Norma Legal Oficial del día 18 de Mayo del año 2005 (18/05/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 18 de MORDAZA de 2005

1. Participar de manera puntual y diligente, voluntaria y ad honorem, en las reuniones y mecanismos de participacion para los que MORDAZA convocados por la Municipalidad. 2. Respetar las opiniones y propuestas de los demas agentes participantes, considerando su valor y prioridad para el beneficio comun para la comunidad. 3. Capacitarse en los aspectos conceptuales, tecnicos y metodologicos del MORDAZA Participativo, asi como del desarrollo local y de la gestion municipal. 4. Hacer uso responsable de la informacion y materiales de trabajo que recibe de la Municipalidad para sus actividades y deliberaciones en el MORDAZA Participativo. 5. Hacer uso debido de su acreditacion como agente participante y solo para los fines y actividades del MORDAZA Participativo, quedando impedido de utilizar su acreditacion para otros fines distintos u obtener ventajas o preferencias dentro de la administracion municipal u otra institucion publica o privada. 6. Atender las demandas de informacion y opinion de sus percepciones de la realidad local, los servicios publicos y la gestion municipal que le MORDAZA solicitados por el equipo tecnico en cualquiera de los mecanismos participativos establecidos en el presente Reglamento. Articulo 47º.- Derechos de los agentes participantes. Para efectos del MORDAZA Participativo en Miraflores, los agentes participantes tienen los siguientes derechos: 1. Participar con derecho a voz y MORDAZA en las deliberaciones y acuerdos del MORDAZA Participativo en el ambito y mecanismos participativos que le corresponda, con excepcion de los integrantes del equipo tecnico, quienes solo participan con derecho a voz. 2. Presentar individual o colectivamente propuestas de acciones o proyectos de inversion municipal. 3. Solicitar informacion sobre la realidad local y sobre la gestion municipal que le permitan presentar propuestas viables, asi como proponer politicas publicas locales. 4. Integrar los grupos de trabajo que establezca el Comite de Vigilancia y Control del MORDAZA Participativo. 5. Acceder a espacios y medios de capacitacion presencial o virtual en relacion con los aspectos vinculados al MORDAZA Participativo, el desarrollo local y la gestion municipal. Capitulo II De los Talleres de Trabajo Articulo 48º.- Convocatoria de los Talleres de Trabajo. Los Talleres de Trabajo seran convocados por la Gerencia de Participacion Vecinal y Comunicaciones por disposicion del equipo tecnico y conforme a lo dispuesto en el Plan de Trabajo y Cronograma del MORDAZA Participativo. Los Talleres de Trabajo que deberan ser convocados tanto para el ambito territorial como funcional estaran referidos como minimo a los siguientes aspectos: 1. Talleres de trabajo para rendicion de cuentas e informe de disponibilidad de recursos para el ejercicio fiscal del ano siguiente. 2. Talleres de trabajo para diagnostico participativo y para la definicion estrategica del desarrollo local. 3. Talleres de trabajo para desarrollo de propuestas y definicion de prioridades. Articulo 49º.- Organizacion de los talleres de trabajo. Los talleres son dirigidos por un funcionario de la Municipalidad designado por el equipo tecnico, y la participacion de los agentes participantes en la MORDAZA de sus propuestas y en las deliberaciones sera dirigida por un "promotor", seleccionado por el equipo tecnico. Articulo 50º.- Acuerdos y Actas de los Talleres trabajo. Al termino de los Talleres, un integrante del equipo tecnico redactara en el mismo acto los acuerdos principales, los cuales seran firmados por todos los agentes participantes presentes en el Taller. Con posterioridad al Taller, el equipo tecnico redactara un Informe Memoria del Taller con la indicacion de la relacion de los agentes participantes presentes, las principales deliberaciones y acontecimientos durante el desarrollo del Taller, las metodologias y materiales empleados y las principales conclusiones, recomendaciones y acuerdos.

Capitulo III De la Participacion en los Ambitos del MORDAZA Participativo Articulo 51º.- De la Participacion en el ambito territorial. Para su participacion en el ambito territorial los agentes participantes observaran las siguientes disposiciones: 1. Las Juntas Vecinales Zonales, convocan a todos los ciudadanos de su jurisdiccion, MORDAZA veces como sea necesario para tomar conocimiento de las demandas y expectativas de la poblacion para el desarrollo local, las inversiones y mejora de los servicios publicos locales. 2. El equipo tecnico convoca a Talleres de Trabajo, organizando a las Juntas Vecinales Zonales y a los agentes participantes del ambito territorial en un solo grupo a todas las zonas o en tres grupos, dependiendo de la naturaleza de los temas a tratar. Las grupos se organizan con la participacion por Juntas Zonales conforme al siguiente detalle: a) Grupo Nº 1: 1A, 1B, 2A, 2B, 2C, 3A, 3B, 5A, 5B, 6A, 6B, 6C, 7A y 7B. b) Grupo Nº 2: 3C, 4A, 4B, 8A, 8B, 8C, 9A, 9B, 10A, 10B y 10C. c) Grupo Nº 3: 11A, 11B, 11C, 12A, 12B, 12C, 12D, 13A, 13B, 13C, 13D, 14A, 14B y 14C. 3. En los Talleres de Trabajo por Grupos, los agentes participantes se reunen para revisar en conjunto las propuestas formuladas por los vecinos en las zonas, agregando y otorgando prioridad a las intervenciones que se estiman mas conveniente para el ambito territorial sectorial correspondiente. 4. Producidos los acuerdos y propuestas del respectivo Taller, estos son derivados al equipo tecnico para la correspondiente evaluacion tecnica, la cual sera cometida a la deliberacion de la Asamblea Distrital de Delegados Vecinales. 5. A nivel del distrito se realizara la Asamblea Distrital de Delegados Vecinales, la misma que sera presidida por el primer Regidor, en la que participan los Delegados Vecinales que fueron elegidos conforme a lo senalado en la Ordenanza Nº 186. 6. Los acuerdos y propuestas de la Asamblea Distrital de Delegados Vecinales las haran llegar al equipo tecnico, para la debida revision y adecuacion de las propuestas a las disposiciones de los sistemas administrativos de la gestion publica, produciendo un Informe Tecnico, el mismo que sera remitido para la deliberacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital. Articulo 52º.- De la Participacion en el ambito funcional. Para su participacion en el ambito funcional los agentes participantes observaran las siguientes disposiciones: 1. En la jurisdiccion de Miraflores se constituiran cinco (5) grupos funcionales para el debate negociacion y concertacion de las propuestas de cada dimension del desarrollo local a nivel del distrito, conforme a lo siguiente: d) Grupo Funcional Nº 1: Desarrollo Ambiental - Urbano. e) Grupo Funcional Nº 2: Desarrollo Economico Local. f) Grupo Funcional Nº 3: Desarrollo Social - Salud. g) Grupo Funcional Nº 4: Desarrollo Cultural - Educacion. h) Grupo Funcional Nº 5: Desarrollo Civico - Institucional. 2. Los grupos funcionales estaran conformados por las organizaciones publicas, privadas o sociales de base, por los ciudadanos que como agente participantes se inscriban, de acuerdo a su interes, en uno o mas grupos funcionales senalados en el acapite precedente. 3. Las Juntas Vecinales de Delegados Zonales, acreditaran obligatoriamente a uno de sus miembros como agente participante para cada grupo funcional establecido en el inciso 1, del presente articulo.

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