Norma Legal Oficial del día 18 de Noviembre del año 2005 (18/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, viernes 18 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES PROYECTO
Tabla Nº 2

Pag. 304461
Acometidas de Simple MORDAZA
ESTACION MORDAZA MODELO 0 111 A 122 B 122 D 133 E 233 F 233 TOTAL US$ 9,299 11,178 11,268 12,825 13,261 13,892

literal g) del Anexo I del Procedimiento. Asimismo, se dispuso efectuar la nueva prepublicacion del proyecto de resolucion a mas tardar el 18 de noviembre del 2005; Que, en razon de ello, con fecha 18 de noviembre del 2005, se publico la Resolucion OSINERG Nº 0418-2005OS/CD, por la cual se dispuso la publicacion del MORDAZA proyecto de resolucion que fija los Topes Maximos de Acometida y los cargos para su Mantenimiento, para el periodo 2005 - 2008, y la informacion de sustento; disponiendose asimismo, que el MORDAZA cronograma del referido MORDAZA regulatorio se adecue a la fecha de publicacion de dicha Resolucion; Que, asimismo, en razon de la declaratoria de nulidad de la Resolucion Nº 337-2005-OS/CD, el OSINERG convoco nuevamente a audiencia publica realizada el dia xx de xxx del ano 2005, en la cual expuso los criterios, metodologia y modelos economicos utilizados en el analisis de la propuesta de topes maximos de acometida presentada por el Concesionario, que servira de justificacion en la fijacion de dichos topes maximos; Que, de otro lado, el dia xx de xx del 2005 fue la nueva fecha de cierre para que los interesados presenten sus opiniones y sugerencias al MORDAZA proyecto de resolucion, habiendose recibido las correspondientes a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, las cuales han sido publicadas en la Pagina Web del OSINERG, y cuyo analisis se encuentra contenido en el Informe Tecnico OSINERG-GART/DGN-XXX-2005; Que, se ha expedido el Informe OSINERG-GART-AL2005-XXX de la Asesoria Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria del OSINERG, que complementa la motivacion que sustenta la decision del OSINERG, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el Articulo 3º, Numeral 4 de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia OSINERG, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001PCM, en el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por Decreto Supremo Nº 04299-EM y en lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Del Alcance de la Resolucion La presente Resolucion es de aplicacion al establecimiento de los precios de las acometidas y de los costos de operacion y mantenimiento para las categorias de usuario C y D, asi como para los Consumidores Independientes dentro del ambito de la concesion de MORDAZA y Callao. Articulo 2º.- Topes Maximos de Acometidas Fijense los Topes Maximos por la Acometida (TMA) para Categorias de Consumidores C y D, aplicable a la Concesion de Distribucion de gas natural por red de ductos en MORDAZA y Callao; dichos Topes Maximos, incluyen el costo de la Estacion de Regulacion y Medicion (ERM), el costo de la instalacion y el costo de la inspeccion y habilitacion de la acometida, y se presentan en las tablas Nº 1, Nº 2 y Nº 3 siguientes: Tabla Nº 1 Acometidas con Dos Ramas: Una Principal y otra secundaria
ESTACION MORDAZA I1 I2 I3 I4 I5 I6 I7 I8 Caudal Max. m3/h 200 320 400 500 500 800 1300 3200 TOTAL US$ 17,717 17,717 18,717 19,417 20,017 20,817 27,583 40,483

Tabla Nº 3 Acometidas de Doble MORDAZA
ESTACION MORDAZA MODELO I 466 J 636 K 638 TOTAL US$ 42,623 69,398 70,031

Adicionalmente a los costos definidos por cada MORDAZA de Acometida mostrada en las tablas 1, 2 y 3, se debe agregar los siguientes costos de acceso a la ERM, segun corresponda: Tabla Nº 4 Accesorio de Ingreso a la ERM
Accesorio de Ingreso a la ERM PE MORDAZA 2" MORDAZA 3" TOTAL US$ 44,81 107,96 133,48

Articulo 3º.- De los nuevos Tipos de Acometidas Los Topes Maximos de Acometida se regulan teniendo en cuenta Acometidas Tipos, referidas a los requerimientos estimados que el MORDAZA demande, para tal efecto el Concesionario tiene la obligacion de proponer al OSINERG cada ano la regulacion de nuevos tipos de acometidas con sus respectivos costos de mantenimiento. En aquellos casos, de requerimiento de acometidas que no se ajusten a las acometidas tipos presentadas, los precios de las ERM podran establecerse con referencia a lo regulado en las Tablas Nº 1, Nº 2 y Nº 3; sin embargo, el Concesionario debera presentar para aprobacion del OSINERG anualmente, su propuesta de Topes Maximos de nuevas Acometidas que el MORDAZA MORDAZA demandado; en los casos que los precios aprobados por el OSINERG difieran de los precios presentados y ejecutados por el Concesionario, este ultimo debera regularizar los precios ejecutados con sus respectivos clientes, mediante el credito o debito respectivo. Articulo 4º.- Topes Maximos de Acometidas (TMA) para Consumidores Independientes Los Topes Maximos de Acometida (TMA) para los Consumidores Independientes, se estableceran siguiendo el procedimiento de regulacion respectivo, y se iniciara por pedido de cualquiera de las partes, con la propuesta que el Concesionario debe presentar al OSINERG, considerando el MORDAZA de Acometida acordado. Articulo 5º.- Los Cargos Maximos de Mantenimiento de las Acometidas (CMMA) para Usuarios Regulados Fijense los Cargos Maximos de Mantenimiento de la Acometida (CMMA), para las categorias de Consumidores A, B, C y D de la Concesion de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos para MORDAZA y Callao (aplicable a Otras Redes), como un cargo por cliente, en concordancia con lo senalado en el Reglamento y como se aprecia en el siguiente cuadro:
Cargo por Mantenimiento por Cliente en US$/vez Categorias A y B 12,08 Categorias C y D 227,73

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