Norma Legal Oficial del día 26 de Mayo del año 2005 (26/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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43.3 Emitir opinion sobre asuntos vinculados con dichas sanciones administrativas. CAPITULO III: DE LA CONFORMACION DE LA COMISION Articulo 44º.- La Comision estara integrada por profesionales y especialistas en un numero no menor de cinco miembros de reconocida capacidad y experiencia. Son designados por Resolucion Directoral Nacional. Conforman esta Comision: 1. El Director de la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico, quien la presidira. 2. Un arqueologo. 3. Un arquitecto. 4. Dos abogados. Se incorporara un historiador en los casos que la Comision lo requiera. La Comision tendra un Secretario Tecnico designado por la Direccion de Defensa del Patrimonio Historico, con voz, pero sin voto. Las Direcciones del Instituto Nacional de Cultura en las Regiones, segun la naturaleza de su estructura organica, propondran la conformacion de su Comision; las mismas que seran designadas por Resolucion Directoral Nacional. CAPITULO IV : DE LAS FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DE LA COMISION Articulo 45º.- Del Presidente El Presidente de la Comision tiene las siguientes funciones: 1. Convocar a las Sesiones ordinarias y extraordinarias y presidirlas. 2. Velar por el cumplimiento del presente Reglamento y de los acuerdos que la Comision adopte. 3. Ejercer MORDAZA dirimente en caso de empate. 4. Firmar las comunicaciones que emita la Comision. Articulo 46º.- De las funciones de los miembros en general Son funciones de los miembros de la Comision, las siguientes: 1. Suscribir los acuerdos de la Comision. 2. Asistir regularmente a las sesiones de la Comision. 3. Revisar, evaluar, fundamentar y expresar su opinion sobre las sanciones administrativas que correspondan, en los casos sometidos a la Comision. 4. Emitir opinion en los diferentes asuntos que se pongan a consideracion de la Comision. 5. Proponer a la Presidencia asuntos o temas de competencia de la Comision para que MORDAZA materia de analisis y pronunciamiento de esta. 6. Firmar las actas y registro de asistencia de las sesiones que se llevan a cabo. 7. Solicitar, si lo consideran conveniente, la opinion de especialistas en las materias que MORDAZA correspondientes. 8. Realizar inspecciones oculares cuando lo consideren necesario. Articulo 47º.- Del Secretario Tecnico El Secretario Tecnico de la Comision tendra las siguientes funciones: 1. Llevar el Libro de Actas de las reuniones haciendo constar todos los acuerdos tomados por la Comision. 2. Presentar los informes elaborados por los profesionales para el pronunciamiento de la Comision. 3. Preparar la Agenda de las Sesiones. 4. Mantener organizada la correspondencia y archivo de la Comision. 5. Coordinar las acciones de la Comision con otros organos del Instituto Nacional de Cultura. 6. Informar al Presidente sobre la inasistencia de los miembros.

CAPITULO V: DEL QUORUM, LA VOTACION Y LOS ACUERDOS Articulo 48º.- Del Quorum El quorum minimo de la Comision lo conforman tres (3) miembros, incluyendo al Presidente. Articulo 49º.- De la Votacion y Abstencion Todos los miembros de la Comision tienen voz y MORDAZA en las sesiones pero deberan abstenerse en los siguientes casos: 1. Si es pariente dentro del MORDAZA grado de consanguinidad o MORDAZA de afinidad con cualquiera de los interesados o con sus representantes o mandatarios que intervengan en un MORDAZA sometido a pronunciamiento de la Comision. 2. La decision lo afecta de algun modo. Articulo 50º.- De los Acuerdos Los acuerdos se toman por mayoria simple. El miembro que no este de acuerdo con la decision adoptada por mayoria podra emitir dictamen en minoria el mismo que debera estar tecnicamente fundamentado y anexado al Acuerdo. CAPITULO VI: DE LAS SESIONES Y LAS INASISTENCIAS Articulo 51º.- La Comision sesionara una vez por mes y extraordinariamente cuando el Presidente la convoque. En caso de ausencia del Presidente de la Comision lo reemplazara un miembro de la Comision designado por mayoria simple en la sesion correspondiente. Articulo 52º.- La Comision desarrollara las sesiones de acuerdo al siguiente procedimiento: 1. De la Agenda: El Secretario Tecnico de la Comision elaborara la Agenda del dia para cada sesion, incluyendo todos los expedientes que cuenten con la documentacion completa y los Informes Tecnicos correspondientes. Previo al inicio de la revision del expediente, pondra en conocimiento de los miembros de la Comision todas las observaciones tecnicas, administrativas y legales que existan sobre el mismo. 2. Del Inicio de las Sesiones: A la hora convocada, el Presidente verificara que exista quorum para llevar a cabo la sesion de acuerdo a lo indicado en el articulo precedente. Transcurridos quince (15) minutos de la hora programada, en caso de no haber quorum, el Presidente o su representante dejaran MORDAZA del hecho en el libro de actas, que sera firmado por los miembros presentes debiendo convocarse a nueva sesion 3. Del Desarrollo de las Sesiones: Las Sesiones se desarrollaran de acuerdo a la Agenda del dia, la misma que sera distribuida al inicio de la Sesion a los miembros de la Comision. La calificacion de los expedientes se basara en los documentos tecnicos, informes tecnicos y/o legales y todos los aspectos reglamentarios que MORDAZA aplicables al caso. 4. De los Acuerdos de la Comision: Los Acuerdos de la Comision son adoptados por la mayoria de asistentes al tiempo de la votacion en la sesion respectiva, salvo que la ley establezca una regla distinta, correspondiendo al Presidente emitir el MORDAZA dirimente en caso de empate. Se dejara MORDAZA en el acta correspondiente del dictamen en minoria. 5. Del Levantamiento de las Sesiones: Las Sesiones pueden levantarse por tres motivos: a. Cuando se MORDAZA concluido con la revision de todos los casos de la Agenda.

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