Norma Legal Oficial del día 12 de Octubre del año 2005 (12/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 12 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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MORDAZA, Director Nacional de Turismo y del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, profesional que presta servicios en el Viceministerio de Turismo, del 12 al 15 de octubre de 2005, a fin de que, en representacion del MINCETUR, participen en la VII Reunion del "Comite Tecnico Binacional de Facilitacion de Turismo", que se realizara en dicha ciudad. Articulo 2º.- Los gastos que genere el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, estaran a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (US$ 640,00 x 2) : US$ 1 280,00 Viaticos (US$ 200,00 x 4 dias x 2): US$ 1 600,00 Tarifa CORPAC (US$ 28,24 x 2) : US$ 56,48 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario posteriores a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolucion, debera presentar al Titular del Sector un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante las reuniones a las que asistira; asimismo presentara la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas Encargado de la Cartera de Comercio Exterior y Turismo 17334

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 111
DECRETO SUPREMO Nº 040-2005-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades hidrocarburiferas, a fin de garantizar el futuro abastecimiento de combustibles sobre la base de la libre competencia; Que, mediante Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 26221, establece diferentes formas contractuales para realizar actividades de exploracion y/o explotacion de hidrocarburos; Que, PERUPETRO S.A., conforme a lo establecido en los articulos 6º y 11º de la Ley Nº 26221, ha sido autorizado para negociar y celebrar contratos para exploracion y/o explotacion de hidrocarburos, previa negociacion directa o por convocatoria; Que, al MORDAZA de las facultades senaladas en el considerando precedente, PERUPETRO S.A. ha negociado con SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL DEL PERU, el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 111, ubicado entre las provincias de Tahuamanu y Tambopata del departamento de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del Peru; Que, mediante Acuerdo de Directorio Nº 047-2005 de fecha 26 de MORDAZA de 2005, el Directorio de PERUPETRO S.A. aprobo el Proyecto de Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 111, elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, de acuerdo con lo establecido en los articulos 63º y 66º de la Ley Nº 26221, en el Decreto Legislativo Nº 668 y demas normas aplicables, es procedente otorgar las garantias senaladas por estos dispositivos; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221, modificada por la Ley de Actualizacion en Hidrocarburos, Ley Nº 27377; DECRETA: Articulo 1º.- Del lote objeto del contrato Aprobar la conformacion, extension, delimitacion y nomenclatura del area inicial del Lote 111, ubicado entre las provincias de Tahuamanu y Tambopata del departamento de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del Peru, adjudicandolo a PERUPETRO S.A. y declarandolo materia de suscripcion del contrato. El mapa y memoria descriptiva de dicho Lote forman parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- De la aprobacion del contrato Aprobar el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote 111, que consta de una (1) Clausula Preliminar, veintidos (22) Clausulas y nueve (9) Anexos, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL DEL PERU, con intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, para garantizar a la empresa Contratista lo establecido en los ar ticulos 63º y 66º de la Ley Organica de Hidrocarburos, Ley Nº 26221. Articulo 3º.- De la autorizacion para suscribir el contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con SAPET DEVELOPMENT PERU INC., SUCURSAL DEL PERU, el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion

ECONOMIA Y FINANZAS
Designan representante del Ministerio en la Comision Multisectorial encargada de analizar la situacion pensionaria de los trabajadores de construccion civil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 505-2005-EF/10 MORDAZA, 11 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 050-2005-TR, del 28 de setiembre de 2005 se constituye la Comision Multisectorial encargada de analizar la situacion pensionaria de los trabajadores de construccion civil; Que, en la mencionada Resolucion se establece que la Comision Multisectorial estara integrada, entre otros miembros, por un representante del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, el articulo 4º de la mencionada Resolucion dispone que los representantes de la Comision que pertenezcan al Poder Ejecutivo seran designados mediante resolucion del titular de la entidad, pudiendo contar con un representante alterno; Que, en consecuencia resulta necesario designar al representante del Ministerio de Economia y Finanzas en la mencionada Comision; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 y el articulo 4º de la Resolucion Suprema Nº 050-2005-TR; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar al senor MORDAZA MORDAZA Villena Petrosino como representante del Ministerio de Economia y Finanzas en la Comision Multisectorial a la que se refiere la Resolucion Suprema Nº 050-2005-TR. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministro de Economia y Finanzas 17337

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