Norma Legal Oficial del día 12 de Noviembre del año 2005 (12/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de noviembre de 2005

registro Nº 00008783 de fecha 7 de MORDAZA del 2005, en el que comunica que no autoriza la transferencia del permiso de pesca de la embarcacion SAN MORDAZA 2 y que no ha intervenido en el contrato de arrendamiento respecto a esta embarcacion pesquera lo que contraviene lo pactado en la clausula octava de la Escritura Publica de Modificacion de Montos y Garantizados de Hipoteca, Garantias Hipotecarias y Restricciones Contractuales y otros de fecha 10 de MORDAZA de 1999; Que asimismo, por medio del Oficio Nº 2397-2005PRODUCE/DNEPP-Dchi de fecha 20 de junio del 2005 se informo a COMERCIALIZADORA GLOBAL S.A. que de la evaluacion del expediente se determino que en el certificado de matricula de naves presentado con la solicitud se consigna como arqueo neto 74.73 que equivale a una capacidad de bodega de 299.49 m3 que es superior al consignado en el permiso de pesca otorgado de 279.94 m3, por lo que se requirio que presente el certificado de arqueo para verificar la capacidad de bodega con la que cuenta actualmente la embarcacion pesquera, documento que no ha sido alcanzado; Que de la evaluacion efectuada se ha determinado que sobre la embarcacion pesquera SAN MORDAZA 2 recae un gravamen a favor del BANCO WIESE SUDAMERIS, de acuerdo a lo comunicado por la entidad financiera y segun consta en el Testimonio de la Escritura Publica de Arrendamiento de Embarcaciones Pesqueras presentado por COMERCIALIZADORA GLOBAL S.A. y en el Testimonio de la Escritura Publica de Modificacion de Montos y Garantizados de Hipotecas, Garantias Hipotecarias y Restricciones Contractuales y otros, que figuran inscritos en el Registro de Propiedad de Embarcaciones Pesqueras de los Registros Publicos Sede MORDAZA, de otro lado, no se ha determinado la capacidad de bodega que presenta actualmente la embarcacion pesquera que permita concluir que el permiso de pesca se encuentra en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado conforme se establece en el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE por lo que la solicitud de cambio de titular presentada por COMERCIALIZADORA GLOBAL S.A. deviene improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante los Informes Nºs. 347-2004-PRODUCE/DNEPP-Dchi y 235-2005PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el procedimiento administrativo Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0352003-PRODUCE y la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud presentada por COMERCIALIZADORA GLOBAL S.A., de cambio del titular del permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada SAN MORDAZA 2 de matricula CO-0390-PM, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 19136

Aprueban cambio de titulares de permisos de pesca a favor de Corporacion Palmar S.A.C. y Pesquera Maru S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 265-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 6 de octubre del 2005 Visto el escrito de registro Nº 00021988 de fecha 6 de setiembre de 2005, presentado por CORPORACION PALMAR SAC.; CONSIDERANDO: Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE de fecha 24 de diciembre de 1997, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a Empresa Servicios y Mantenimientos Navales S. A., para operar la embarcacion pesquera denominada "CORAL 2", con matricula CO-15711-CM, de con 150.94 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos jurel y caballa para consumo humano directo, equipada con redes de cerco de 1½ pulgada (38 mm.) de longitud minimo de abertura de malla, utilizando hielo como sistema de preservacion a bordo en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas de la costa; Que mediante la Resolucion Directoral Nº 058-2001PE/DNE, se modifica en virtud a la solicitud de modificacion de la resolucion autoritativa por cambio de denominacion de puerto y MORDAZA de servicio en la matricula y nombre de la embarcacion pesquera aprobada el 14 de diciembre del 2000, el permiso de pesca para operar la embarcacion MORDAZA 2 con matricula CO-15711-CM, otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE; entendiendose la denominacion de la embarcacion como "PALBER 2" con matricula CE-15711-PM; asimismo, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado por Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE y modificada en los terminos expuestos en el articulo anterior para operar la embarcacion pesquera "PALBER 2" ex MORDAZA, en los mismos terminos y condiciones a favor de los armadores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y su conyuge MORDAZA MORDAZA URCIA; Que por Resolucion Ministerial Nº 138-2003PRODUCE, se declara la nulidad de la Resolucion Viceministerial Nº 011-2002-PRODUCE/DVM-PE que resolvio declarar fundado el recurso de apelacion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 045-95PE/DNE y ampliar el permiso de pesca a plazo determinado otorgado mediante Resolucion Directoral Nº 263-97-PE/DNE modificada por Resolucion Directoral Nº 058-2001-PE/DNE al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a su conyuge MORDAZA MORDAZA URCIA para operar la embarcacion pesquera PALBER 2 con matricula CE-15711-PM para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para consumo humano indirecto por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial;

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