Norma Legal Oficial del día 22 de Octubre del año 2005 (22/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES
ANEXO 3

MORDAZA, sabado 22 de octubre de 2005

RELACION CONSOLIDADA DEL PORCENTAJE DE PARTICIPACION (contratos de colaboracion empresarial)
REGISTRO DE ADUANA




DUA

............... ... ... ... ... ..
RAZON SOCIAL % PARTICIPACION MONTO VALOR FOB

R.U.C. PARTICIPANTE

100%

MONTO TOTAL FOB DUA

__________________________ __________________________

17886

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Autorizan a procurador interponer acciones legales para determinar presunta responsabilidad civil y penal de docentes
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 654-2005-GR.LAMB/PR Chiclayo, 10 de octubre de 2005 VISTO: El Informe Legal Nº 173-2005-GR.LAMB/ORAJ, de fecha 23/5/2005, el Acuerdo del Directorio de Gerentes de fecha 6/6/2005; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a la Carta sobre la denuncia por irregularidades en la I.E. "Juan Tomis Stack", presentada en esta Sede Regional por los profesores de la indicada Institucion Educativa, sobre irregularidades cometidas por la profesora MORDAZA MORDAZA Rubio MORDAZA, de la Especialidad de Matematica en el nivel MORDAZA, por haber cobrado sus haberes en forma ilegal en los anos 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002 y 2003, sin haber dictado clases en la institucion educativa indicada y en su lugar fue reemplazada por su hermana SALY MORDAZA RUBIO, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, practicantes y, posteriormente sus horas no fueron

cubiertas ni ilegal ni legalmente, perjudicando a mas de 200 alumnos de los anos primero y MORDAZA del nivel secundario; Que, con la Carta remitida al Director Regional de Educacion MORDAZA, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General del C.E.P. "LOS CEIBOS" Chiclayo, se deter mina que la profesora MORDAZA MORDAZA RUBIO MORDAZA, laboro en dicho centro de estudios, desde el ano 1997, a noviembre del 2003, siendo su horario de trabajo hasta diciembre del 2000 de 7.30 a.m. a 12.30 p.m., a partir del ano 2001 hasta noviembre del 2003 de 7.45 a.m. a 3.45 p.m., sin haber asistido a laborar a la I.E. "Juan Tomis Stack"; Que, conforme al Acta de Verificacion, no se ha ubicado ningun documento que MORDAZA sido remitido a las instancias superiores dando a conocer sobre la inasistencia de la profesora MORDAZA MORDAZA RUBIO SEMINARIO; Que, el Articulo Tercero de la Resolucion Ejecutiva Regional Nº 412-2005-GR.LAMB/PR, de fecha 30/5/2005, dispuso remitir los actuados al Directorio de Gerentes Regionales, para autorizar al Procurador del Gobierno Regional de MORDAZA, que interponga las acciones legales correspondientes, a fin de deter minar la responsabilidad civil y penal a que hubiere lugar de los profesores MORDAZA MORDAZA RUBIO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros al MORDAZA de lo previsto en el Art. 25º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, concordante con los Arts. 153º y 174º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Que, en reunion de fecha 6 de junio de 2005, el Directorio de Gerentes Regionales, acordo emitir la Resolucion Autoritativa a favor del Procurador Publico Regional, para que inicie las acciones legales correspondientes, conforme a lo dispuesto por el articulo 78º de la Ley Nº 27867 - Ley Organica de los Gobiernos Regionales, que establece que la defensa de los intereses del Estado a nivel de Gobierno Regional se ejerce judicialmente por el Procurador Publico Regional; asi como el articulo 11º del Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS - Reglamento de la Representacion y

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