Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2005 (30/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de octubre de 2005

j. Preparar alimentos en el medio de venta. k. Dejar el medio de venta cerrado y en estado de abandono; l. Adulterar o modificar la autorizacion municipal; m. Comercializar o mantener animales en el medio de venta. n. Cambiar ubicacion del medio de venta sin autorizacion municipal previa. o. Traspasar, ceder, vender, transferir o heredar la ubicacion originalmente otorgada. Articulo 18º.- Obligaciones del comerciante autorizado en via publica: Son obligaciones del comerciante autorizado en via publica: a. Mantener esmerada higiene personal y carne sanitario vigente. b. Realizar la fumigacion del medio de venta por lo menos dos veces al ano y contar con los respectivos certificados y facturas correspondientes de tal servicio. c. Mantener en buen estado de conservacion y limpieza el medio de venta autorizado y el area circundante. d. Asistir a los cursos de capacitacion que organice la Municipalidad. e. Asistir o apersonarse a la Municipalidad cuando esta lo solicite. f. Pintar el medio de venta de acuerdo a las especificaciones municipales, a fin de preservar el aspecto estetico de este. g. Apoyar a la Municipalidad en aspectos de seguridad ciudadana y defensa civil. h. Estar uniformado segun especificaciones municipales. Las caracteristicas del uniforme seran determinadas mediante Decreto de Alcaldia. i. Mantener y exhibir el original de la autorizacion municipal de comercio en via publica en lugar visible y portar el distintivo de identificacion.. j. Otras que la Subgerencia de Comercializacion Y Comercio Ambulatorio de la Municipalidad disponga. TITULO IV DE LAS ASOCIACIONES DE COMERCIANTES EN VIA PUBLICA Articulo 19º.- Del registro y reconocimiento de Organizaciones de comerciantes en via publica: El reconocimiento y registro de las asociaciones, comites u organizaciones de comerciantes en via publica, se regira por lo dispuesto en la Ordenanza N° 191-MML que crea el Registro Unico de Organizaciones Sociales en la provincia de Lima. Para que dicho reconocimiento y consecuente registro proceda, los miembros de las referidas organizaciones deberan contar con autorizacion Municipal para ejercer el comercio en via publica en el distrito de San MORDAZA Comunidad Internacional. Las asociaciones, comites u organizaciones de comerciantes en via publica que hayan sido reconocidos y registrados MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza y que no cumplan con lo establecido en el presente articulo, deberan adecuarse en un plazo de sesenta dias calendario de haber entrado en efecto el presente cuerpo normativo municipal, bajo sancion de declarar nulo el acto administrativo que reconocio y ordeno el registro de las referidas personas juridicas. Para efectos de su inscripcion las asociaciones, comites u organizaciones de comerciantes en via publica, deberan contar con domicilio dentro de la jurisdiccion del distrito de San Isidro. Articulo 20º.- De los convenios: La Municipalidad podra suscribir convenios de cooperacion con las organizaciones a que se hace mencion en el articulo precedente. Dichos convenios pueden establecer obligaciones adicionales a las descritas en la presente Ordenanza, dentro de los limites que esta y la ley senalen. TITULO V DEL PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA AUTORIZACION PARA EJERCER EL COMERCIO EN VIA PUBLICA Articulo 21º.- Procedimiento para la obtencion del Certificado de Ubicacion Sostenible y Giro Permitido:

El Administrado que desee obtener el Certificado de Ubicacion Sostenible y Giro Permitido debera seguir el siguiente procedimiento: 1. Presentar la solicitud en mesa de partes, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el TUPA. 2. La Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo remitira la solicitud con los requisitos a la Subgerencia de Comercializacion y Comercio Ambulatorio. 3. La Subgerencia de Comercializacion y Comercio Ambulatorio emitira en un plazo MORDAZA de veinte (20) dias utiles, el Certificado de Ubicacion Sostenible y Giro Permitido conteniendo el dictamen correspondiente que podra ser en los siguientes terminos:

"Calificacion Conforme" : si la ubicacion esta considerada en la capacidad sostenible y el giro esta permitido segun la presente Ordenanza. "Calificacion No Conforme": si la ubicacion NO ESTA considerada dentro de la capacidad sostenible y/o el giro no esta permitido.
Articulo 22º.- Procedimiento de Autorizacion Municipal ANUAL de Comercio en Via Publica con Ubicacion Fija (Giros de Golosinas y Bebidas, Periodicos, diarios y revistas, Frutas y/o verduras, Floristas y Plantas Ornamentales, Reparacion de relojes / encendedores, Lustradores de calzado, Cerrajeria, Confeccion de sellos y Cambistas de moneda extranjera) o con Medio de Venta Movil (Panadero y pastelero y Afilador de cuchillos / Asas de ollas): Recibida la solicitud con todos los requisitos senalados en la presente MORDAZA y en el MORDAZA de la Municipalidad, la Subgerencia de Tramite Documentario y Archivo remitira la documentacion a la Subgerencia de Comercializacion y Comercio Ambulatorio, la misma que realizara las siguientes acciones previas: 1. Solicitar a la Subgerencia de Control de Espectaculos, Licencias y Comercio Ambulatorio de la Gerencia de Seguridad Ciudadana la Evaluacion de Antecedentes Municipales (notificaciones y/o sanciones que se hubieran impuesto al solicitante, al igual que las quejas de vecinos que pudieran haberse presentado en el caso que el solicitante hubiera contado con una autorizacion anterior). Esta evaluacion debera ser entregada a la Subgerencia de Comercializacion y Comercio Ambulatorio en un plazo MORDAZA de 5 dias utiles. 2. Realizar la busqueda de antecedentes de autorizaciones municipales otorgadas a favor del solicitante. 3. Realizar la inspeccion ocular, de ser necesario, correspondiente al medio de venta y emitir informe. 4. Elaborar Informe de Precalificacion, el cual debera contener los siguientes rubros: O Informacion General O Evaluacion Socio - Economica: A cargo de la Gerencia de Bienestar, Salud y Proyeccion Social, a traves de sus respectivas unidades organicas. O Evaluacion Higienico - Sanitaria: A cargo de la Gerencia de Bienestar, Salud y Proyeccion Social, a traves de sus respectivas unidades organicas. O Evaluacion de Antecedentes Municipales: A cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a traves de sus respectivas unidades organicas. O Evaluacion Tecnica, de Antiguedad y Cumplimiento de Normas que Originaron Autorizaciones Anteriores dentro de cada sector: A cargo de la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA, a traves de la Subgerencia de Comercializacion y Comercio Ambulatorio. O Evaluacion de la Aprobacion Vecinal: A cargo de la Gerencia de Comunicaciones, Participacion Vecinal y Proyectos Especiales, a traves de sus respectivas unidades organicas, contando con el apoyo de personal de la Subgerencia de Control de Espectaculos, Licencias y Comercio Ambulatorio. Los porcentajes de incidencia en la calificacion seran los que se indican en los siguientes cuadros:

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