Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2005 (30/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 30 de octubre de 2005

expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LUMBRERAS MORDAZA Director Nacional 18363

del MORDAZA Nacional de Elecciones de fecha 24 de setiembre del 2004. SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONVOCAR a CONCURSO PUBLICO de seleccion de Directores Regionales de: Comercio Exter ior y Tur ismo, Energia y Minas, Produccion; Vivienda, Construccion y Saneamiento, correspondiendo a las Comisiones Regionales de Concurso de acuerdo a sus competencias desarrollar las acciones administrativas para el cumplimiento del presente acto administrativo resolutivo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa. Articulo Segundo.- TRANSCRIBIR, la presente Resolucion a las Direcciones Regionales Sectoriales, Instancias Administrativas que corresponda del Gobierno Regional de MORDAZA, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano y de Mayor Circulacion Regional, para su conocimiento y fines de ley correspondientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Gobierno Regional MORDAZA 18432

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Convocan a concurso publico de seleccion de Directores Regionales de Comercio Exterior y Turismo, Energia y Minas, Produccion y de Vivienda, Construccion y Saneamiento
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 531-2005.GR.APURIMAC/PR Abancay, 24 de octubre de 2005 VISTO: El Oficio Nº 345-2005-GOB.REG-APURIMAC/GRDE su fecha 3 de agosto del 2005, por la cual el Gerente Regional de Desarrollo Economico solicita a la Gerencia General la Conclusion de la Designacion de Directores Regionales Sectoriales y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un Pliego Presupuestal. Que, segun establece la Directiva Nº 001-CND-P-2003, "Lineamientos Generales para el Concurso Publico de Seleccion de Directores Regionales Sectoriales", es responsabilidad de la Presidencia del Gobierno Regional, la Convocatoria en su respectiva circunscripcion, del Concurso Publico de Seleccion de los Directores Regionales Sectoriales, en el contexto del MORDAZA normativo dentro del cual se desarrollara el MORDAZA y se estableceran las regulaciones para los Concursos Publicos de Seleccion para cubrir los cargos de Directores Regionales Sectoriales. Que, se encuentran vacantes los cargos de Directores Regionales Sectoriales de: Comercio Exterior y Turismo, Energia y Minas, Produccion; Vivienda, Construccion y Saneamiento, al haberse dado por concluido sus designaciones en el cargo y f u n c i o n e s q u e ve n i a n e j e r c i e n d o p o r h a b e r transcurrido el periodo correspondiente previsto en la nor mativa legal aplicable, con relacion a los tres primeros y por encontrarse en calidad de encargado el MORDAZA, conforme se advierte de las Resoluciones Ejecutivas Regionales; Que, conforme a sus atribuciones conferidas en el ar ticulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales modificado por Ley Nº 27902, por la que faculta a la Presidencia Regional acorde a las disposiciones y la Constitucion Politica del Estado velar por el desarrollo institucional Regional; Estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobierno Regionales modificada por Ley Nº 27902 y Credencial

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Modifican el Reglamento de Conformacion, Instalacion y Funcionamiento del Consejo de Coordinacion Regional de Ucayali
ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2005-GRU/CR Pucallpa, 15 de setiembre del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, su modificatoria, Ley Nº 27902 y demas normas complementarias, en Sesion Ordinaria de fecha 15 de setiembre del 2005; CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del articulo 15º de la Ley 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificado por la Ley Nº 27902, establece que es atribucion del Consejo Regional: Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ley Nº 27902, se modifico la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, incorporandose el Consejo de Coordinacion Regional como Organo Consultivo y de Coordinacion del G ob i e r n o R e g i o n a l , i n t e gra d o p o r l o s A l c a l d e s Provinciales y por los representantes de la Sociedad Civil; Que, mediante Ley Nº 28013, se incorporo la decima MORDAZA y decima sexta disposicion transitoria, complementarias y finales a la Ley Nº 27867, respecto a las elecciones para la conformacion, instalacion y

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