Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2005 (30/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, MORDAZA 30 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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nea de Accion Comercializacion (01), del cuadro de Sanciones y Escala de Multas, contenido en el Decreto de Alcaldia Nº 105, conforme a lo siguiente:
COMERCIALIZACION (01) AUTORIZACION MUNICIPAL DE FUNCIONAMIENTO (100) Codigo Infraccion Preventiva Establecimientos en General MORDAZA de Infraccion G Medida Complementaria

4. Un representante de la Comision de Regidores Asuntos Legales; 5. Dos personas designadas por entidades representativas de la comunidad empresarial. Articulo 64º.- FUNCIONES Son funciones del Comite para la Formalizacion de la Inversion Privada las siguientes: 1. Evaluar de manera permanente el cumplimiento de las disposiciones contenidas en la presente Ordenanza y sus normas reglamentarias, emitiendo opinion sobre las modificaciones que resulten necesarias en aras a dotar cada vez de mayor agilidad y transparencia a los procedimientos; 2. Identificar y proponer la adecuacion o modificacion de las normas municipales en vigencia que constituyan trabas burocraticas a la inversion o formalizacion; 3. Monitorear de manera permanente el cumplimiento de los plazos regulados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos para el otorgamiento de las Autorizaciones reguladas por la presente Ordenanza, proponiendo las medidas correctivas que resulten pertinentes; 4. Apoyar las labores tendientes a la formalizacion de las actividades empresariales en el ambito del Cercado de Lima. 5. Conocer de las denuncias que se formulen respecto del incumplimiento de la presente Ordenanza y sus normas reglamentarias y recomendar las acciones tendientes a dar solucion a los problemas en ellas involucrados. Articulo 64º.- FUNCIONES La Gerencia de Desarrollo Empresarial se constituira en la Secretaria Tecnica del Comite, para lo cual brindara el apoyo logistico y administrativo que esta requiera para el adecuado cumplimiento de sus funciones. Asimismo sera la responsable de elaborar los informes y reportes que la Comision le encargue. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS

01-0101 Abrir el establecimiento sin contar con la respectiva Autorizacion Municipal de Funcionamiento, u operar con Autorizacion Municipal de Funcionamiento vencida. 01-0102 Desarrollar giros incompatibles con los autorizados. 01-0103 Consignar datos falsos en los formularios, formatos, declaraciones u otros documentos presentados y/o exhibidos para la obtencion de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento. 01-0104 No comunicar el Cese de Actividades dentro del plazo. 01-0105 No exhibir en lugar visible del establecimiento el original del certificado de Autorizacion Municipal de Funcionamiento. 01-0106 No presentar en el momento del control el original de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento. 01-0107 No exhibir en lugar visible del establecimiento la autorizacion del sector y/o la declaracion de impacto ambiental, cuando estas constituyan requisito para el funcionamiento. 01-0108 No comunicar la variacion del area del establecimiento y/o de otras condiciones senaladas en el Certificado de Autorizacion. 01-0109 No guardar el mobiliario utilizado en la via publica cumplido el horario de atencion, en los establecimientos que cuentan con Autorizacion Municipal para el uso temporal de la via publica. 01-0110 No presentar Declaracion Jurada Anual de permanencia en los giros autorizados dentro del plazo. 01-0111 Permitir la realizacion de actividades en un establecimiento que cuenta con autorizacion municipal de funcionamiento, por sujeto distinto que no cuenta con autorizacion Municipal de Funcionamiento para Cesionarios. 03 dias 03 dias

Clausura Temporal hasta que se subsane la Infraccion

G MG Revocatoria de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento

L L

03 dias

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03 dias

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03 dias

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03 dias

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Retiro del Mobiliario

Primera.­ ENTRADA EN VIGENCIA 1. Esta Ordenanza entrara en vigencia a los 45 dias utiles de publicada. Mediante Decreto de Alcaldia se podra establecer cronogramas de aplicacion de la presente Ordenanza. 2. La falta de reglamentacion de las disposiciones contendidas en esta Ordenanza, no sera impedimento para su vigencia y exigibilidad. Segunda.­ DEROGATORIA GENERICA La presente Ordenanza deroga y/o modifica las disposiciones contenidas en normas municipales previas de igual o inferior rango que se le opongan o contradigan, o establezcan instancias de aprobacion o consulta no establecidas en esta Ordenanza para los procedimientos especificos regulados en la misma; sin perjuicio de los parametros tecnicos dispuestos por las normas en vigencia. Tercera.­ DEROGATORIA EXPRESA En particular, y sin perjuicio de lo dispuesto en la MORDAZA Disposicion Final y Complementaria, quedan derogadas expresamente a partir de la vigencia de la presente Ordenanza, las siguientes normas: 1. La Ordenanza Municipal Nº 282 que regula el otorgamiento de Licencias de Apertura de Establecimiento, Certificado de Aptitud del Local y de Calidad del Negocio, sus normas complementarias y modificatorias. 2. El Decreto de Alcaldia Nº 147 que aprobo el formato de Autorizacion Municipal de Apertura de Establecimiento Comercial, Industrial y/o de servicios Profesionales. 3. El Decreto de Alcaldia Nº 159 que aprobo el formato de Certificado de Aptitud de Establecimiento y sus formatos tecnicos. 4. El Decreto de Alcaldia Nº 160 que aprobo el Reglamento para Arquitectos Constatadores del Centro Historico del Cercado de Lima. 5. El Decreto de Alcaldia Nº 103.

03 dias

L

G

TITULO VII COMITE PARA LA FORMALIZACION DE LA INVERSION PRIVADA Articulo 62º.- CREACION DEL COMITE PARA LA FORMALIZACION DE LA INVERSION PRIVADA Constituyase el Comite para la Formalizacion de la Inversion Privada conformada por representantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y por miembros de la comunidad empresarial, como entidad consultiva de apoyo a la formalizacion de las actividades economicas en el Cercado de Lima. Articulo 63º.- MIEMBROS Son miembros del Comite para la Formalizacion de la Inversion Privada la Mesa Publico Privada: 1. Un representante del sector privado empresarial, quien la presidira y tendra MORDAZA dirimente; 2. El Gerente de Desarrollo Empresarial y el Gerente de Desarrollo Urbano; 3. Un representante de la Comision de Regidores de Comercializacion y Defensa al Consumidor.;

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