Norma Legal Oficial del día 08 de Septiembre del año 2005 (08/09/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de setiembre de 2005

Que el articulo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcacion a la que corresponde y que durante su vigencia la transferencia de la propiedad o posesion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado; Que los articulos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 0012002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002, establecen que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax ), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa ( Scomber japonicus peruanus ) seran destinados al consumo humano directo y que los armadores de las embarcaciones pesqueras con per miso de pesca indistintamente para los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo y/o indirecto, solo podran desarrollar actividades extractivas de los recursos en mencion, en el MORDAZA del Regimen de Abastecimiento Permanente a la Industria Conservera, Congeladora y de Curados aprobado por Resolucion Ministerial Nº 1502001-PE, debiendo adecuarse a las disposiciones contenidas en la citada resolucion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular de permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 1972005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y, con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el articulo 43º inciso c) numeral 1) del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el articulo 34º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, las Resoluciones Ministeriales Nº 284-2003-PRODUCE y 229-2002-PRODUCE, y el Procedimiento Nº 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el cambio del titular del permiso de pesca autorizado por Resolucion Directoral Nº 03698-PE/DNE, para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional denominada "SAN FERNANDO" con matricula Nº CO-16401-CM, a favor de PACIFIC FISHING BUSINESS S.A.C., en los mismos terminos y condiciones en que fue otorgado respetando lo establecido por la normatividad pesquera vigente. Articulo 2º.- El permiso de pesca al que se refiere la presente resolucion, sera otorgado conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002PRODUCE que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto, la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca que fue otorgado a traves de la Resolucion Directoral Nº 036-98-PE/DNE a GRUPO DE NEGOCIOS PAITA S.A., para operar la embarcacion pesquera "SAN FERNANDO". Articulo 4º.- Incorporar a la empresa PACIFIC FISHING BUSINESS S.A.C., como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera denominada "SAN FERNANDO" con matricula Nº CO16401-CM, asi como la presente Resolucion, al Anexo I, literal A) de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003PRODUCE y al Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del

Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 15385

Modifican la R.M. Nº 417-94-PE que otorgo a empresa permiso de pesca para operar embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 230-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 22 de agosto del 2005 Visto los escritos con registros Nºs. 00530003, 05841001 y 00003681 del 12 de MORDAZA, 9 de MORDAZA y 13 de junio del 2005, presentados por PROCESADORA DEL MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que los articulos 43º y 44º del Decreto Ley Nº 25977 Ley General de Pesca, establecen que para la operacion de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional las personas naturales y/o juridicas requeriran del permiso de pesca correspondiente, que es un derecho especifico que el Ministerio de la Produccion otorga a plazo determinado para el desarrollo de las actividades pesqueras a nivel nacional; Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre de 2002, establece que los recursos sardina ( Sardinops sagax sagax ), jurel ( Trachurus picturatus MORDAZA ) y caballa ( Scomber japonicus peruanus) seran destinados al consumo humano directo; Que por Resolucion Ministerial Nº 417-94-PE del 13 de octubre de 1994, se otorgo a PROCESADORA DEL MORDAZA S.A. per miso de pesca para operar la embarcacion pesquera denominada TAMBO I, de matricula CE-0065-PM, para ser dedicada a la extraccion de recursos hidrobiologicos de consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que por Resolucion Directoral Nº 083-2005PRODUCE/DNEPP del 23 de marzo del 2005, se autorizo a PROCESADORA DEL MORDAZA S.A. a ampliar la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera TAMBO I de 190.72 m3 a 268.72 m3, via sustitucion de 78 m3 del saldo reservado mediante la Resolucion Directoral Nº 3012004-PRODUCE/DNEPP, proveniente de la embarcacion siniestrada MANTARO 6 de matricula CE-0066-PM; Que mediante los escritos del visto PROCESADORA DEL MORDAZA S.A. solicita la modificacion del permiso de pesca de la embarcacion TAMBO I en el extremo referido a la capacidad de bodega, conforme a lo dispuesto en la autorizacion otorgada por la Resolucion Directoral Nº 083-2005-PRODUCE/DNEPP; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente y de la inspeccion tecnica correspondiente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con acreditar las modificaciones efectuadas en la embarcacion TAMBO I referentes a la ampliacion de la capacidad de bodega autorizada mediante la Resolucion Directoral mencionada en el considerando anterior; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 1722005-PRODUCE/DNEPP-Dchi del 17 de MORDAZA del 2005 y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977-Ley General de Pesca y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y,

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