Norma Legal Oficial del día 22 de Octubre del año 2005 (22/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, sabado 22 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, de conformidad con el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, se encuentran exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 145º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos para contratar con personas naturales o juridicas notoriamente especializadas siempre que su destreza, habilidad, exper iencia par ticular y/o conocimientos evidenciados, apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan sustentar de modo razonable e indiscutible su adecuacion para satisfacer la complejidad del objeto contractual y haga inviable la comparacion con otros potenciales proveedores; Que, asimismo, en el articulo 145º citado en el considerando anterior, se precisa que se encuentran expresamente incluidos en esta clasificacion los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicacion televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicacion, en atencion a las caracteristicas particulares que los distinguen; Que, la Directora General de Administracion a traves del Oficio Nº 2274 -2005-PRODUCE/OGA/LOG, de fecha 21 de octubre de 2005, adjunto el Informe Nº 027-2005PRODUCE/LOG, de fecha 21 de octubre de 2005, mediante el cual, el Director de la Oficina de Logistica, manifesto que la contratacion del servicio de publicidad "Preparacion y transmision de MORDAZA radial para sensibilizar a la opinion publica sobre el dano que causan el contrabando y la pirateria", podria efectuarse a traves de una exoneracion al MORDAZA de Concurso Publico previsto en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de la Produccion, siendo la causal sustentatoria, la de servicios personalisimos, segun lo senalado en el articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y en el articulo 145º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM, para lo cual, resultaria aplicable la normativa que regula las Contrataciones y Adquisiciones del Estado y no las del PNUD; requerimiento que cuenta con la aprobacion tecnica de la Directora de la Oficina de Imagen y Relacion con la Poblacion en el Oficio Nº 585-2005PRODUCE-SG-OIRP asi como con la correspondiente cobertura Presupuestal senalada en el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 116-2005-PRODUCE/ OGDPE-OP del 5 de octubre de 2005, del Director de la Oficina de Presupuesto de la OGDPE remitido con el Memorando Nº 632-2005-PRODUCE/OGDPE/OP, de fecha 6 de octubre de 2005, por el Director General de la Oficina General de Desarrollo y Planeamiento Estrategico, que senala la existencia de la Disponibilidad Presupuestal correspondiente y la aceptacion legal por parte de la Oficina General de Asesoria Juridica mediante el Informe Nº 013922005-PRODUCE/OGAJ, de fecha 21 de octubre de 2005, en el que se ratifica que es un servicio personalisimo, como se ha senalado en los considerandos precedentes; De acuerdo a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y su modificatoria; contando con el visado de la Directora General de Administracion, de la Directora de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, en uso de las facultades conferidas en el literal i) del articulo 11º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 0022002-PRODUCE y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisar que la contratacion del servicio "Preparacion y transmision de MORDAZA radial para sensibilizar a la opinion publica sobre el dano que causan el contrabando y la pirateria", prevista en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de la Produccion, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 021-2005-PRODUCE, de fecha 28 de enero de 2005,

modificado por Resolucion Ministerial Nº 179-2005PRODUCE, de fecha 8 de MORDAZA de 2005, Resolucion Ministerial Nº 223-2005-PRODUCE, de fecha 25 de agosto de 2005, y Resolucion Ministerial Nº 237-2005-PRODUCE, de fecha 13 de septiembre de 2005, se efectuara atendiendo a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0842004-PCM y su modificatoria. Articulo 2º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de Concurso Publico "Preparacion y transmision de MORDAZA radial para sensibilizar a la opinion publica sobre el dano que causan el contrabando y la pirateria", por la causal de servicio personalisimo, debiendose, en consecuencia, contratar con el Grupo R.P.P., la difusion de la MORDAZA publicitaria en mencion, a traves de Radio Programas del Peru, por la suma de S/. 201,824.00 (Doscientos Un Mil Ochocientos Veinticuatro y 00/100 Nuevos Soles), cuya fuente de financiamiento es Recursos Ordinarios, y por el plazo comprendido desde el 24 de octubre de 2005 al 26 de diciembre de 2005. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina General de Administracion para que proceda a llevar a cabo las acciones correspondientes para la contratacion del servicio indicado en el articulo precedente. Articulo 4º.- Disponer, la remision de la presente Resolucion y de los Informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y comunicar al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE, a traves del SEACE, asi como su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web del Ministerio de la Produccion, dentro del plazo establecido de acuerdo a Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LEMOR BEZDIN Ministro de la Produccion 17965

Suspenden extraccion y recepcion del recurso merluza por parte de flota arrastrera de mayor escala, menor escala y artesanal en MORDAZA del dominio maritimo y lo autorizan en otra area del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 283-2005-PRODUCE MORDAZA, 21 de octubre de 2005 Visto los Informes Nºs. 235-2005-PRODUCE/DNEPPDch y 246-2005-PRODUCE/DNEPP-Dch y el Oficio Nº PCD-100-502-2005-PRODUCE/IMP mediante el cual se alcanza el Informe denominado "Caracterizacion biologico pesquera de la merluza peruana (Merluccius gayi peruanus) entre los 06° 00' y 06° 30' LS", asi como los Oficios Nºs. PCD-100-509-2005-PRODUCE/IMP y DE-100220-2005-PRODUCE/IMP. CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral propiciando su explotacion racional, conforme a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley General de Pesca Decreto Ley Nº 25977; Que el articulo 9º de la citada Ley establece que el Ministerio de Pesqueria, hoy Ministerio de la Produccion, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos determinara, segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisible, temporadas y zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, los metodos de pesca, tallas minimas de captura y demas normas que requieran la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos; Que por Resolucion Ministerial Nº 011-2005-PRODUCE del 20 de enero del 2005, se autorizo el Regimen Provisional

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