Norma Legal Oficial del día 12 de Noviembre del año 2005 (12/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, sabado 12 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Nacion de los inmuebles a que se refiere el articulo 1° de la presente Resolucion. Articulo 3°.- Encargar a la Direccion del Instituto Nacional de Cultura - MORDAZA realice el inventario y registro de los Bienes Muebles de los Templos a que se refiere el articulo 1° del presente Resolucion. Articulo 4°.- Es obligacion de los propietarios, autoridades locales y regionales someter a la aprobacion y supervision del Instituto Nacional de Cultura cualquier intervencion a realizarse en los Monumentos a que se refiere el articulo 1 ° de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 19067

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan viaje de Presidente del Gobierno Regional a Bolivia para asistir a la MORDAZA de Negocios sobre Turismo de Playas de la Region MORDAZA
ACUERDO REGIONAL Nº 029-2005-CR/AREQUIPA El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, ha tomado el siguiente acuerdo: PRIMERO: Autorizar el viaje en Comision de Servicio del senor Presidente ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ballon, a la Republica de Bolivia, donde asistira a la MORDAZA de Negocios sobre Turismo de Playas de la Region MORDAZA, viaje que se realizara del 15 al 19 de noviembre del presente ano. SEGUNDO: ENCARGAR el Despacho Presidencial al senor Vicepresidente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en tanto dure la ausencia del titular. Disponiendose en dicho acto su registro y notificacion.

SUNAT
Dejan sin efecto designacion de Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Canete de la Intendencia Regional Ica
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 100-024-0000036 San MORDAZA, 3 de noviembre del 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Intendencia Nº 100024-0000010/SUNAT, del 16 de octubre del 2003, se realizo la designacion de la Srta. MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA - Registro Nº 6237, como Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Canete; Que, el articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas Desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia a los trabajadores que se desempenaran como Auxiliares Coactivos dentro del ambito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la referida Resolucion de Superintendencia y de conformidad con lo dispuesto en los articulos 50º y 51º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria, aprobado por Decreto Supremo Nº 1152002-PCM, el articulo 23º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y Resolucion de Superintendencia Nº 190-2002/SUNAT de fecha 31 de diciembre de 2002; En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT y la Resolucion de Superintendencia Nº 004-2005/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliar Coactivo de la Oficina Zonal Canete de la Intendencia Regional Ica, al funcionario que se indica a continuacion: - MORDAZA DE LA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con Registro Nº 6237. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CUZCANO Intendente (e) Intendencia Regional Ica 19077

MORDAZA, 19 de octubre de 2005 MORDAZA MORDAZA MORDAZA BALLON Presidente del Consejo Regional 19155

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Suspenden ejecucion de obras en propiedad privada y en via publica, en la MORDAZA denominada Mesa Redonda
DECRETO DE ALCALDIA Nº 089 MORDAZA, 11 de noviembre de 2005 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru establece que las municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, el articulo 79º inciso 3 de la citada MORDAZA legal establece como funciones especificas de las municipalidades, las de autorizar y fiscalizar la ejecucion del plan de obras de servicios publicos o privados que afecten o utilicen la via publica o zonas aereas, asi como

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