Norma Legal Oficial del día 30 de Octubre del año 2005 (30/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 30 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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Metropolitana de MORDAZA ejerce la administracion de los bienes de uso publico en la provincia de Lima. Del Contrato de Usufructo: Que, conforme lo establecen los articulos 999° y 1000° del Codigo Civil, el usufructo confiere las facultades de usar y disfrutar temporalmente de un bien ajeno y se puede constituir por : i) Ley cuando expresamente lo determina; ii) Contrato o Acto Juridico Unilateral y iii) Testamento. Que, el proyecto de contrato puesto a consideracion tiene como fin el aprovechamiento por un particular llamado usufr uctuar io, del area de uso publico constituida por el Jardin de Aislamiento con frente a los lotes 18, 19, 20 y 21 de la Mz. Y de la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA Tercera Etapa- altura de la Cuadra 66 de la Av. MORDAZA MORDAZA Este, del distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, con un area de 102.00 m2. Que, el contrato establece como proposito primordial el uso del area publica por parte de la usufructuaria, unica y exclusivamente como area de circulacion de vehiculos (radio de giro vehicular) y circulacion peatonal en el desarrollo de sus actividades comerciales en la Estacion de Servicio de su propiedad, colindante con el Jardin de Aislamiento. Que, el usufructo que se otorga a favor de la usufructuaria esta sujeta a las condiciones siguientes: - La usufructuaria debera utilizar el area cedida en usufructo, unica y exclusivamente como area de circulacion vehicular (radio de giro vehicular) y circulacion peatonal para el desarrollo de su actividad comercial. - La usufructuaria debera mantener el area cedida en usufructo en adecuadas condiciones de conservacion. - La Municipalidad esta facultada a supervisar permanentemente las labores de mantenimiento que realice la usufructuaria en el area materia de cesion en uso. - La usufructuaria queda prohibida de realizar cualquier MORDAZA de construccion en el area objeto de la cesion. Que, la compensacion mensual por el uso del terreno cedido que tendra que abonar la usufructuaria a favor de la Municipalidad, es la suma de US $ 325.00 (Trescientos Veinticinco y 00/100 Dolares Americanos), suma que no incluye el Impuesto General a las Ventas. Es de indicar que por el presente documento la usufructuaria por decision propia abonara a la suscripcion del mismo, la suma de US $ 3,900.00 (Tres Mil Novecientos y 00/100 Dolares Americanos) mas el Impuesto General a las Ventas, equivalente a 12 mensualidades, correspondientes a una anualidad que empieza a computarse desde la fecha de suscripcion y firma del presente contrato. Que, el proyecto de contrato otorga un plazo de usufructo de cinco (5) anos, renovable por periodos similares a solicitud de la usufructuaria, pudiendose poner fin al mismo por mutuo acuerdo o por comunicacion cursada por la Municipalidad con quince (15) dias de anticipacion por via notarial. Que, mediante Dictamen N° 198-2005-MML/ CMAEDO, la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion, considerando viable la propuesta presentada propone la aprobacion de la Cesion Temporal de area de Uso Publico, de un total de 102 m2., y que constituyen parte del jardin de aislamiento de la Av. MORDAZA MORDAZA Este con frente al predio signado con el N° 6651 en la Urb. MORDAZA MORDAZA III Etapa, distrito de La MORDAZA, a favor de la Organizacion Futuro S.A.C., con la condicion de ser utilizada unica y exclusivamente como area de circulacion vehicular (radio de giro vehicular) y circulacion peatonal en el desarrollo de sus actividad comercial, debiendo abonar la usufructuaria a

la MML una compensacion mensual de US$ 325.00 dolares, suma a la que debera agregarse el IGV. Que, asimismo, mediante Dictamen N° 107-2005MML/CMDUVN, la Comision Metropolitana de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura emite opinion favorable al respecto. Que, es de precisar que de conformidad con la Ley Organica de Municipalidades, numeral 23 del articulo 20°, es atribucion del MORDAZA celebrar los actos, contratos y convenios necesarios para el ejercicio de sus funciones, asi como delegar sus atribuciones administrativas. De conformidad con lo opinado por las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Legales, Asuntos Economicos y de Organizacion y de Desarrollo MORDAZA, Vivienda y Nomenclatura en sus Dictamenes Nºs.137-2005-MMLCMAL, 198-2005-MML-CMAEDO y 107-2005-MMLCMDUVN; ACORDO Articulo Primero.- Aprobar la Cesion Temporal del Area de Uso Publico, de un total de 102 m2., con los linderos y medidas perimetricas que aparecen en el Plano y Memoria Descriptiva que adjunto forma parte integrante del presente Acuerdo; y constituyen parte del jardin de aislamiento de la Av. MORDAZA MORDAZA Este con frente al predio signado con el Nº 6651 en la Urbanizacion MORDAZA MORDAZA, III Etapa del distrito de La MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de Organizacion Futuro S.A.C., quien suscribira para tal efecto el contrato de usufr ucto con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con la condicion de ser utilizado unica y exclusivamente como area de circulacion vehicular (radio de giro vehicular) y circulacion peatonal en el desarrollo de su actividad comercial. Articulo Segundo.- Poner en conocimiento de la Contraloria General de la Republica el presente Acuerdo en un plazo no mayor a siete (7) dias, bajo responsabilidad, de conformidad con el tercer parrafo del articulo 59° de la Ley Organica de Municipalidades. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 18392

Aprueban Disposiciones Reglamentarias de la Ordenanza Nº 830 que aprobo la modificacion de la determinacion de arbitrios hasta el ano 2005
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-004-00000957 MORDAZA, 26 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225 se creo el Servicio de Administracion Tributaria, SAT, como organismo publico descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, con personeria juridica de Derecho Publico Interno y con autonomia administrativa, economica, presupuestaria y financiera. Que, en aplicacion de la Sentencia del Tribunal Constitucional recaida en el Expediente Nº 000532004-PI/TC, publicada el 17 de agosto de 2005 en el Diario Oficial El Peruano, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA emitio la Ordenanza Nº 830,

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