Norma Legal Oficial del día 12 de Noviembre del año 2005 (12/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

Pag. 304058

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de noviembre de 2005

Resolucion, al Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 041-2002-PE, excluyendo a la empresa CONSERVERA EL MORDAZA S.A. de dicho anexo. Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Regional de la Produccion MORDAZA y consignarse en el MORDAZA de la pagina web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 19138 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 273-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 14 de octubre del 2005 Vistos los escritos con registro Nº 00004004, de fechas 5 de enero, 9 de marzo y 3 de junio de 2004, presentados por la empresa CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A.; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 353-96-PE, de fecha 28 de junio de 1996, se otorgo Licencia de Operacion a EMPRESA DE LOS PRODUCTOS MORDAZA E.I.R.L. para desarrollar la actividad de procesamiento pesquero, a traves de sus plantas de enlatado y congelado de productos hidrobiologicos, con la capacidad instalada de 1045 cajas/turno y 05 t/dia respectivamente, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en carretera Cata Catas Km. 4.5, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; Que mediante los escritos del visto, la empresa CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A., solicita cambio de titular de la Licencia de Operacion otorgada a EMPRESA DE LOS PRODUCTOS MORDAZA E.I.R.L. mediante Resolucion Ministerial Nº 353-96-PE el 28 de junio de 1996, para que pueda operar sus plantas de enlatado y congelado de productos hidrobiologicos, con la capacidad instalada de 1045 cajas/turno y 05 t/dia respectivamente, en su establecimiento industrial pesquero ubicado en carretera Cata Catas Km 4.5, distrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua; al haber adquirido la titularidad de las citadas plantas, en virtud a la Escritura Publica de Fusion por absorcion, aumento de capital y modificacion parcial del estatuto, de fecha 31 de diciembre de 1999, que celebra, entre otras, CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A. Asimismo, solicita autorizacion de instalacion, via regularizacion, y licencia de operacion para operar su planta de congelado de productos hidrobiologicos; Que el articulo 149º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444 establece que la autoridad responsable de la instruccion, por propia iniciativa o a instancia de los administrados, dispone mediante resolucion irrecurrible, la acumulacion de los procedimientos en tramite que guarden conexion; Que de la revision efectuada a las solicitudes de cambio de titular de la licencia de operacion otorgada por Resolucion Ministerial Nº 353-96-PE para operar las plantas de enlatado y congelado de productos hidrobiologicos y de autorizacion de instalacion y licencia de operacion para la planta de congelado, se ha determinado que MORDAZA guardan conexion, y por economia procesal procede la acumulacion de las mismas, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 149º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; Que el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que durante la vigencia de la licencia para la operacion de cada planta de procesamiento, la transferencia en propiedad o cambio de posesion del establecimiento industrial pesquero, conlleva la

transferencia de dicha licencia en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada; Que, en relacion al cambio de titular de la licencia de operacion de la planta de enlatado, de acuerdo al analisis efectuado, se observa que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente y con los requisitos procedimentales establecidos en el Procedimiento Nº 29 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que procede otorgar el cambio de titularidad solicitado por la recurrente, en relacion a la planta de enlatado; Que, con respecto al cambio de titular de la licencia de operacion de la planta de congelado, se observa que la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero advierte que, de acuerdo a la inspeccion realizada al establecimiento industrial de la recurrente se verifico que su planta de congelado no se encuentra conforme a la licencia de operacion sobre la cual se solicita el cambio de titular, al haberse adicionado una serie de equipos que ocasionaron una variacion en la capacidad de la planta de congelado, situacion que contraviene lo establecido en el articulo 51º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, citado anteriormente, al no ser posible realizar la transferencia de la licencia de operacion de la planta de congelado en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgada, por lo que se debe declarar improcedente el cambio de titularidad solicitado por la recurrente, en relacion a la planta de congelado; Que mediante Oficio Nº 1577-2004-PRODUCE/ DNEPP-Dch, de fecha 10 de MORDAZA del 2004, la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero a fin de evaluar la viabilidad de la solicitud de cambio de titular, en lo que respecta a su planta de congelado, comunica a CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A. que debe acogerse al Procedimiento Nº 26 y al Procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, a fin de regularizar la variacion producida en la capacidad de su planta de congelado; Que mediante escrito del visto de fecha 3 de junio de 2004, CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A. solicita autorizacion de instalacion, via regularizacion, y licencia de operacion para su planta de congelado, adjuntando de manera incompleta los requisitos estipulados en el Procedimiento Nº 26 y en el Procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, los mismos que fueron reiterados mediante Oficio Nº 21452004-PRODUCE/DNEPP-Dch, de fecha 30 de junio de 2004; Que la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Oficio Nº 3235-2004PRODUCE/DNEPP-Dch, de fecha 21 de octubre del 2004, otorgo a CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A., a solicitud de los mismos, un plazo de 20 dias habiles, a partir de la recepcion del presente documento, para que cumpla con la MORDAZA de los requisitos faltantes; siendo recibido dicho oficio el 4 de noviembre de 2004, conforme se acredita en el cargo de recepcion que obra en el expediente; Que a la fecha, CONSORCIO PESQUERO MORDAZA S.A. no ha cumplido con la MORDAZA de los requisitos faltantes establecidos en el Procedimiento Nº 26 y en el Procedimiento Nº 28 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, habiendose por ello paralizado el procedimiento administrativo por causa imputable al administrado, configurandose la figura del abandono a que se refiere el articulo 191º de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, en consecuencia, procede declarar en abandono tal procedimiento; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.