Norma Legal Oficial del día 26 de Mayo del año 2005 (26/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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constatar la veracidad de los documentos que le presentan; Que, don Julver MORDAZA MORDAZA MORDAZA pretendio valerse de una Tasa Judicial falsificada, presentada ante el Registro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y obtener un Certificado de Antecedentes Penales; Que, mediante Carta EF/92.3233 Nº 073-2005 del 15 de MORDAZA del 2005 emitido por don MORDAZA Pisfil Capunay, Subgerente Jefe de la Division de Recaudacion, Departamento de Servicios Bancarios del Banco de la Nacion, manifiesta que la Tasa Judicial presentada por don Julver MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no se encuentra registrada en la Base de Datos del 10 de marzo del 2005, correspondiente el DNI del ciudadano MORDAZA mencionado; Que, mediante Memorandum Nº 149-2005-RNC-GSJRGG/PJ el Dr. MORDAZA Riquero MORDAZA, Jefe del Registro Nacional de Condenas, es de la opinion que se autorice a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las acciones judiciales pertinentes contra don Julver MORDAZA MORDAZA Perez; Que, el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documento queda configurado cuando el sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particulares, de un documento falso o falsificado, como si fuese legitimo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado; el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial - D.S. Nº 01793-JUS y el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre Representacion y Defensa del Estado modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a efectos que inicie las acciones judiciales que correspondan contra don Julver MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y contra quienes resulten responsables, por el Delito Contra la Fe Publica en la modalidad de Falsificacion de Documentos en agravio del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, el articulo 55º del Decreto Ley Nº 20530, que regula el regimen de pensiones a cargo del Estado, establece que caduca el derecho a pension, segun el caso, por matrimonio de los titulares de la pension de sobrevivientes - viudez; Que, ante estos hechos se le ha cursado a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, sendas cartas, incluyendo la Resolucion de la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial Nº 215-2005-GPEJ-GG-PJ, de fecha 16 de febrero de 2005, por el cual se le establece Responsabilidad Economica, por los hechos descritos, a fin que proceda a efectuar la devolucion de dicho monto, haciendo caso omiso a este requerimiento; Que, los hechos MORDAZA expuestos constituyen presuntos ilicitos civiles y/o penales los cuales deben ser debidamente investigados por las autoridades correspondientes a fin de determinar las responsabilidades del caso, en consecuencia resulta necesario autorizar a la Procuraduria Publica del Poder Judicial, a fin de que inicie las acciones legales pertinentes ante las autoridades respectivas; Que en uso de las facultades conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial D.S. Nº 017-93-JUS; y Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537 sobre representacion y Defensa del Estado en Juicio modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial para que inicie las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por los hechos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso, a la mencionada Procuraduria Publica, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 09811

MORDAZA H. MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 09810

ORGANISMOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje de funcionario a Mexico para participar en el MORDAZA curso sobre Gestion en Efectivo
RESOLUCION DE DIRECTORIO Nº 037-2005 MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, una de las funciones del Banco Central de Reserva del Peru es la emision de billetes y monedas; Que, para el mejor cumplimiento de esta funcion es conveniente que los especialistas de la Gerencia de Tesoreria actualicen permanentemente sus conocimientos sobre gestion de efectivo, tratamiento de numerario y pronosticos de la MORDAZA util del billete; Que, entre el 20 y 24 de junio del presente ano, se llevara a cabo en Mexico D.F., Mexico, el MORDAZA curso internacional sobre Gestion en Efectivo, organizado por el Banco de Mexico con la colaboracion del Banco de Espana y el Banco Central de la Republica MORDAZA, al cual es conveniente que participe este Banco Central; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesion de 20 de MORDAZA de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Departamento de Cauda-

Autorizan a la Procuraduria del Poder Judicial iniciar acciones legales contra presunta responsable de cobro indebido de pensiones
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 129-2005-P-PJ MORDAZA, 19 de MORDAZA del 2005 VISTO: El Memorandum Nº 503-2005-GPEJ-GG/PJ, de la Gerencia de Personal y Escalafon Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 503-2005-GPEJ-GG/ PJ, el Gerente de Personal y Escalafon Judicial, remite el Informe Nº 009-2005-SRB-GPEJ-GG/PJ, de fecha 23 de marzo de 2005, expedido por la Subgerencia de Remuneraciones y Beneficios, en el que se advierte que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, es responsable, economicamente, de la suma de S/. 183, 428.21 (Ciento Ochentitres Mil Cuatrocientos Veintiocho y 21/ 100 Nuevos Soles), como consecuencia del cobro indebido de pensiones, por el periodo correspondiente, del 16 de agosto de 1988 al 29 de febrero de 2004, estando a que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en su condicion de pensionista sobreviviente - viudez, contrajo matrimonio civil, el 16 de agosto de 1988, ante la Municipalidad Distrital de Miraflores, sin dejar de percibir la pension de sobreviviente, anteriormente descrita;

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