Norma Legal Oficial del día 22 de Octubre del año 2005 (22/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, sabado 22 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, con car tas C. 690-DJR/2005 registro P/D Nº 049540, C. 729-DJR/2005 registro P/D Nº 052179 y C. 757-DJR/2005 registro P/D Nº 053663 de fechas 10, 22 y 31 de agosto de 2005, la empresa TELMEX PERU S.A. en respuesta al Oficio Nº 249-2005-MTC/17, propone prestar el servicio telefonico fijo local, en forma gratuita, a determinadas entidades estatales, donde preste el mencionado servicio a traves de las bandas de 452,5 - 457,5 MHz y 462,5 - 467,5 MHz; Que, mediante Informe Nº 446-2005-MTC/17.01.ssp., la Direccion de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones, opina que es procedente modificar el contrato de concesion de titularidad de la empresa TELMEX PERU S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, con su modificatoria y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el contrato de concesion aprobado por Resolucion Ministerial Nº 528-2002-MTC/ 15.03, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 3762003-MTC/03, 1035-2003-MTC/03 y 336-2005-MTC/03, y por Resoluciones Directorales Nºs 335-2003-MTC/17, 4862004-MTC/17 y 633-2004-MTC/17, a fin de incorporar el numeral 6.12 en la Clausula Sexta, el cual esta referido a la obligacion de la empresa TELMEX PERU S.A., de prestar el servicio concedido de manera gratuita en centros educativos estatales y hospitales, donde utilice las bandas de frecuencias 452,5 - 457,5 MHz y 462,5 - 467,5 MHz, conforme a los terminos que se indican en la Adenda que se aprueba en esta resolucion. Articulo 2º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se modifica el contrato de concesion aprobado y modificado por las resoluciones indicadas en el articulo precedente; autorizandose al Director General de Gestion de Telecomunicaciones a suscribir la Adenda en representacion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 3º.- La presente resolucion quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por la empresa TELMEX PERU S.A. en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17889

VIVIENDA/OGA-CGP del Comite de Gestion Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº111-96 se dispuso la adquisicion de maquinaria para la industria del calzado, confeccion y tejido, procedentes de la Republica Popular China con la finalidad de equipar a pequenos y microempresarios; dicha MORDAZA fue modificada por Decreto de Urgencia Nº 023-97, con el que se autorizo a destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos via el Decreto de Urgencia Nº 111-96 a entidades educativas del MORDAZA, asimismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se modifico el Decreto de Urgencia Nº 023-97 disponiendo que del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrian transferir en calidad de donacion a los centros educativos estatales y a organizaciones sociales con fines educativos, de capacitacion o de promocion social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funciones de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control, defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la par ticipacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privada; Que, a traves del Oficio de Vistos, el Sr. MORDAZA MORDAZA Carcamo MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pampacolca, solicito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento la donacion de Maquicentros; Que, mediante Memorandum Nº 166-2005/VIVIENDAVMCS-PREBAM el Programa de Equipamiento Basico Municipal remitio el Informe Tecnico Nº 070-2005/ VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, a traves del cual expreso su conformidad en atencion a las consideraciones tecnicas del expediente de solicitud de donacion; Que, el Comite de Gestion Patrimonial contando con la opinion tecnica favorable del Programa de Equipamiento Basico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposicion de bienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser transferidos, aprobada via la Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donacion de la maquinaria detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donacion de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1, que forman parte integrante de la presente Resolucion, a favor de la Municipalidad Distrital de Pampacolca, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con la finalidad de implementar un maquicentro para la Institucion Educativa del Nivel Primario de Menores Nº 40140; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27792 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;

VIVIENDA
Aprueban donacion de maquinaria a favor de la Municipalidad Distrital de Pampacolca para la implementacion de maquicentro
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 263-2005-VIVIENDA MORDAZA, 18 de octubre de 2005 Vistos; el Oficio Nº 030-2004-MDP de fecha 10 de febrero de 2004, presentado por la Municipalidad Distrital de Pampacolca, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa; el Informe Tecnico Nº 070-2005/VIVIENDA/ VMCS-PREBAM-ARR del Programa de Equipamiento Basico Municipal y el Memorandum Nº 086-2005-

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