competencias estrategicas de los integrantes de la organizacion, diseno de la estructura de la organizacion, procesos, aplicacion de tecnologia, especialmente de informacion y comunicacion, infraestructura para su funcionamiento y sistemas de informacion y toma de decisiones. Articulo 24º.- Presupuesto municipal participativo. Es el instrumento de gestion municipal, por el cual se definen concertadamente entre la sociedad civil y el Gobierno Local, las acciones y proyectos prioritarios; y los recursos que seran necesarios para su ejecucion durante el periodo fiscal del ano siguiente. Tales acciones deben ser adoptadas en funcion a la viabilidad tecnica y economica, asi como deben corresponder a los objetivos del desarrollo local a mediano y largo plazo. Articulo 25º.- Agentes participantes. Para efectos del MORDAZA participativo en Miraflores, se entendera por agentes participantes a: 1.- Ciudadanos: Son agentes participantes las personas naturales que por razon de su residencia, entendida como habitacion o actividad economica, se inscriben para participar en el MORDAZA participativo en su correspondiente ambito jurisdiccional. 2.- Organizaciones privadas: Son agentes participantes todas las organizaciones, instituciones y otros, tales como: universidades, colegios profesionales, asociaciones o gremios empresariales, organismos de cooperacion tecnica internacional, organismos no gubernamentales, fundaciones, sociedades mercantiles, organizaciones religiosas, que actuan con caracter permanente en la jurisdiccion del distrito. La representacion de las organizaciones privadas y su respectiva inscripcion, debe hacerse conforme a ley. 3.- Organizaciones o instituciones publicas: Son agentes participantes los representantes de todas las Unidades Ejecutoras, Programas o Proyectos de los ministerios u organismos publicos del ambito nacional, regional o provincial, que actuan o tienen sedes institucionales en la jurisdiccion del distrito. La representacion de las organizaciones publicas y su inscripcion debe ser acreditada por el representante legal de la respectiva institucion. 4.- Organizaciones sociales de base: Son agentes participantes toda organizacion de vecinos del distrito: clubes de madres, comedores populares, comites del vaso de leche, sindicatos, asociaciones de padres de familia, organizaciones de mujeres o jovenes, organizaciones culturales, sociales o deportivas, asociaciones de vivienda y cualquier otra modalidad de organizacion de vecinos en la jurisdiccion. La representacion y su inscripcion debe acreditarse con la inscripcion en el Registro Unico de Organizaciones Sociales - RUOS, de la Municipalidad de Miraflores. 5.- Equipo Tecnico: Estara conformado por funcionarios de la Municipalidad y por representantes de insti-

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