Norma Legal Oficial del día 22 de Octubre del año 2005 (22/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, sabado 22 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

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Articulo 75º.- REVOCATORIA DE LA LICENCIA MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO Sin perjuicio de lo establecido en el articulo de la presente Ordenanza, la MORDAZA autoridad de la Municipalidad podra revocar, dejando sin efecto, cualquiera de las autorizaciones municipales de funcionamiento reguladas en la presente Ordenanza, siempre y cuando se incurran en cualquiera de las siguientes causales: 1.- En caso que la Subgerencia de Control de Sanciones determine como medida complementaria la clausura definitiva del establecimiento. 2.- En caso que el establecimiento MORDAZA sufrido modificaciones sustanciales en su infraestructura o acondicionamiento que generen un inadecuado funcionamiento, alterando con ello la situacion inicial que dio merito a la emision de la Licencia Municipal de Funcionamiento. 3.- Cuando durante su funcionamiento se den actividades prohibidas legalmente o constituyan peligro o riesgo para la seguridad de las personas y a la propiedad privada o a la seguridad publica o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de Defensa Civil o produzcan olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o tranquilidad del vecindario. 4.- Cuando sobrevenga la desaparicion de las condiciones exigidas legalmente para la emision del acto administrativo cuya permanencia sea indispensable para la existencia de la relacion juridica creada y ello no devenga en situaciones de caracter particular. TITULO XI DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES CAPITULO I DISPOSICION TRANSITORIA Primera.- Los procedimientos administrativos iniciados bajo los alcances de la Ordenanza Nº 203-MSS ampliada por la Ordenanza Nº 224-MSS se adecuaran, en lo que mas les favorezcan, al procedimiento administrativo de la Licencia Municipal de Funcionamiento de Aprobacion Inmediata. CAPITULO II DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- Deroguense las Ordenanzas Nº 1, Nº 00496-O-MSS, Nº 009-96-O-MSS, Nº 005-99-MSS, Nº 86MSS, Nº 150-MSS, Nº 152-MSS, Nº 162-MSS, 167-MSS, Nº 188-MSS, Nº 189-MSS, Nº 197-MSS y las demas normas que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- Modifiquese el Texto Unico de Procedimientos Administrativos vigente incor porando los requisitos y derechos administrativos a los mismos correspondientes a los tramites senalados en los articulos 20º, 21º, 22º, 23º, 24º, 25º, 27º, 50º, 51º y 63º de la presente Ordenanza. Cuarta.- El Subgerente de Autorizaciones queda facultado para delegar la funcion de suscribir los Certificados de Licencia Municipal de Funcionamiento. Quinta.- Modifiquese el Cuadro de Infracciones y Sanciones de la Municipalidad aprobado por Ordenanza Nº 174-MSS, incorporense al mismo las infracciones codificadas del 030.04.1 al 030.04.15 y del 030.04.40 al 030.04.66 contenidas en el articulo 74º de la presente Ordenanza y dejese sin efecto las infracciones codificadas del 030.02.1 al 030.02.12. Sexta.- Encarguese a la Gerencia de Inversion Privada, Gerencia de Fiscalizacion, Subgerencia de Autorizaciones, Subgerencia de Inspecciones y Subgerencia de Defensa Civil el cumplimiento de la presente Ordenanza y su difusion.

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 17862

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion de volquete
ACUERDO DE CONCEJO Nº 21-2005-MDSCC San MORDAZA, Calacoa 14 de octubre del 2005. VISTO: El informe presentado por el secretario tecnico de Defensa Civil de la Municipalidad Distrital San MORDAZA Calacoa, el Informe Legal Nº 06-2006-MDSCC, El Acuerdo de Concejo Nº 20-2005-MDSCC y el Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM, en sesion extraordinaria de la fecha. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 20-2005MDSCC, de fecha 8 de octubre del 2005, se ha aprobado la exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la adquisicion de un Volquete de 15 metros cubicos y un cargador Frontal, todo ello en merito a la situacion que vive el distrito y al Decreto Supremo Nº 076-2005-PCM, que ha declarado en Estado de Emergencia por desastre natural a diversos distritos de la provincia de Mariscal MORDAZA MORDAZA, estando comprendido nuestro distrito; Que, estando a los requerimientos de la Oficina de Desarrollo MORDAZA, en adquirir un volquete mas, ya que la situacion lo amerita, por cuanto seria de MORDAZA utilidad en los diversos anexos que conforman nuestro distrito, ya que con un solo volquete no podria atenderse la emergencia, y que luego pasaria a conformar la unidad operativa de equipo mecanico, y habiendo recibido el informe de la Oficina de Planificacion y presupuesto, sobre la disponibilidad presupuestal, es que en sesion de la fecha se ha tomado la decision de adquirir un volquete mas y asi contar con dos unidades; Que el inciso c) del articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, sanciona que todas las exoneraciones se aprobaran mediante acuerdo de concejo tratandose de Gobiernos Locales, siendo esta facultad indelegable y que sera publicado en el Diario Oficial El Peruano, por lo que al MORDAZA del ar ticulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el pleno del Concejo; ACORDO: Articulo Primero.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion, por estado de Emergencia para la adquisicion de un Volquete de capacidad de 15 metros cubicos. Articulo Segundo.- Facultar al Comite Especial a proceder conforme al articulo 148 del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM - "Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado". Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 17934

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