Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2005 (30/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, MORDAZA 30 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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para aquellos fijados directamente en el texto de esta Ordenanza, debera considerarse lo siguiente: 1. Los expresados en meses o anos se cumplen en el mes del vencimiento y en el dia de este correspondiente al dia de inicio del plazo. Si en el mes de vencimiento falta tal dia, el plazo se cumple el primer dia del mes siguiente. 2. Los expresados en dias se entenderan referidos a dias habiles, salvo indicacion expresa en contrario. En todos los casos, aquellos plazos que vencen en dia inhabil, se entienden prorrogados hasta el primer dia habil siguiente. Cuando los organos competentes notifiquen al solicitante, a su representante legal o apoderado para que de cumplimiento a un tramite, el computo de plazos fijados para la culminacion de los procedimientos se suspende desde el dia habil siguiente a la fecha de notificacion, hasta el dia de vencimiento otorgado. Articulo 15º.- TIPOS DE AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO La Autorizacion Municipal de Funcionamiento regulada por la presente Ordenanza puede ser de los siguientes tipos: a) Autorizacion Municipal de Funcionamiento Definitiva; b) Autorizacion Municipal de Funcionamiento Provisional; c) Autorizacion Municipal de Funcionamiento para Cesionarios. CAPITULO II AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVA Articulo 16º.- INICIO DEL PROCEDIMIENTO El procedimiento para la obtencion del Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento se inicia con la MORDAZA del Formulario Gratuito de Solicitud Declaracion Jurada debidamente llenado por el solicitante o su representante legal, debiendo adjuntarse a la misma los requisitos exigidos por esta Ordenanza, ante los Modulos de Atencion y Tramite (MAT) de la Gerencia de Desarrollo Empresarial. El Formulario Gratuito de Solicitud ­ Declaracion Jurada podra ser descargado directamente del MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, u obtenido sin costo alguno en los Modulos de Atencion y Tramite (MAT) indicados en el parrafo anterior. Articulo 17º.- PROHIBICION DE LA EXIGENCIA DE REQUISITOS ADICIONALES No podra mediante normas que reglamenten la aplicacion de esta ordenanza, ni mediante directivas u otras normas de caracter ejecutivo, establecerse requisitos adicionales a los senalados en la presente Ordenanza, sin perjuicio de lo dispuesto en la Tercera y Novena Disposiciones Transitorias. Articulo 18º.- REQUISITOS GENERALES PARA OBTENER EL CERTIFICADO DE AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO DEFINITIVA Para la obtencion del Certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento Definitiva, todo solicitante debera cumplir con los siguientes requisitos: a) Presentar el Formulario Gratuito de Solicitud - Declaracion Jurada, consignando el numero de RUC del solicitante, y debidamente llenado conforme a lo establecido en el Decreto de Alcaldia que lo aprueba; b) Exhibir el documento de identidad del solicitante o del representante; c) Pagar la Tasa Municipal correspondiente; d) Aprobar la Inspeccion Unica Multiproposito. Articulo 19º.- ESTABLECIMIENTOS QUE NO REQUIEREN INSPECCION UNICA MULTIPROPOSITO PREVIA Se podra emitir Autorizacion Municipal de Funcionamiento Definitiva de manera inmediata, sin requerirse de previa Inspeccion Unica Multiproposito, tratandose de solicitudes para el desarrollo de giros contemplados en el

Anexo I, a ser aprobado conforme a la MORDAZA Disposicion Transitoria de la presente Ordenanza, y siempre que: 1. Se trate de establecimientos con un area total no mayor a 100 m2 y que no requieran de inspeccion de detalle o multidisciplinaria de seguridad en defensa civil, 2. El establecimiento no MORDAZA sido declarado en estado ruinoso, inhabitable, colapsado o similares, 3. El establecimiento no MORDAZA sido declarado como Monumento historico o con valor monumental, 4. No almacenen o comercialicen productos peligrosos, toxicos o altamente inflamables, o se trate de cabinas de Internet con mas de 20 computadoras, 5. Se cumpla con los demas requisitos aplicables. En estos casos, el solicitante debe expresar en la Solicitud - Declaracion Jurada su compromiso de someterse a la realizacion de la inspeccion respectiva y a obtener el Certificado de Inspeccion Basica en seguridad de Defensa Civil, dentro del plazo fijado por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, abonandose la Tasa por este ultimo concepto al momento de presentarse la Solicitud. La negativa a permitir la Inspeccion respectiva y/o la no obtencion del Certificado de Inspeccion Basica en seguridad de Defensa Civil dentro del plazo a que se refiere el parrafo anterior, determinan la revocatoria de las Autorizaciones Municipales emitidas. Articulo 20º.- REQUISITOS DERIVADOS DEL GIRO O DE SITUACIONES PARTICULARES DEL SOLICITANTE Constituyen requisitos particulares adicionales a los descritos en el articulo 18º, aquellos senalados en el anexo V, a ser aprobado conforme a la MORDAZA Disposicion Transitoria de la presente Ordenanza, exigibles para los casos especificos contenidos en dicho anexo. Articulo 21º.- ZONIFICACION Y COMPATIBILIDAD DE USO No podra concederse autorizacion Municipal de Funcionamiento para el desarrollo de giros que reciban la calificacion de UBICACION NO CONFORME de acuerdo a las normas que regulan la Zonificacion e Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas en el Cercado de Lima. La informacion referida a la UBICACION CONFORME o UBICACION NO CONFORME, respecto de un giro y establecimiento determinado, sera obtenida gratuitamente y de manera previa al inicio del procedimiento en los Modulos de Atencion y Tramite (MAT). La misma informacion sera progresivamente puesta a disposicion del publico a traves del MORDAZA electronico de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (http://www.munlima.gob.pe). Tratandose de zonas declaradas de reglamentacion especial, se requerira de la obtencion del Certificado de Compatibilidad de Uso. Articulo 22º.- INSPECCION UNICA MULTIPROPOSITO Cuando su aprobacion constituya requisito, de manera previa a la emision de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento Definitiva se realizara la Inspeccion Unica Multiproposito, la misma que debe comprender segun corresponda, la realizacion de todas o algunas de las siguientes verificaciones: a) Inspeccion Basica de Seguridad en Defensa Civil ­ Inspeccion obligatoria para todo establecimiento que conforme al Reglamento de Inspecciones Tecnicas en Defensa Civil, aprobado por D.S. 013-2000-PCM y normas modificatorias, no requiera Inspeccion de Detalle o Multidisciplinarias por el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI . Consiste en verificar en forma ocular el cumplimiento de las condiciones de seguridad en toda el area, determinando el equipo basico de seguridad con el que debe contar para hacer frente a posibles situaciones de emergencia. La aprobacion de la Inspeccion, da lugar adicionalmente a la emision del Certificado de Seguridad expedido por la Subgerencia de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima. b) Inspeccion de Aptitud del Establecimiento ­ Aplicable a todo establecimiento para el cual se solicita Cer-

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