Norma Legal Oficial del día 12 de Noviembre del año 2005 (12/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 12 de noviembre de 2005

5. Donacion; 6. Division y particion de la copropiedad; 7. Fusion y escision; 8. Fusion y escision de fondos de pensiones, incluidas las transferencias de los valores pertenecientes al fondo complementario, el fondo de longevidad, los encajes respectivos y los que correspondan de acuerdo a Ley; 9. Fusion de fondos mutuos de inversion en valores y fondos de inversion; 10. Mandato legal y orden judicial; 11. Entrega de acciones subyacentes del depositario al inversionista a cuyo nombre se encuentren registrados los American Depositary Receipts (ADR), a consecuencia de la cancelacion de estos ultimos; asi como la entrega al depositario, por parte del inversionista a cuyo nombre se encuentren registradas acciones que tengan programas de ADR, de tales acciones para la emision y entrega de los respectivos ADR, a su nombre. En ambos casos se debera observar lo dispuesto por el Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; y, 12. Otros que resuelva favorablemente CONASEV, previa solicitud fundamentada del interesado. En todos los supuestos, el transferente o adquirente de los valores o el designado para tal efecto, bajo responsabilidad, debera dirigirse al emisor o a la institucion de compensacion y liquidacion de valores que lleva el registro de la titularidad de los valores transferidos, segun se trate de titulos fisicos o representados por anotaciones en cuenta, acompanando la documentacion sustentatoria respectiva. La emisora o la institucion de compensacion y liquidacion de valores, procedera inmediatamente a efectuar el cambio de titularidad correspondiente". Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente resolucion a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali ICLV S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA OSSIO GARGUREVICH Vicepresidente Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 19094

Modifican Art. 2º del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de MORDAZA en lo referente a la definicion de "Empresa Junior"
RESOLUCION CONASEV Nº 079-2005-EF/94.10 MORDAZA, 8 de noviembre de 2005 VISTO: El Informe Nº 355-2005-EF/94.45 del 21 de octubre de 2005, presentado por la Gerencia de Mercados y Emisores, con el visto MORDAZA de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido por el articulo 132, incisos a) y c), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, son funciones de las bolsas de valores inscribir y registrar valores mobiliarios para su negociacion en bolsa asi como excluirlos, y proponer a CONASEV la introduccion de nuevas facilidades y productos en la negociacion bursatil; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 131 del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, las bolsas deben reglamentar su actividad,

vigilando el cumplimiento de la ley y de las demas normas dictadas por CONASEV o por la bolsa. En este MORDAZA, CONASEV podra delegar en una o mas bolsas las facultades que la ley le confiere respecto a las sociedades agentes y a los emisores con valores inscritos en dicha bolsa; Que, la regulacion de la actividad de los mecanismos centralizados de negociacion a traves de sus reglamentos internos, se realiza sin perjuicio de las facultades normativas, de supervision y control que corresponden a CONASEV de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 2, inciso a), del Texto Unico Concordado de su Ley Organica, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y el articulo 7 del Texto Unico Ordenado de la Ley de MORDAZA de Valores; Que, los articulos 145 y 146, inciso c), del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores disponen que los reglamentos internos de las bolsas deben ser previamente aprobados por CONASEV y que deben contener normas que regulen la inscripcion y el registro de los valores mobiliarios para su negociacion en bolsa, asi como aquellas relativas a la exclusion de dichos valores; Que, el articulo 2 del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de MORDAZA, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 026-2005EF/94.10, preve que pueden calificar como Empresas MORDAZA II aquellas que tengan sus acciones listadas en bolsas o mercados organizados que MORDAZA previamente autorizados por CONASEV; Que, en atencion a las disposiciones anteriores, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. ha solicitado a CONASEV la inclusion de la Bolsa de Valores de Toronto (Toronto Stock Exchange - TSX) como una de las bolsas de valores en las que las empresas exploradoras mineras pueden tener listadas sus acciones a efectos de ser incluidas en la definicion de Empresa MORDAZA II contenida en el articulo 2 del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima; Que, los requisitos minimos de listado de Toronto Stock Exchange - TSX de Canada son iguales o mayores a los exigidos por el TSX Venture Exchange, actualmente considerado en la definicion de Empresa MORDAZA II, por lo que resulta procedente la propuesta de incluir a dicha bolsa de valores dentro de esta definicion; Que, TSX Venture Exchange y Toronto Stock Exchange ­ TSX forman parte del mismo conglomerado de corporaciones que pertenecen al denominado TSX Group, y MORDAZA corporaciones son gobernadas por la misma junta directiva; Que, no obstante lo anterior, con el fin de mantener organizado el segmento de capital de riesgo de la Bolsa de Valores de MORDAZA, se considera conveniente permitir el registro en el Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de MORDAZA solo a aquellas acciones que se encuentran listadas en Toronto Stock Exchange -TSX y que MORDAZA emitidas por aquellas empresas mineras que se encuentren en una etapa de exploracion avanzada o de produccion inicial; es decir, a las que hayan sido inscritas de acuerdo con la seccion 314 (b) del Manual Corporativo de la Bolsa de Valores de Toronto - Requisitos minimos de listado para empresas exploradoras mineras o companias mineras en etapa de desarrollo (Section 314 (b) - Minimum Listing Requirements for Mining Companies: Mineral Exploration and Development-Stage Companies, Toronto Stock Exchange Company Manual); y, Estando a lo dispuesto por el MORDAZA parrafo del articulo 7 y el articulo 145 del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, asi como a lo acordado por el Directorio de CONASEV en su sesion del 4 de noviembre de 2005. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el numeral 2 de la definicion de "Empresa Junior" prevista en el articulo 2 del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de MORDAZA en los terminos siguientes: "[...] 2. Empresa MORDAZA II: Empresa minera cuyas acciones con derecho a MORDAZA se encuentran listadas en uno o mas

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