Norma Legal Oficial del día 20 de Noviembre del año 2005 (20/11/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 304550
Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Ubicacion de la Estacion: Estudios : OBN-4U : 256KF8E : 0.05 KW

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 20 de noviembre de 2005

: MORDAZA MORDAZA Nº 398, en el distrito de Acobamba, provincia de Tar ma, depar tamento de Junin. : Longitud Oeste : 75° 39'28" Latitud Sur : 11° 20'43" : Cerro Antash, en el distrito de Acobamba, provincia de Tarma, departamento de Junin. : Longitud Oeste : 75°39'17" Latitud Sur : 11°20'49" : El area comprendida dentro del contorno de 66 dBµV/m

Coordenadas Geograficas Planta

Articulo 7º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, el titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion, canon anual y publicacion de la presente Resolucion, caso contrario la autorizacion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de que el Ministerio emita el acto administrativo pertinente. Articulo 8º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 19701

Coordenadas Geograficas MORDAZA de Servicio

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. El plazo de la autorizacion y del permiso concedidos se computaran a partir del dia siguiente de notificada la presente Resolucion, la cual ademas sera publicada en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2º.- La autorizacion que se otorga en el articulo precedente, se inicia con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro del cual el titular de la autorizacion debera cumplir con las obligaciones que a continuacion se indican: - Instalar los equipos requeridos para la prestacion del servicio conforme a las condiciones esenciales y a las caracteristicas tecnicas aprobadas en la presente autorizacion. - Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento. - Los equipos instalados deberan contar con el respectivo Certificado de Homologacion. La respectiva inspeccion tecnica se efectuara de oficio hasta dentro de los tres (3) meses siguientes al vencimiento del mencionado periodo, y en la cual se verificara la correcta instalacion de la estacion, incluyendo la homologacion del equipamiento asi como el cumplimiento de las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion. Sin perjuicio de lo MORDAZA indicado, el titular podra solicitar la realizacion de la inspeccion tecnica MORDAZA del vencimiento del periodo de instalacion y prueba otorgada. En caso de incumplimiento de las obligaciones MORDAZA mencionadas la autorizacion otorgada quedara sin efecto. Articulo 3º.- Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia de la autorizacion, el titular debera presentar el proyecto de comunicacion. Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobara su Codigo de Etica y presentara MORDAZA del mismo a la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones o podra acogerse al Codigo de Etica que emita el Ministerio. Articulo 4º.- El titular esta obligado a instalar y operar el servicio de radiodifusion autorizado, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas indicadas en el articulo 1º de la presente Resolucion, las cuales solo podran ser modificadas previa autorizacion del Ministerio. En caso de aumento de potencia, este sera autorizado hasta el MORDAZA establecido en el Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias para la banda y localidad autorizada. En caso de disminucion de potencia, no obstante no requerirse de la previa aprobacion, el titular se encuentra obligado a su respectiva comunicacion. Articulo 5º.- Seran derechos y obligaciones del titular de la autorizacion las consignadas en los articulos 64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, asi como las senaladas en la presente Resolucion. Articulo 6º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo. La renovacion debera solicitarse hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia indicado en el MORDAZA mencionado articulo 1º y se sujeta al cumplimiento de las condiciones previstas en el articulo 69º del Reglamento de la Ley de Radio y Television.

Otorgan a Polar Air Cargo Inc. autorizacion para el establecimiento de una Representacion fuera de Linea para el transporte aereo internacional de carga
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 166-2005-MTC/12
MORDAZA, 3 de octubre del 2005 Vista la solicitud de POLAR AIR CARGO, INC., sobre Autorizacion de Establecimiento de Agencia fuera de Linea; CONSIDERANDO: Que, mediante Solicitud de Registro Nº 052663 del 13 de septiembre del 2004, POLAR AIR CARGO, INC., solicito autorizacion para el establecimiento de una Agencia fuera de Linea para el transporte de carga, segun Convenio de Agencia General de Ventas celebrado con AVIATION RAMP SERVICE LTDA., el mismo que sera ejecutado en el Peru a traves de AVIATION RAMP SERVICE PERU S.A.C. conforme a documentos de POLAR AIR CARGO, INC. y AVIATION RAMP SERVICE LTDA., de fecha 5 de octubre del 2004 y a poder otorgado a AVIATION RAMP SERVICE PERU S.A.C. inscrito en la Partida Registral Nº 11779704 del Registro de Sociedades Mercantiles de Lima; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 165º del Reglamento de la Ley Nº 27261 ­ Ley de Aeronautica Civil del Peru, el establecimiento en el territorio peruano de representaciones y agencias de empresas extranjeras de transporte aereo que no operan en el MORDAZA -agencias fuera de linea- esta sujeto a autorizacion previa de la Direccion General de Aeronautica Civil mediante Resolucion Directoral; Que, POLAR AIR CARGO, INC., es una compania de transporte aereo constituida bajo las leyes de Estados Unidos de MORDAZA que actualmente no realiza operaciones en el pais; Que, en aplicacion del articulo 9º literal d) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para regular, supervisar, controlar, fiscalizar y sancionar, todas las actividades aeronauticas civiles" resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; demas normas vigentes y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- OTORGAR autorizacion para el establecimiento de una Representacion fuera de Linea a POLAR AIR CARGO, INC., para el transporte aereo internacional de carga, por el plazo de cuatro (4) anos contados a partir del dia siguiente a la publicacion de la presente Resolucion Directoral en el Diario Oficial El Peruano, en los siguientes terminos: - AVIATION RAMP SERVICE PERU S.A.C., se constituira como Agente General de Ventas en el Peru de POLAR AIR CARGO, INC. segun Convenio de Agencia General de Ventas celebrado con AVIATION RAMP SERVICE LTDA., a efectos que la misma pueda realizar entre otras, las

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.